Ordenanzas Municipales. Cantón El Carmen- Derogatoria de la Ordenanza que reglamenta el uso de la ambulancia municipal
Fecha de publicación | 15 Junio 2023 |
Sección | Ordenanza Municipal |
Emisor | Ordenanzas Municipales |
Tipo de documento | Ordenanzas Municipales |
Jueves 15 de junio de 2023 Registro Ocial - Edición Especial Nº 916
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE EL CARMEN
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Concejo Municipal del Gobi erno Municipal de El Carmen el 23 de diciembre del 2004 aprobó la
ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL USO DE LA AMBULANCIA MUNICIPAL EN EL CANTÓN
EL CARMEN, cons iderando el cumplimiento de las labores de carácter social y que en el cantón
no tenían el servicio d e ambulancia ni las entidades de carácter público o privado para socorrer a
personas que por problemas de salud lo requie ran; que dentro de lo que reglamentaba la
ordenanza de establ eció que el solicitante ten dría que pagar los gastos que demande el traslado
como combusti ble, peajes. Alimentación del conductor, arreglo de neumáticos picha dos, cambio
de aceite, y otros.
El Gobierno Autónomo Descentral izado Municipal de El Carmen en observación a lo que
establece:
El Decreto Ejecut ivo N° 988 de 29 de diciembre del 2011, el señor Presidente Constitucional de
la República emite disposic iones con el “objeto de regular la implementación del Servic io integrado
de Seguridad ECU-911, como herr amientas in tegradoras de los servicios de emer gencia que
prestan los c uerpos de Bomberos, las Fuerzas Armadas, La Policía Nacional e Instituciones que
conforman el Sistema Nac ional de Salud”.
El Decreto Ejec utivo N° 031 de 24 de junio del 2013 publicado en el Registro Oficial Suplement o
N° 44 de 25 de julio del 2013 el señor Presidente Constitucional de la República concede al servicio
Integrado ECU-911 la calidad de Servicio y por tanto personalidad jurídica como organismo público
con autonomía adm inistrativa, operativa y fina nciera y jurisdicción naci onal con sede principal en
la ciudad de Quito, conforma do por centros operativos a nivel nacional
El Ministerio de Salud dentro de la Normativa Legal Vigente (Tarifario de Prestaciones del
Sistema Nacional de Salud- Norma del Proceso de Relacionamiento para la atención de
Pacientes y Reconocimiento Económico por prestación de servicios de salud y la Red Privada
Complementaria, ha establecido una hoja de ruta a seguir sobre los gastos de atención médica
y transporte de víctimas en ambulanc ias debidamente autorizadas para la prestación de este
servicio; constituyéndose c omo ilegales los cobros establecidos en la ordenanza que
reglamenta el uso de la ambulancia municipal, una vez revisada que ha sido se evidencia la
imposibilidad de que siga en vigenc ia.
Por lo expuesto, a fi n de dar cumplimiento a las disposiciones y procedimientos pertinentes se
pone a consideración el proyecto de ORDENANZA DEROGATORIA DE LA ORDENANZA QUE
REGLAMENTA EL USO DE LA AMBULANCIA MUNICIPAL EN EL CANTÓN EL CARMEN, para
que le Pleno del Concejo de ntro de sus facultades legislativas dé el trám ite respectivo.
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DE EL CARMEN
CONSIDERANDO:
Gobiernos Aut ónomos Descentralizados gozarán de autonomí a polí tica, administrativa y
financiera, y se regirán por los principios de solidarid ad, subsidiariedad, equidad int erterritorial,
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