Oficios. Oficio Nro. SENADI-DNDA-2022-0138-OF Auto-rícese la publicación de las resoluciones Nros. SENADI-DNDA-GSOCG-2021-005-R; SENADI-DNDA-GSOCG-2022-0002-R; SENADI-DNDA-GSOCG-2022-0004-R; y, SENADI-DNDA-2022-0058-RE

Número de Boletín197
SecciónOficios
EmisorSERVICIO NACIONAL DE DERECHOS INTELECTUALES
Viernes 25 de noviembre de 2022 Suplemento Nº 197 - Registro Ocial
2
Oficio Nro. SENADI-DNDA-2022-0138-OF
Quito, D.M., 10 de noviembre de 2022
Asunto: Oficio de nueva solicitud de Promulgación en el Registro Oficial de 4
Resoluciones (Proceso de autorización de tarifas de SOPROFON y SARIME más la
Resolución de solicitud con resumen de tarifario), para trámite único.
Señor Ingeniero
Hugo Del Pozo Barrezueta
REGISTRO OFICIAL DEL ECUADOR
En su Despacho
Estimado señor Director:
Reciba nuevamente un cordial saludo de la Dirección Nacional de Derecho de Autor y
Derechos Conexos del Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI).
Hacemos referencia al correo electrónico del 08 de noviembre de 2022, remitido por la
Dra. Jacqueline Vargas, a las 14H35, desde la Secretaría del Registro Oficial.
En vista de la No Aceptación de documentos relacionados con el proceso de
promulgación de las Resoluciones de autorización de las tarifas aprobadas por los
órganos de gobierno de las Sociedades de Gestión Colectiva de Productores de
Fonogramas (SOPROFON) y Sociedad de Artistas Intérpretes y Músicos Ejecutantes del
Ecuador (SARIME), y luego de la anulación de los trámites: SACC
CCE-EXT-RO-2022-5552 del 27 de octubre de 2022, y SACC CCE-EXT-RO-2022-5674
del 02 de noviembre de 2022, sírvase encontrar en la plataforma del Sistema SACC, los
cuatro (4) actos administrativos a ser promulgados en el Registro Oficial, Resoluciones
que a continuación se detallan:
1) Resolución No. SENADI-DNDA-GSOCG-2021-005-R, emitida y notificada el 03 de
diciembre de 2021 a las administradas;
2) Resolución No. SENADI-DNDA-GSOCG-2022-0002-R, emitida el 23 de marzo de
2022, y notificada el 28 de marzo de 2022;
3) Resolución No. SENADI-DNDA-GSOCG-2022-0004-R, emitida el 13 de junio de
2022, y notificada el 15 de junio de 2022; y,
4) Resolución No. SENADI-DNDA-2022-0058-RE, emitida el 10 de noviembre de
2022, que incluye un resumen del tarifario aprobado por las Sociedades de Gestión
Colectiva SOPROFON y SARIME, y autorizado por el SENADI.
Éstas son las únicas Resoluciones a ser publicadas, que corresponden al proceso de
1/2
* Documento firmado electrónicamente por Quipux
Viernes 25 de noviembre de 2022Registro Ocial - Suplemento Nº 197
3
Oficio Nro. SENADI-DNDA-2022-0138-OF
Quito, D.M., 10 de noviembre de 2022
autorización de tarifas a los entes de gestión colectiva indicados, conforme lo dispuesto
Creatividad e Innovación (COESCCI), siendo actos que, por mandato legal, deberán ser
promulgados a través del Registro Oficial.
Agradecemos el gentil soporte de la Secretaría, y quedamos atentas a cualquier particular.
Con sentimientos de distinguida consideración.
Atentamente,
Documento firmado electrónicamente
Mgs. Karín del Rocio Jaramillo Ochoa
DIRECTORA NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS
CONEXOS
Copia:
Señora Abogada
Jaqueline Vargas Camacho
Señorita Magíster
Jenifer Lizeth Rodas Figueroa
Responsable de la Unidad de Gestión y Observancia de Derecho de Autor
Señora Ingeniera
Delia Alexandra Villamarin Leiva
Responsable Unidad de Gestión de Sociedades de Gestión Colectiva
Señora Abogada
María Antonieta Burbano Clerque
Responsable de la Unidad de Gestión de Registro de Derecho de Autor
Señorita Abogada
Blanca Margarita Salgado Arias
Auxilar de Archivo
2/2
* Documento firmado electrónicamente por Quipux
Firmado electrónicamente por:
KARIN DEL ROCIO
JARAMILLO OCHOA
Viernes 25 de noviembre de 2022 Suplemento Nº 197 - Registro Ocial
4
DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS
RESOLUCIÓN No. SENADI-DNDA- GSOCG -2021-005-R
Sociedad de Gestión Colectiva:
SOCIEDAD DE PRODUCTORES DE
FONOGRAMAS - SOPROFON
SERVICIO NACIONAL DE DERECHOS INTELECTUALES -SENADI-. Dirección
Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos. - Quito D.M., 03 de diciembre
de 2021, a las 08H30.
PRIMERO. - ANTECEDENTES:
1. Mediante Resolución No. 001 de 17 de noviembre de 1999, la Dirección
Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos del entonces Instituto
Ecuatoriano de Propiedad Intelectual - IEPI, autorizó el funcionamiento de la
Sociedad de Gestión Colectiva: Sociedad de Productores de Fonogramas
“SOPROFON”.
2. Respecto de la Tarifas de las sociedades de gestión colectiva, la Disposición
Transitoria Cuarta y Quinta del Reglamento de Gestión de los Conocimientos
a la letra manda:
CUARTA. SOCIEDADES DE GESTIÓN COLECTIVA. Las
sociedades de gestión colectiva de derecho de autor o de derechos
conexos que hubieren obtenido personalidad jurídica, con anterioridad
a la vigencia del presente Reglamento, continuarán funcionando de
conformidad con las Resoluciones que reconocieron su creación y
autorizó su funcionamiento, no obstante, deberán adecuar en el plazo
de un año sus estatutos, reglamentos internos y tarifas a las normas
contenidas en el Código Orgánico de la Economía Social de los
Conocimientos, Creatividad e Innovación y el presente Reglamento.
QUINTA. TARIFAS DE LAS SOCIEDADES DE GESTIÓN
COLECTIVA. Las tarifas que hubieren sido adoptadas por las
sociedades de gestión colectiva antes de la vigencia del Código de la
Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación y
que hubieren sido publicadas en el Registro Oficial por disposición de
la Dirección Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR