La Corte Penal Internacional: los nuevos desafíos de la jurisdicción universal

AutorJuan Manuel Marchan
Páginas99-104
LA
CORTE PENAL
INTERNACIONAL:
Los
NUEVOS DESAFÍOS
DE LA
JURISDICCIÓN
UNWERSAL
99
La
Corte
Penal
Internacional:
Los
nuevos
desafíos
de
la
Juan
Manuel Marchán
jurisdicción
universal
1.
Introducción
El
11
de
abril
de
2002,
casi
cuatro
años
después
de
la
fir
ma
del
Estatuto
de
la
Corte
Penal
Internacional
(en
adelan
te
el
Estatuto
de
Roma)
y
luego
una
gran
campaña
interna
cional
por
el
pronto
establecimiento
de
la
Corte Penal
Inter
nacional
(en
adelante
la
CPJ).
el
sueño
de
muchas
de
las
personas
que
consideramos
que
la
plena
vigencia
de
la
jus
ticia penal
internacional
es
una
de
las
alternativas
más
acer
tadas
para
eliminar
la
impunidad
que
impera
en
nuestros
países,
se
ha
hecho
realidad.
El
1
de
julio
de
2002,
el
Estatuto
de
Roma
entraró
en
vi
gencia
para
todos
los
países
que
lo
han
ratificado
y
el
Secre
tario
General
de
las
Naciones
Unidas,
Kofi
Annan,
ha
anun
ciado
a
la
comunidad
internacional
que
antes
de
que
este
año
finalice
la
CPI
deberá
estar
ya
integrada
y
en
pleno
fun
cionamiento.’
Para
la
entrada
en
vigor
del
Estatuto
de
Roma
se
necesi
ta que
60
países
lo
ratifiquen,
en
este
momento
66
países
ya
lo
han
ratificado
y
han
depositado
su
instrumento
de
ratifi
cación
en
la
Secretaría General
de
las
Naciones
Unidas.
2
Ecuador
suscribió
el
Estatuto
de
Roma
y
depositó
su
instru
mento
de
ratificación
el
5
de
febrero
de
2002.
La
comunidad
universal
reunida
en
Roma
el
17
de
julio
de
1998,
en
la
Conferencia Diplomática
de
Plenipotencia
rios
de
Naciones
Unidas,
dio
uno
de
los
pasos
más
impor
tantes
en
la
lucha
en
contra
de
las
violaciones
a
los
derechos
humanos
y
el
derecho internacional humanitario; cuando
re
presentantes
de
120
países
votaron
a
favor
de
la
creación
de
una
Corte
Penal
Internacional
con
colnpetencia
para
juzgar
e
investigar
los
más
graves
crímenes
y
para
sancionar
a
sus
responsables.
La adopción
y
actual
entrada
en
vigencia
del
Estatuto
de
la
Corte Penal
Internacional
marca
un
hito
histórico
en
las
iniciativas
de
la
comunidad
internacional
en
favor
de
la
pro
tección
de
los
derechos humanos
y
se
constituye
en
una
úl
tima garantía
colectiva
de
justicia
a
favor
de
la
comunidad
universal.
La entrada
en
vigencia
del
Estatuto
de
Roma incidirá
de
manera
directa
en
los
sistemas
de
administración
de
justicia
de
los
países
que
lo
han
ratificado
y
ratifiquen
en
el
futuro
y
será un incentivo invaluable para
lograr
que
los
sistemas
judiciales
internos
optimicen
su
funcionamiento
y
actúen
observado
estrictamente
las
garantías
al
debido proceso,
ya
que
en
su
defecto
la
CPI
tendrá
competencia
para
conocer
y
resolver
estos casos.
La
realidad
política
en
muchos
países
del
mundo
nos
ha
demostrado
que
a
pesar
de
vivir
prácticamente
en
democra
cia,
se
siguen
cometiendo
graves crímenes por
parte
de
agentes
del
Estado
y
grupos
armados particulares,
sin
que
nuestros
sistemas
de
justicia
actúen
de
manera
eficaz para
castigar
a
los
responsables
de
estos
crímenes
atroces.
3
Asimismo,
el
desarrollo
de
nuestras
débiles
democracias
nos
ha
demostrado
que
una
de
las
principales
características
de
nuestros sistemas
judiciales
es
la
impunidad
y
la
falta
de
juzgamiento,
lo
que
hace
más
latente
en
la
comunidad
inter
nacional
la
necesidad
de
que
exista una
verdadera
justicia.
La
finalidad
de
la
presente investigación
es
facilitar
la
comprensión
y
el
debate
sobre
la
CPI
y
las
implicaciones
que
tendrá
la
entrada
en
vigencia
del
Estatuto
de
Roma
en
el
derecho interno
de
diversos países.
El
punto
de
partida
del
presente
trabajo
es
justificar
la
necesidad
que tiene
la
comunidad internacional
de
instituir
una
Corte Penal Internacional,
los
trabajos
preparatorios
pa
ra
llegar
al
Estatuto
de
Roma,
la
estructura,
competencia
y
funcionamiento
de
este
órgano
jurisdiccional.
La vigencia
del
Estatuto
de
Roma
nos
obliga
a
realizar
un
estudio exhaustivo
de los
aspectos
que
rodean
lajurisdic
ción
universal
y
por
esta
razón
no
pretendemos
agotar
el
te
ma,
sino
que
esta
investigación
pueda
ser
el
inicio,
un
pun
to
de
partida
del
debate
sobre la CPI,
su
estructura,
compe
tencia
y
funciones.
II.
Antecedentes
y
necesidad
de
una
Corte
Penal
Internacional
En
la
última década
del
siglo
pasado
la
comunidad
uni
versal
tuvo que
presenciar
atroces
guerras,
agresiones
y
el
cometimiento
de
graves delitos
en
contra
de
la
humanidad.
Hechos como
las
guerras
en las
naciones
de
la
antigua
Yu
goslavia
como
los
son
Bosnia-Herzegovina
y
en Croacia.
los
enfrentamientos
en
Ruanda,
Burundi
y
en
la
República
Democrática
del
Congo
(ex—Zaire),
sacudieron
la
concien
cia
internacional
y
pusieron
de
manifiesto
la
necesidad
de
contar
con
una institución
judicial
permanente
que
tenga
competencia
para
juzgar
las
múltiples
violaciones
a
los
de
rechos
humanos
y
al
derecho
internacional
humanitario.
La práctica
de
Naciones Unidas
y
de
su
Consejo
de
Se
guridad para
hacer
frente
a
esta
realidad
fue
la creación
de
tribunales
adhoc,
con
competencia para
juzgar
y
sancionar
a
los
responsables
de
las
violaciones
a
los
derechos
huma
nos
en
las
naciones
de
la
antigua
Yugoslavia
y
Ruanda,
4
pe
ro
estas
iniciativas
resultaron
insuficientes
vis
&
vis
la
reali
dad
y
necesidad
de
justicia
que
vivía
el
mundo
en
esos
mo
mentos.
-
En
el
seno
de
Naciones
Unidas, desde
1948,
se
viene
discutiendo
la
idea
de
instituir
un
tribunal penal
internacio
nal
cuando
la
Asamblea
General encargó
a
la
Comisión
de
Derecho
Internacional
(en
adelante
la
CD!)
la
tarea
de
exa
minar
si
es
conveniente
y
posible
crear
un
órgano
judicial

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