Ordenanzas Municipales. Cantón Mocha- Que regula la preservación, mantenimiento y difusión del patrimonio arquitectónico y cultural
Fecha de publicación | 07 Febrero 2025 |
Sección | Ordenanza Municipal |
Emisor | Ordenanzas Municipales |
Tipo de documento | Ordenanzas Municipales |
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es responsabilidad del Estado: “Velar, mediante políticas permane
Ecuador.”
er y difundir el patrimonio cultura,
ha sido transferida a los gobiernos autnomos descentralizados municipales y es
responsabilidad de los ismos; “formular, aprobar, ejecutar y evaluar los planes,
programas y proyectos destinados a la preservacin, mantenimiento y difusin del
patrimonio arquitectnico, cultural y natural, de su circunscripcin y construir los
espacios pblicos para estos fines”, atribucin que faculta considerar todas las
ral, materializado para
llevar adelante las acciones que garanticen su conservacin, defensa y proteccin; los
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el artículo 21 inciso primero Ut Supra, garantiza: “Las personas tienen derecho
ades culturales y a expresar dichas
elecciones; a la libertad esttica; a conocer la memoria histrica de sus culturas
culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas”;
el artículo 57 numeral 13 de la Carta Fundamental, reconoce y garantizar a las
comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de conformidad
con la Constitucin y con los pactos, convenios, declaraciones y dems
ales de derechos humanos, entre otros, el derecho:
“Mantener, recuperar, proteger, desarrollar y preservar su patrimonio cultural e
histrico como parte indivisible del patrimonio del Ecuador. El Estado proveer
los recursos para el efecto”;
ulo 83 numeral 13 de la Norma Suprema, reconoce como deberes y
responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros
previstos en la Constitucin y la ley: “Conservar el patrimonio cultural y natural
del país, y cuidar y mantener los bienes pblicos”;
perjuicio de otras que determine la ley: “Preservar, mantener y difundir el
monio arquitectnico, cultural y natural del cantn y construir los espacios
pblicos para estos fines”;
oteger y
promover la diversidad cultural y respetar sus espacios de reproduccin e
el artículo 280 de la Constitucin de la Repblica del Ecuador, manifiesta: “El
Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento al que se sujetarn las políticas,
programas y proyectos pblicos; la programacin y ejecucin del presupuesto
del Estado; y la inversin y la asignacin de los recursos pblicos; y coordinar
petencias exclusivas entre el Estado central y los gobiernos autnomos
descentralizados. Su observancia ser de carcter obligatorio para el sector
pblico e indicativo para los dems sectores”
el artículo 377 de la Carta Magna, expone “El sistema nacional de cultura tiene
como finalidad fortalecer la identidad nacional; proteger y promover la
diversidad de las expresiones culturales; incentivar la libre creacin artística y la
produccin, difusin, distribucin y disfrute de bienes y servi
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pleno de los derechos culturales”;
tangible relevante para la memoria e identidad
de las personas y colectivos, y objeto de salvaguarda del Estado, varios bienes,
procediendo a enunciarlos, adicionalmente, indica: “Los bienes culturales
patrimoniales del Estado sern inalienables, inembargables e imprescriptibles.
El Estado tendr derecho de prelacin en la adquisicin de los bienes del
patrimonio cultural y garantizar su proteccin. Cualquier dao ser sancionado
de acuerdo con la ley”;
cin de la Repblica del Ecuador,
reconoce como responsabilidades del Estado el: “Velar, mediante políticas
permanentes, por la identificacin, proteccin, defensa, conservacin,
restauracin, difusin y acrecentamiento del patrimonio cultural tangible e
intangible, de la riqueza histrica, artística, lingística y arqueolgica, de la
memoria colectiva y del conjunto de valores y manifestaciones que configuran
la identidad plurinacional, pluricultural y multitnica del Ecuador”;
COOTAD, manifiesta que: “La autonomía
autonomía se ejercer de manera responsable y solidaria”
COOTAD, establece que: “Para e
su circunscripcin territorial”
vas de los gobiernos autnomos descentralizados
municipales: “Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectnico,
cultural y natural del cantn y construir los espacios pblicos para estos fines”
descentralizados municipales, formular, aprobar, ejecutar y evaluar
los planes, programas y proyectos destinados a la preservacin, mantenimiento
y difusin del patrimonio arquitectnico, cultural y natural, de su circunscripcin
y construir los espacios pblicos para estos fines;
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