ORDENANZA N° 08-2021. ORDENANZA DE ACTUALIZACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL PLAN DE USO Y GESTIÓN DEL SUELO

Fecha de publicación01 Septiembre 2021
SecciónOrdenanzas
Número de Gaceta1657
instrumentationOrdenanzas
Año III - Nº 1657 - 216 páginas
Quito, miércoles 1º de septiembre de 2021
Edición Especial
GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN PEDRO VICENTE
MALDONADO
ORDENANZA N° 08-2021
ORDENANZA DE ACTUALIZACIÓN DE
LA APLICACIÓN DEL PLAN DE USO Y
GESTIÓN DEL SUELO
Miércoles de septiembre de 2021Edición Especial Nº 1657 - Registro Ocial
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ORDENANZA DE APLICACIÓN DEL PLAN DE USO Y GESTIÓN DEL SUELO.
Página 1 de 122
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Mediante Resolución Legislativa Nro. 036-SG-GADMPVM-2021, el pleno del
Concejo Municipal de Pedro Vicente Maldonado, en Sesión Extraordinaria de
siete de abril de dos mil veinte y uno, resolvió: APROBAR LA ORDENANZA
QUE CONTIENE LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y
ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y EL PLANDE USO Y GESTIÓN DEL
SUELO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.
Es necesario disponer con un instrumento legal, como es la Ordenanza de
Aplicación, que permita una adecuada aplicación de los procedimientos para
regular los distintos trámites que llevan a cabo las Direcciones Municipales,
en especial las relacionadas con construcciones.
Una vez aprobado este instrumento de planificación, se formula la
Ordenanza de Aplicación del Plan de Uso y Gestión del Suelo, con el fin de
que los mecanismos y procesos de ordenamiento territorial, planificación, uso
y gestión del suelo, se regulen y controlen las actividades de laspersonas
jurídicas públicas o mixtas, personas naturales o jurídicas privadas, en
ejercicio de las atribuciones y cumplimiento previsto en la Ley.
De acuerdo al Art. 30 de la LOOTUGS, el Plan de Uso y Gestión del Suelo
estará vigente durante un período de doce años, y podrá actualizarse al
principio de cada período de gestión, incluyendo la Ordenanza de Aplicación.
Durante el proceso de actualización, se revisó el Plan de Uso y Gestión del
Suelo, la Ordenanza de Aplicación anterior y se realizaron modificaciones, se
eliminaron y agregaron artículos, seconsideraron además las
recomendaciones emitidas por los representantes de Barrios, Recintos y
Asociaciones del Cantón Pedro Vicente Maldonado en la socialización de la
Ordenanza de Aplicación, como un mecanismo de Participación Ciudadana.
CONSIDERANDO
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 264, en el
numeral 1, dispone que es competencia de los gobiernos
municipales: ¨Planificar el desarrollo cantonal y formular los
correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera
articulada con la planificación nacional, regional, provincial y
parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo
urbano y rural. Ejercer la competencia sobre el uso y ocupación del
suelo en el cantón¨;
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 264, en el
numeral 2, dispone que es competencia de losgobiernos
municipales: ¨Ejercer la competencia sobre el uso y ocupación del
suelo en el cantón¨;
Que, el artículo 54 del COOTAD en su literal a), dispone que es una de
las funciones del Gobierno Municipal: “Promover el desarrollo
sustentable de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar
la realización del buen vivir a través de la implementación de
políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias
constitucionales y legales”;
Que, el artículo 54 del COOTAD en su literal m), dispone que es función
del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal: “Regular y
Controlar el uso del espacio público cantonal y, de manera
particular, el ejercicio de todo tipo de actividad que se desarrolle en
él, la colocación de publicidad, redes o señalización;
Que, el artículo 54 en su literal o) del COOTAD, dispone que es una de
las funciones del Gobierno Municipal: “Regular y controlar las
ORDENANZA DE ACTUALIZACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL
PLAN DE USO Y GESTIÓN DEL SUELO DEL CANTÓN PEDRO
VICENTE MALDONADO
Nro. 08-2021
Miércoles 1º de septiembre de 2021Registro Ocial - Edición Especial Nº 1657
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ORDENANZADEAPLICACNDELPLANDEUSO YGESTIÓN DEL SUELO.
Página 1 de 122
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Mediante Resolución Legislativa Nro. 036-SG-GADMPVM-2021, el pleno del
Concejo Municipal de Pedro Vicente Maldonado, en Sesión Extraordinaria de
siete de abril de dos mil veinte y uno, resolvió: APROBAR LA ORDENANZA
QUE CONTIENE LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y
ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y EL PLANDE USO Y GESTIÓN DEL
SUELO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.
Es necesario disponer con un instrumento legal, como es la Ordenanza de
Aplicación, que permita una adecuada aplicación de los procedimientos para
regular los distintos trámites que llevan a cabo las Direcciones Municipales,
en especial las relacionadas con construcciones.
Una vez aprobado este instrumento de planificación, se formula la
Ordenanza de Aplicación del Plan de Uso y Gestión del Suelo, con el fin de
que los mecanismos y procesos de ordenamiento territorial, planificación, uso
y gestión del suelo, se regulen y controlen las actividades de laspersonas
jurídicas públicas o mixtas, personas naturales o jurídicas privadas, en
ejercicio de las atribuciones y cumplimiento previsto en la Ley.
De acuerdo al Art. 30 de la LOOTUGS, el Plan de Uso y Gestión del Suelo
estará vigente durante un período de doce años, y podrá actualizarse al
principio de cada período de gestión, incluyendo la Ordenanza de Aplicación.
Durante el proceso de actualización, se revisó el Plan de Uso y Gestión del
Suelo, la Ordenanza de Aplicación anterior y se realizaron modificaciones, se
eliminaron y agregaron artículos, seconsideraron además las
recomendaciones emitidas por los representantes de Barrios, Recintos y
Asociaciones del Cantón Pedro Vicente Maldonado en la socialización de la
Ordenanza de Aplicación, como un mecanismo de Participación Ciudadana.
CONSIDERANDO
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 264, en el
numeral 1, dispone que es competencia de los gobiernos
municipales: ¨Planificar el desarrollo cantonal y formular los
correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera
articulada con la planificación nacional, regional, provincial y
parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo
urbano y rural. Ejercer la competencia sobre el uso y ocupación del
suelo en el cantón¨;
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 264, en el
numeral 2, dispone que es competencia de los gobiernos
municipales: ¨Ejercer la competencia sobre el uso y ocupación del
suelo en el cantón¨;
Que, el artículo 54 del COOTAD en su literal a), dispone que es una de
las funciones del Gobierno Municipal: “Promover el desarrollo
sustentable de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar
la realización del buen vivir a través de la implementación de
políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias
constitucionales y legales”;
Que, el artículo 54 del COOTAD en su literal m), dispone que es función
del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal: “Regular y
Controlar el uso del espacio público cantonal y, de manera
particular, el ejercicio de todo tipo de actividad que se desarrolle en
él, la colocación de publicidad, redes o señalización;
Que, el artículo 54 en su literal o) del COOTAD, dispone que esuna de
las funciones del Gobierno Municipal: “Regular y controlar las
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PLAN DE USO Y GESTIÓN DEL SUELO DEL CANTÓN PEDRO
VICENTE MALDONADO
Nro. 08-2021

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