Resoluciones. PLE-CNE-2-28-9-2021 Para el Concurso Público de Méritos y Oposición para la Designación de los Miembros del Consejo de Educación Superior (CES); y, Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CACES), para el periodo 2021-2026”, se considerarán varias medidas de acción afirmativa

Número de Boletín564
SecciónResoluciones
EmisorConsejo Nacional Electoral
Viernes 22 de octubre de 2021 Cuarto Suplemento Nº 564 - Registro Ocial
22
SECRETARÍA GENERAL
1
Código: FO-03(PE-SG-SU-02), Versión: 3
RESOLUCIÓN PLE-CNE-2-28-9-2021
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
EL PLENO
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el numeral 7 del artículo 61 de la Constitución
de la República del Ecuador, las ecuatorianas y ecuatorianos gozan
del derecho a desempeñar empleos y funciones públicas sobre la
base de méritos y capacidades, en un sistema de selección y
designación transparente, incluyente, equitativo, pluralista y
tecnocrático, que garantice su participación con criterios de equidad
y paridad de género, igualdad de oportunidades para las personas
con capacidades diferenciadas y participación intergeneracional;
Que en conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 219 de
la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el
Artículo 25 numeral 9 de la Ley Orgánica Electoral y de
Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la
Democracia, corresponde al Consejo Nacional Electoral, la facultad
de reglamentar la normativa legal sobre los asuntos de su
competencia;
Que la Ley Orgánica de Educación Superior, en su artículo 167 determina
que el Consejo de Educación Superior, estará conformado por cuatro
representantes del Ejecutivo, seis académicos elegidos por concurso
público de merecimientos y oposición; y, tres representantes de las y
los estudiantes que participarán en las sesiones con voz; que
deberán provenir de las universidades o escuelas polité cnicas
públicas, de las universidades particulares y de los institutos o
conservatorios superiores;
Que los artículos 168 y 175 de la Ley Orgánica de Educación Superior,
disponen que los miembros del Consejo de Educación Superior y del
Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad
de la Educación Superior, serán seleccionados por concu rso público
de méritos y oposición organizado por el Consejo Nacional Electoral;
Que mediante Resolución PLE-CNE-1-18-5-2021 de 18 de mayo de 2021,
el Pleno del Consejo Nacional Electoral resuelve aprobar el
“REGLAMENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS Y
OPOSICIÓN PARA LA DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR (CES); Y, CONSEJO DE
ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
(CACES), PARA EL PERIODO 2021-2026”;
Que mediante Resolución PLE-CNE-2-18-5-2021 de 18 de mayo de 2021,
el Pleno del Consejo Nacional Electoral en su artículo 1 resuelve

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