Ordenanzas Municipales. Cantón San Juan Bosco- Que reforma a la Ordenanza de aprobación de la actualización del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial; y Plan de Uso y Gestión del Suelo
Fecha de publicación | 27 Diciembre 2024 |
Sección | Ordenanza Municipal |
Emisor | Ordenanzas Municipales |
Tipo de documento | Ordenanzas Municipales |
Registro Ocial - Edición Especial Nº 1977
105
Viernes 27 de diciembre de 2024
REFORMA A LA “ORDENANZA DE APROBACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE
M ORONA SANTIAG O”.
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República dispone que: “La administración pública
ón, participación, planificación, transparencia y evaluación.”;
Que, el artículo 238 de la Constitución de la república del Ecuador indica que “Los Gobiernos
Autónomos Descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, (…)”
el artículo 240 de la Constitución de la República del Ecuador señala: “Los gobiernos
(...)”;
al régimen de competencias de los gobiernos municipales establece: “Planificar el desarrollo
ocupación del suelo urbano y rural” y en el numeral 2 dicta: “Ejercer el control sobre el uso y
upación del suelo en el cantón”;
Que, el artículo 41 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas refiere que “Los
territorio.” (…);
dispone que “Además de lo establecido en el Código Orgánico de Planificación y Finanzas
que incorporará los componentes estructurante y urbanístico.”;
ndica que “Los
naturales o jurídicas públicas, privadas o mixtas.”;
en los siguientes casos: “a) Al inicio de gestión de las autoridades locales. b) Cuando un Proyecto
la ocurrencia de un desastre.”;
de Suelo manda que “
REFORMA A LA “ORDENANZA DE APROB ACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE
MO RONA SANTIAG O”.
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República disp one que: “La administración pública
ón, participación, planificación, transparencia y evaluación.”;
Que, el artículo 238 de la Constitución de la república del Ecuador indica que “Los Gobiernos
Autónomos Descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, (…)”
el artículo 240 de la Constitución de la República del Ecuador señala: “Los gobiernos
(...)”;
al régim en de competencias de los gobiernos municipales establece: “Planificar el desarrollo
ocupación del suelo urbano y rural” y en el numeral 2 dicta: “Ejercer el control sobre el uso y
upación del suelo en el cantón”;
Que, el artículo 41 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas refiere que “Los
territorio.” (…);
dispone que “Además de lo establecido en el Códig o Orgánico de Planificación y Finanzas
que incorporará los componentes estructurante y urbanístico.”;
ndica que “Los
naturales o jurídicas públicas, privadas o mixtas.”;
en los siguientes casos: “a) Al inicio de gestión de las autoridades locales. b) Cuando un Proyecto
la ocurrencia de un desastre.”;
de Suelo manda que “
Edición Especial Nº 1977 - Registro Ocial
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Viernes 27 de diciembre de 2024
procedimientos participativos y técnicos correspondientes.”;
Autónomo Descentralizado Municipal: “Planificar, junto con otras instituciones del sector público
interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad”; y “Ejercer el con
y ocupación del suelo en el cantón”;
“ORDENANZA DE APROBACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y
SAN JUAN BOSCO, PROVINCIA DE MORONA SANTIAGO”;
de la “ORDENANZA DE APROBACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO
SAN JUAN BOSCO, PROVINCIA DE MORONA SANTIAGO”;
de la “ORDENANZA DE APROBACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESAR
SAN JUAN BOSCO, PROVINCIA DE MORONA SANTIAGO”;
“ORDENANZA DE APROBACIÓN DE L A ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE
SUELO DE CANTÓN SAN JUAN BOSCO, PROVINCIA DE MORONA SANTIAGO”.
Al final del único inciso del artículo 1 agréguese “20232027”
. En el único inciso del artículo 2, luego de la frase “Plan de Desarrollo y Ordenamiento
Territorial” agréguese “20232027”
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