Oficio nº 09221 de la Procuraduria General del Estado, 29-10-2024

Fecha29 Octubre 2024
Número de oficio09221
Oficio No. 09221
Quito, DM, 29 de octubre de 2024
Ingeniera
Janeth Yesenia Arias Cordero
GERENTE GENERAL
EMPRESA PÚBLICA DE DESARROLLO Y CONSTRUCCIONES DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE NAPO - EP-EMPRODECO
Tena.
De mi consideración:
Mediante oficio No. EP-EMPRODECO-GG-2024-078, de 05 de julio de 2024,
ingresado en la Procuraduría General del Estado el mismo día, se formuló la siguiente
consulta:
“¿Según el artículo 34 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, las empresas
Públicas pueden realizar procesos de contratación de Régimen Común para el
cumplimiento de sus obligaciones contractuales adquiridas de forma
individual mediante régimen especial?”.
Frente a lo cual, se manifiesta lo siguiente:
1. Antecedentes. -
Del oficio remitido y documentos adjuntos se desprende que:
1.1. A fin de contar con mayores elementos de análisis, mediante oficios No. 07755, de
11 de julio de 2024, y No. 08047, de 31 julio de 2024, la Procuraduría General del
Estado solicitó e insistió al Servicio Nacional del Contratación Pública (en adelante,
“SERCOP”), que remita su criterio jurídico institucional sobre la materia objeto de la
consulta. El requerimiento realizado por este organismo fue atendido, por el
Coordinador General de Asesoría Jurídica del SERCOP, con oficio No. SERCOP-
CGAJ-2024-0201-OF, de 19 de agosto de 2024, ingresado en el correo institucional de
este organismo el 22 de agosto de 2024.
1.2. El informe jurídico de la Empresa Pública de Desarrollo y Construcciones del
Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo en adelante, EP
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