Ordenanzas Provinciales. 03-CPO-GADPO-2023 Gobierno Provincial de Orellana- Que expide la Ordenanza del Presupuesto General para el ejercicio fiscal 2023, de conformidad con el Art. 245 del COOTAD

Fecha de publicación07 Julio 2023
SecciónOrdenanza Provincial
EmisorOrdenanzas Provinciales
Tipo de documentoOrdenanzas Provinciales
Edición Especial Nº 959 - Registro Ocial
60
Viernes 7 de julio de 2023
Página 1 de 14
ORDENANZA N° 03-CPO-GADPO-2023
LA FUNCIÓN DE LEGISLACIÓN, NORMATIVIDAD Y FISCALIZACIÓN, DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DE LA PROVINCIA DE ORELLANA
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 3 de la Constitución de la República del Ecuador establece.- Son deberes primordiales
del Estado: 5. Planificar el desarrollo nacional, erradicar la pobreza, promover el desarrollo
sustentable y la redistribución equitativa de los recursos y la riqueza, para acceder al buen vivir.
Que, el Art. 70 de la Constitución de la República del Ecuador establece.- El Estado formulará y
ejecutará políticas para alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres, a través del mecanismo
especializado de acuerdo con la ley, e incorporará el enfoque de género en planes y programas y
brindará asistencia técnica para su obligatoria aplicación en el sector público.
Que, el Art. 85 de la Constitución de la República del Ecuador establece.- La formulación,
ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos que garanticen los
derechos reconocidos por la Constitución, se regularán de acuerdo con las siguientes
disposiciones:
1.-Las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer
efectivos el buen vivir y todos los derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad.
2.-Sin perjuicio de la prevalescencia del interés general sobre el interés particular, cuando los
efectos de la ejecución de las políticas públicas prestación de bienes o servicios públicos vulneren
o amenacen con vulnerar derechos constitucionales, la política o prestación deberá reformularse o
se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto.
3.-El Estado garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para la ejecución de
las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos.
En la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos se
garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.
Que, el Art. 95 de la Constitución de la República del Ecuador establece.- Las ciudadanas y
ciudadanos, en forma individual y colectiva, participarán de manera protagónica en la toma de
decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos, y en el control popular de las
instituciones del Estado y la sociedad, y de sus representantes, en un proceso permanente de
construcción del poder ciudadano. La participación se orientará por los principios de igualdad,
autonomía, deliberación pública, respeto a la diferencia, control popular, solidaridad e
interculturalidad.
La participación de la ciudadanía en todos los asuntos de interés público es un derecho, que se
ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria.
Que, el Art. 100 de la Constitución de la República del Ecuador establece.- En todos los niveles de
gobierno se conformarán instancias de participación integradas por autoridades electas,
representantes del régimen dependiente y representantes de la sociedad del ámbito territorial de
cada nivel de gobierno, que funcionarán regidas por principios democráticos. La participación en
estas instancias se ejerce para:

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