Ordenanzas Provinciales. 04-CPO-GADPO-2023 Gobierno Provincial de Orellana- Que expide la segunda reforma a la Ordenanza que reglamenta el fomento, promoción y fortalecimiento de las actividades culturales, deportivas, recreacionales, turísticas, agro productivas y artísticas

Fecha de publicación07 Julio 2023
SecciónOrdenanza Provincial
EmisorOrdenanzas Provinciales
Tipo de documentoOrdenanzas Provinciales
Edición Especial Nº 959 - Registro Ocial
74
Viernes 7 de julio de 2023
Página 1 de 3
ORDENANZA N° 04-CPO-GADPO-2023
EL CONSEJO PROVINCIAL DE ORELLANA
CONSIDERANDO
Que, el Consejo Provincial de Orellana, en sesiones extraordinarias de 11 y 20 de junio de 2019,
aprobó la Ordenanza que reglamenta el fomento, promoción y fortalecimiento de las actividades
culturales, deportivas, recreacionales, turísticas, agro productivas y artísticas del Gobierno
Autónomo Descentralizado de La Provincia de Orellana.
Que, el Art. 240 de la Constitución de la República, prevé que los gobiernos autónomos
descentralizados provinciales tienen facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y
jurisdicciones territoriales.
Que, el inciso final del Art. 263 de la Carta Magna, estipula que los gobiernos autónomos
provinciales en el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades, expedirán
ordenanzas provinciales.
Que, el Art. 7 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
prescribe que para el pleno ejercicio de sus competencias y de las facultades que de manera
concurrente podrán asumir, se reconoce a los consejos provinciales la cap acidad para dictar
normas de carácter general, a través de ordenanzas, aplicables dentro de su circunscripción
territorial.
Que, el Art. 40 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
señala que los gobiernos autónomos descentralizados provinciales son personas jurídicas de
derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera. Estarán integrados por las
funciones de participación ciudadana; legislación y fiscalización; y, ejecutiva, previstas en este
Código, para el ejercicio de las funciones y competencias que le corresponden.
Que, el Art. 43 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
determina que el consejo provincial es el órgano de legislación y fiscalización del gobierno
autónomo descentralizado provincial.
Descentralización, prescribe que al consejo provincial le corresponde el ejercicio de la facultad
normativa en las materias de competencia del gobierno autónomo descentralizado provincial,
mediante la expedición de ordenanzas provinciales, acuerdos y resoluciones.
Que, el Art. 322 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
establece el procedimiento para la aprobación de ordenanzas.
Que, el Consejo Provincial mediante dos sesiones, de fecha 09 y 16 de mayo de 2022, aprobó la
Ordenanza reformatoria a la Ordenanza que reglamenta el fomento, promoción y fortalecimiento de
las actividades culturales, deportivas, recreacionales, turísticas, agro productivas y artísticas del
Gobierno Autónomo Descentralizado de La Provincia de Orellana, la cual se encuentra publicada
en el Registro Oficial Edición Especial N° 259 de fecha 10 de junio de 2022.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR