Oficio de la Procuraduria General del Estado, 21-08-2024
Fecha | 21 Agosto 2024 |
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Oficio No.
Quiro, DM,
Doctora
María Irene Murillo Noriega
GERENTE GENERAL
EMPRESA PÚBLICA DE LA UNIVERSIDAD
TÉCNICA DE AMBATo - UTA EP
Presente.
De mi consideración:
Mediante oficio No. UTA-EP-GG-2024-104, de 02 de julio de 2024, ingresado en el correo
institucional de la Procuraduría General del Estado al día siguiente, se reformuló la consulta
contenida en el oficio No. UTA-EP-GG-2024-103, de 27 de junio de 2024, en los siguientes
términos:
"Conforme a los artículos 4 y 5 del Reglamento a Ia Ley Orgánica (sic) Sistema
Nacional (sic) Contratación Pública; y, a los artículos 67 y 72 de la Norma (sic)
Secundaria del Sistema Nacional de Contratación Pública, la Jálta de cumplimiento en
los tiempos pdra emitir Ia Autorización de Importación al veriJit'ar Ia Producción
Nacional por parte de SERCOP, ¿se enmarcaría en lo establecido en el artículo 30 del
Cótligo Civil, es decir fuerza mayor o caso fortuito?" (el resaltado pertenece al texto
original).
Frente a lo cual, se manifiesta lo siguiente:
l. Antecedentes.-
Del oficio remitido y documentos adjuntos se desprende que:
l.l. Mediante oficios No. 07608, de 02 de julio de 2024, la Procuraduria General del Estado
solicitó a la Empresa Pública de la Universidad Técnica de Ambato (en adelante, "UTA-
EP"), que se reformule la consulta inicialmente presentada en oficio No. UTA-EP-GG-
2024-103, de 27 dejunio de 2024; requerimiento que fue atendido con oficio No. UTA-EP-
GG-2024-104, de 02 dejulio de 2024, al que se hizo referencia al inicio del presente.
1.2. A fin de contar con mayores elementos de análisis, antes de atender su consulta, mediante
oficios No. 07667 y 07982, de 08 y 25 de julio de 2024, la Procuraduría General del Estado
solicitó e insistió al Servicio Nacional de Contratación Pública (en adelante, 'SERCOP")
que remita su criterio jurídico institucional sobre la materia objeto de Ia consulta. Dicho
requerimiento fue atendido por el Coordinador General de Asesoría Jurídica del SERCOP,
mediante oficio No. SERCOP-CGAJ-2024-0 190-OF de 4 de agosto de 2024, ingresado en
el correo institucional al día siguiente.
1.3. El Informe Jurídico No. UTA-EP-DAJ-2024-009, de 02 de julio de 2024, suscrito por el
Director de Asesoría Juídica de la UTA EP, citó los artículos 82, 225,226,227,233 y 315
'08311
2 1 AGo 202¿,
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