Oficio de la Procuraduria General del Estado, 29-08-2024

Fecha29 Agosto 2024
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oficio No. .'08136
Quito, DM, ? g A00 202t,
Edificio Amazonas Plaza
Av. Amazonas N39-123 yArízaga
+593 2 294t300
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lngeniero
Luis Miguel Porras Sotamba
GER§NTE GENERAL
EMPRESA MUNICIPAL DE ASEO SANTA ROSA - EMAS EP
Presente.
De mi consideración:
Mediante oficio No. 1 16- EMAS-EP-G.G.-2024. de 02 de julio de 2024, ingresado en el correo
institucional de la Procuraduría General del Estado al día siguiente, se fomtularon las siguientes
consultas:
"1. ¿De conformidad con el Añ. 205 del Reglamento General de la Ley Orgánica del
Semicio hiblico (para las instituciones sujetas a su ámbito de aplicoción), es viable que
las instiluciones del sector público conlrateh externamente el servicio de capacitoción
con instituciones de educación superior o centros de capacitación legalmente
reconocid.os en el país o en el extranjero, sean personq.s naturales o jurídicas?
2. ¿Pueden las Empresas Públicas sujetos a la Ley Orgánico de Empresas Públicas
conlrotor externamente el servicio de capocitación con insrttuciones de educación
superior o centros de capaciÍación legatmente reconocidos en el país o en el extranjero,
sean personas naturales o jurtdicas, conforme kt establece el Art. 34 de la LOEP en
concordancia con los procedinrientos regulados por la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Contratación Pública?
3. ¿,En un proceso de contotación pública, bajo el procedimiento de inJima Cuanrta,
Subasta Inversa Electrónico, menot cuantí& cotización o licitación (según
corresponda el monto del presupaesto reJbrencial), pdra contratar el servicio de
capacitación, y que los servidores públicos de nuestra institación participen de marrera
especíJica en un eve to scadémico abierto específico (Congreso, Seminario, Curso, etc.
efectuado mediante una convocatoria), organizado por una ifistitucitjn de Educación
Superior o un centro de capacitación legalmente reconocido en el país o en el
extranjero, sean personas naturales o jurídicas; de conformidad con los numertles 7,
2 y 1 del Art. 53 del Reglan ento Gencral de la LOSNCP, es viable detallar en los
térmi os de referencia el nombre del programa académico específico, para que los
proveedores puedan ofertur de maneru concreta h inscripción al evento académico
requeido por la institución y no cualquier otn tema similsr con otros docentes o malla
curricular diferente?
4. ¿De conformidad con el Art. 150 del Reglamenfo General de la Ley Orgánica del
Sistemt Nacional de Contrataciót Pública, es viable que la entidad contratante realice
varias ínfimas cusntías, con proveedores diferentes, cada uno especializado en su área
de conocimiento, para ejecutar kx programas de capacitación con prestadores del
setvicio exteÍno (instituciones de educoción superior o cenfros de ctpacitación
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.ITT Ed¡ficio Amazonas Pl¿za
Av. Ama¿onas N39-123 y Alzagá
+595 2 2941300
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PROCI.]RADURÍA GEN€RAL DEL E'IADO
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legalmente reconocidos en el pais o en el extranjero, sean pefionas naturales o
jurídicas), o debe consolidar todo el plan de capacitación paro hacer un solo proceso
con un proveedor que subconlrute los diferentes programas académicos y se conviefia
en un intermediaio del servicio de capacitación?"
Frente a lo cual. se manifiesta Io siguiente:
l Antecedentes.-
Del oficio remitido y documentos adjuntos se desprende que:
I . l. A fin de contar con mayores elementos de análisis, antes de atender sus consultas, mediante
ohcios No. 07656, No. 07657 y No. 07658, de 05 dejulio de 2024, la Procuraduría General
del Estado solicitó al Servicio Nacional de Contratación Pública (en adelante, "SERCOP");
al Ministerio del Trabajo (en adelante, "MDT"): y, a la Contraloría General del Estado (en
adelante, "CGE"), respectivamente. que remitan sus criterios juridicos institucionales sobre
la materia objeto de las consultas. Con oficio No. 07940, de 22 de julio de 2024, este
organismo insistió al SERCOP en su requerimiento, sin que se haya recibido respuesta.
1.2. Los requerimientos de este organismo fueron atendidos, en su orden, por la Directora
Nacional Jurídica de la CGE, con oficio No. 307-DN-2024, de 16 dejulio de 2024, ingresado
en el correo institucional único de la Procuraduría General del Estado el mismo día; y, por
la Subsecretaria de Normativa del MDT, a través de oficio No. MDT-SN-2024-0564-O. de
l8 dejulio de 2024, recibido en el correo de este organismo al día siguiente.
1.3. El informejurídico No. EMASEP-DJL-01 1-2024-1, de 28 de mayo de 2024, suscrito por Ia
Directora Juidica y Legal de la Empresa Municipal de Aseo Santa Rosa EMAS EP (en
adelante, "EMAS EP') citó, en lo prrncipal, los artículos 82,225,227,234 y 315 de la
Constitución de la República del Ecuadorr (en adelante, "CRE");5,24, 79 y la Disposición
General Segunda de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública2 (en
adelante, "LOSNCP"):44, 53 números 1, 2 y 4, y 150 det Reglamento General a la
LOSNCP3 (en adelante, "RGIOSNCP "); 18, 20 y 34 numeral 2 de la Ley Orgánica de
Empresas Públicasa (en adelante, "LOEP");3 numerales 5 y 7 de la Ley Orgánica de
Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional5 (en adelante, "LOGJCC");23 letra q),
70 y 7l de la Ley Orgánica del Servicio Público6 (en adelante, "LOSEP");195, 196, 201,
2OZ y 205 de su Reglamento GeneralT (en adelante, " RGLOSEP "); 14 del Código Orgánico
Administrativos (en adelante, "COA"); ll5 del Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicase (en adelante, "COPLAFIP"):,el acápite 407-04 de las Normas de Control
lnterno para las Entidades, Organismos del Sector Público y de las Personas Juridicas de
r CRE, puhlitado en el Regisno Oli¡al ,"o.449 de 20 dc oduhtc ¡tu 1(to8.
: LOSNCP. publi«da en el Supl¿ne to del Rcaistto (lictul ,\o. -195 .la 04 .lc agosto dc 2008-
i RGLOSNCP, publ¡cado en el Sesrn¿o §tplenento ¿el Rqtis¡to O1¡dal No. 87 ¿c 20 de j,nk de 20L.
1 LOEP, publi&.la en el Suptemento del Rcsiiltro (»it¡ul No 4¿t ¿! 16 d( o.t hrc ¿t 2009
J LOGJ(C, publi«do en el Segndo Suplemento del Rcltillro Ol¡.iol No. 5) de 22 de ottuhre dc 2009-
6 LOSEP, publicada en el S plenento del Regist¡o Oli(¡ul No. 294 de ó dc o.lubre .k 2010-
' RGI.OSEP, pblicado en el Sqlenrcnto del Rer:i:tro Oliial No. 118 tle I de obril de 201 l.
' COA, publícudo en el Segundo Suplenlento del Reg¡:too Ol¡lkn No. 3l ¿¿ 7 ¿e.iulb ¿e 2017.
' COPLAFIP, publicado en el Suplementu ¿el Rer<istro Oln'ial No. 30ó ¿e 2: ¿e octubrc de 2010.
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