Resoluciones. NAC-DGERCGC22-00000055 Refórmese la Resolución Nro. NAC-DGERCGC18-00000419, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 354 de 24 de octubre de 2018
Número de Boletín | 216 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Servicio de Rentas Internas |
Viernes 23 de diciembre de 2022 Segundo Suplemento Nº 216 - Registro Ocial
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RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC22-00000055
EL DIRECTOR GENERAL
DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
CONSIDERANDO:
Que el artículo 83 de la Constitución de la República del Ecuador establece que son
deberes y responsabilidades de los habitantes del Ecuador, acatar y cumplir la
Constitución, la ley y las decisiones legítimas de autoridad competente, cooperar
con el Estado y la comunidad y pagar los tributos establecidos por la ley;
Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán
solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la ley;
Que el artículo 300 de la Constitución de la República del Ecuador señala que el
régimen tributario se regirá por los principios de generalidad, progresividad,
eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y
suficiencia recaudatoria. Se priorizarán los impuestos directos y progresivos;
Que el artículo 73 del Código Tributario establece que la actuación de la
Administración Tributaria se desarrollará con arreglo a los principios de
simplificación, celeridad y eficacia;
Que el numeral 19 del artículo 35 de la Ley Orgánica para el Fomento Productivo,
Atracción de Inversiones, Generación de Empleo, y Estabilidad y Equilibrio Fiscal,
dispone la incorporación de un artículo innumerado a continuación del artículo 72
de la Ley de Régimen Tributario Interno, según el cual las sociedades que
desarrollen proyectos de construcción de vivienda de interés social en proyectos
calificados por parte del ente rector en materia de vivienda, tendrán derecho a la
devolución ágil del IVA pagado en las adquisiciones locales de bienes y servicios
empleados para el desarrollo del proyecto, conforme las condiciones, requisitos,
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