Ordenanzas Municipales. Cantón Yantzaza- Que determina el procedimiento administrativo sancionador
Fecha de publicación | 04 Junio 2024 |
Sección | Ordenanza Municipal |
Emisor | Ordenanzas Municipales |
Tipo de documento | Ordenanzas Municipales |
Martes 4 de junio de 2024Registro Ocial - Edición Especial Nº 1612
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ALCALDIA CIUDADANA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Conforme el ordenamiento jurídico que nos rige, le corresponde al Concejo Municipal,
crear, reformar, derogar, ordenanzas en función de sus competencias constitucionales y
legales, con el propósito de planificar el ordenamiento territorial, y la ejecución de los
programas, proyectos, obras y servicios en favor de la colectividad del Cantón.
En este orden, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Yantzaza, ha
expedido ordenanzas para poder instrumentar las obras y servicios en favor de la
ciudadanía, no obstante no existe una normativa municipal que prevea un régimen
sancionatorio, en el evento de que los ciudadanos u usuarios incumplan con sus
obligaciones en los diferentes ámbitos del quehacer municipal y público, esto debido a
que no se expedido una ordenanza que faculte al Gobierno Municipal, controlar, exigir y
sancionar, de ser del caso, el incumplimiento de las obligaciones o inobservancias de
manera que se repte los espacios públicos, se cuide las obras y servicios, y se cuide en
general los bienes de uso público.
Sancionador, y, que en sustitución a la reforma realizada, la Asamblea Nacional del
Ecuador aprobó el CODIGO ORGANICO ADMINISTRATIVO (COA), publicado en el
RO -2S 31:7-jul-20-2017, y, que, en su contenido, en el Art. 248.- Garantías del
procedimiento, el numeral 1 expresa: “En los procedimientos sancionadores se dispondrá
la debida separación entre las función instructora y la sancionadora, que corresponderá a
servidores públicos distintos.”
transcurrido doce meses, contados a partir de su publicación en el Registro Oficial, entrará
en vigencia; disposición que no ha se ha cumplido por no contar con una ordenanza
municipal que regule la potestad sancionadora con la debida separación de funciones
entre el órgano instructor y el sancionador; motivo por el que, se ha considerado necesario
elaborar el instrumento legal que permitirá a los distintos procesos municipales, el control
del cumplimiento de las ordenanzas municipales.
Ante la necesidad de contar con una normativa general que regule los procedimientos
sancionatorios, dentro de los procesos administrativo por incumplimiento a las
ordenanzas municipales, resulta de suma importancia contar con un procedimiento
Procedimiento. Art. 248, que asegure el debido proceso, la seguridad jurídica, y principio
de legalidad, además se ajuste al procedimiento establecido que permita una aplicación
práctica de las diferentes Ordenanzas vigentes expedidas por el Concejo Municipal de
Yantzaza, para alcanzar su efectivo cumplimiento.
En el marco de la autonomía municipal, resulta fundamental contar con instrumentos
reglamentarios que garantice la ejecución plena de las competencias municipales, en los
asuntos relacionados al control y sanciones, ajustando la normativa a las características
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