Oficio de la Procuraduria General del Estado, 06-11-2025
| Fecha | 06 Noviembre 2025 |
Oficio Nº 13760
Quito D.M., 06 de noviembre de 2025
Señor
Aquiles Álvarez Henriques
Alcalde
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN
GUAYAQUIL
Guayaquil.-
De mi consideración:
Mediante oficio No. AG-AAA-2025-5783, de 20 de octubre de 2025, ingresado en el correo
institucional de la Procuraduría General del Estado en la misma fecha, se solicitó la
reconsideración parcial del pronunciamiento contenido en oficio No. 13284, de 25 de septiembre
del presente año, “respecto de la respuesta dada a la primera consulta”; en particular, se señala
que el criterio de este organismo relativo a que los actos y contratos anteriores deben adecuarse
al nuevo marco constitucional, “requiere una precisión interpretativa”.
Frente a lo cual, se manifiesta lo siguiente:
1. Antecedentes.-
De los oficios remitidos y documentos adjuntos se desprende que:
La primera consulta fue formulada mediante oficio No. AG-AAA-2025-03969, de 18 de julio de
2025, ingresado en esta Institución el 21 del mismo mes y año, cuyo contenido fue el siguiente:
“1.- ¿De acuerdo con el alcance jurídico de la reforma al artículo 1 de la Ley de
Aviación Civil, contenida en el artículo 71 de la Ley para la promoción de la inversión
y la participación ciudadana publicada en el Registro Oficial del 18 de agosto de 2000,
respecto de las nuevas competencias municipales en materia aeroportuaria, significan
una transferencia definitiva de dichas competencias en materia aeroportuaria a los
Municipios, fiel al concepto de descentralización establecido en el artículo 3 de la Ley
Especial de Descentralización del Estado y de Participación Social, vigente a la
época?”.
El informe jurídico adjunto al oficio de consulta, contenido en oficio No. DAJ-IJ-2025-4920, de
17 de julio de 2025, suscrito por el Coordinador General Síndico, Delegado del Procurador
Síndico Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Guayaquil (en
adelante “GADM Guayaquil”), fundamento su análisis en los artículos 118 de la derogada
Constitución Política
1
(en adelante “CP”); 2, 5 letra b) y 7 de la derogada Ley de Modernización
del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada
2
(en adelante “LME”); 3 y 4 letra f) de la derogada Ley Especial de Descentralización del Estado
1
CP, Decreto Supremo publicado en el Registro Oficial No. 800 de 27 de marzo de 1979, derogado por la Constitución Política de
la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 1 de 11 de agosto de 1998.
2
LME, publicada en el Registro Oficial No. 349, de 31 de diciembre de 1993, derogada por el Código Orgánico Administrativo,
publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 31 de 7 de julio de 2017.
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