Ordenanzas Municipales. 008-2025-CM-GADCP Cantón Palanda- Que regula la formación de catastros prediales urbanos y rurales, la determinación, emisión, administración y recaudación del impuesto a la propiedad urbana y rural para el bienio 2026 - 2027
| Fecha de publicación | 26 Enero 2026 |
| Sección | Ordenanza Municipal |
| Emisor | Ordenanzas Municipales |
| Tipo de documento | Ordenanzas Municipales |
Edición Especial Nº 1008 - Registro Ocial
44
Lunes 26 de enero de 2026
REPÚBLICA DEL ECUADOR
GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN
PALANDA
ORDENANZA Nro. 008-2025-CM-GADCP
ORDENANZA QUE REGULA LA
FORMACIÓN DE CATASTROS
PREDIALES URBANOS Y RURALES, LA
DETERMINACIÓN, EMISIÓN,
ADMINISTRACIÓN Y RECAUDACIÓN
DEL IMPUESTO A LA PROPIEDAD
URBANA Y RURAL PARA EL BIENIO
2026-2027 DEL CANTON PALANDA.
Registro Ocial - Edición Especial Nº 1008
45
Lunes 26 de enero de 2026
1
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Ecuador, en su Constitución, decidió construir una nueva forma de convivencia
ciudadana, en diversidad, para alcanzar el buen vivir, el sumak kawsay, de tal forma
que se estableció en un Estado democrático de derechos y justicia, que se gobierna
de manera descentralizada, conforme el Art. 1 de la Constitución de la República del
Ecuador (CRE).
Los gobiernos cantonales descentralizados son autónomos por mandato del Art. 238
de la CRE, y por las garantías legales reconocidas en los Arts. 5 y 6 del Código
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD). Al
tratarse de una autonomía política, administrativa y financiera, los Concejos
Cantonales tienen facultades legislativas ancladas a sus competencias, en el ámbito
de su jurisdicción territorial, como manda el Art. 240 de la CRE, además de las
facultades ejecutivas que todo gobierno autónomo descentralizado ejerce, conforme
los Arts. 7, 10 y 28 de la norma de la titularidad de las competencias de aquellos
(COOTAD).
El Art. 264 de la CRE dispone el catálogo de competencias exclusivas de los
gobiernos autónomos descentralizados municipales, mismas que, de conformidad
con el Art. 260 ibídem, pueden ser ejercidas de manera concurrente entre los niveles
de gobierno, en cuanto a la gestión de servicios públicos, garantizando, de
conformidad con los principios previstos en los Arts. 226 y 227 de la CRE, 3 del
COOTAD y 26 del Código Orgánico Administrativo (COA), bajo los principios de
corresponsabilidad y complementariedad en la gestión, según las competencias que
corresponde a cada gobierno autónomo en sus jurisdicciones, para garantizar
actuaciones conducentes al efectivo goce y ejercicio de derechos de las personas y
el cumplimiento de los objetivos del buen vivir.
El Art. 425 de la CRE establece, en virtud de la supremacía constitucional, el orden
jerárquico de aplicación normativa en el país, considerando que, dentro de tal
jerarquía, el principio de competencia, en especial de la titularidad de las
competencias exclusivas de los gobiernos autónomos descentralizados, prevé que
las normas expedidas en el ejercicio de tales competencias prevalecen sobre otras
normas infraconstitucionales, en caso de conflicto.
El Art. 264.9 de la CRE dispone que los gobiernos municipales tienen la competencia
exclusiva para la formar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales,
de tal forma que dichos catastros son inventarios prediales territoriales de los
bienes inmuebles y del valor de la propiedad urbana y rural. Así, los catastros
constituyen instrumentos que registran la información que las Municipalidades
utilizan en el ordenamiento territorial, permitiendo consolidar e integrar la
información situacional, instrumental, física, económica, normativa, fiscal,
administrativa y geográfica de los predios urbanos y rurales sobre el territorio.
Uno de los principales indicadores para evaluar la administración catastral en el país
es el grado de cobertura del inventario de las propiedades inmobiliarias urbanas y
rurales en la jurisdicción territorial de cada Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal (GADM), nivel de gobierno obligado a cumplir con la formación y la
administración de los catastros inmobiliarios urbanos y rurales, siendo éstas
competencias exclusivas constitucionales que se consideran bajo los siguientes
presupuestos:
Edición Especial Nº 1008 - Registro Ocial
46
Lunes 26 de enero de 2026
2
a) La formación misma del catastro inmobiliario;
b) La estructuración del inventario predial en el territorio urbano y rural del Cantón;
y,
c) La forma integrada del uso de la información catastral inmobiliaria para otros
contextos de la administración y gestión territorial, estudios de impacto ambiental,
delimitaciones barriales, instalaciones de nuevas unidades de producción,
regularización de la tenencia del suelo, equipamientos de salud, medio ambiente y
de expropiación.
A pesar de ser prioritario para la administración municipal el cumplimiento de la
disposición constitucional prevista en el numeral 9 del Art. 264 de la CRE, aún
existen catastros inmobiliarios que no se han formado territorialmente de manera
técnica y que se administran únicamente desde la perspectiva tributaria, bajo la
declaración del sujeto pasivo.
La propuesta de Ordenanza que regula la formación, administración, determinación
y recaudación del impuesto a la propiedad urbana y rural, con normativas que
permiten también regular la administración del catastro inmobiliario y definen el
valor de la propiedad, desde el punto de vista jurídico, en el cumplimiento de la
disposición constitucional de las competencias exclusivas y de las normas
establecidas en el COOTAD, permite a los gobiernos municipales, en lo referente a la
formación de los catastros inmobiliarios urbanos y rurales, actualizar la información
predial y el valor de la propiedad cada bienio.
Al respecto, se debe considerar que el valor de la propiedad es intrínseco, propio o
natural de los inmuebles, y sirve de base para la determinación de impuestos, así
como para otros efectos tributarios y no tributarios, además de constituirse un
elemento importante para procedimientos de expropiación que los gobiernos
autónomos descentralizados municipales requieren.
El Art. 496 del COOTAD dispone que las municipalidades y distritos metropolitanos
realizarán, en forma obligatoria, actualizaciones generales de catastros y de la
valoración de la propiedad urbana y rural cada bienio. A este efecto, la Dirección
Financiera o quien haga sus veces notificará por la prensa a los propietarios,
haciéndoles conocer la realización del avalúo. Por tanto, los gobiernos autónomos
descentralizados municipales y el Distrito Metropolitano, están obligados a emitir
reglas para determinar el valor de los predios urbanos y rurales en sus
jurisdicciones, ajustándolos a los rangos y factores vigentes en la normativa rectora
de cada gobierno cantonal, que permitan determinar una valoración adecuada a los
principios de igualdad, proporcionalidad, progresividad y generalidad inherentes a
los tributos que regirán para el bienio 2026-2027.
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.