El principio de universalidad desde una perspectiva legal y efectiva en la seguridad social ecuatoriana

AutorMaría Dolores Núñez Ávila, María Lorena Rivadeneira Vásquez
CargoInvestigadora independiente/Investigadora independiente
Páginas126-144
FORO 126
FORO
RESUMEN
Los principios que rigen la seguridad social se encuentran reconocidos por la
Constitución de 2008, entre los cuales encontramos el principio de universalidad.
Estos principios constituyen una herramienta de evaluación y hermenéutica a los
distintos sistemas de seguridad social. En este sentido, el principio de universali-
dad representa un instrumento de igualdad social que rompe con el esquema de
clase con el que fue creado la seguridad social. En Ecuador a raíz de la Constitu-
ción de 2008 encontramos la extensión de la cobertura carácter universal hacia
los trabajadores no remunerados del hogar. Por este motivo el objetivo de este
artículo se centra en analizar el principio de universalidad desde un enfoque legal
y efectivo junto con el sistema de seguridad social contributivo y no contributi-
vo aplicado en Ecuador e identicar la operatividad del Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social y del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de
conformidad con el principio de universalidad efectiva. Para esto se ha realizado
un análisis deductivo-inductivo conceptual, doctrinal, legal, jurisprudencial; que
ha permitido detectar ciertos elementos que limitan a la universalidad efectiva en
el acceso a la seguridad social, como también aquellos vacíos estructurales que
desamparan a distintos sectores de la población.
PALABRAS CLAVE: seguridad social, universalidad, IESS, BIESS, contribución, Ecuador.
ABSTRACT
The Constitution of Ecuador recognizes the principles of social security. These
principles constitute an evaluation and hermeneutic tool for the different social
security systems. In these principles, we nd the universality; the principle of uni-
versality is an instrument of social equality, and it broke the class scheme in which
social security. In Ecuador, since 2008, universal coverage of social security has
been extended to unpaid household workers. The man object analyzes the prin-
ciple of universality from a legal approach, the contributory and non-contributory
social security system applied in Ecuador, and the analysis of the functioning of
the Ecuadorian Institute of Social Security and the Bank of the Ecuadorian Institu-
te of Social Security. For this, a deductive-inductive conceptual, doctrinal, legal,
jurisprudential, and pragmatic analysis has allowed the detection of specic ele-
ments limiting access to social security and structural gaps forsaking sectors of the
population, specically those covered by the non-contributory model.
KEYWORDS: Social Security, Universality, IESS, BIESS, Contribution, Ecuador.
FORO 35, enero-junio 2021
FORO 127
INTRODUCCIÓN
El sistema ecuatoriano de seguridad social es el encargado de brindar una vida
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miento hasta su muerte a través del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS)
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una adecuada gestión, administración y control de tres regímenes que facilitan el ac-
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los regímenes antes mencionados o han recibido un trato desfavorable al acceder a la
seguridad social, así como irresponsabilidad en el manejo de fondos por parte de los
funcionarios que lideran las instituciones, políticas que no se cumplen y la deuda esta-
tal, que han producido una crisis económica y social de gran envergadura en las enti-
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PRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD EN LA SEGURIDAD SOCIAL:
ANÁLISIS DE LA UNIVERSALIDAD LEGAL Y EFECTIVA
La Organización Internacional del Trabajo señala que debido a la complejidad
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seguridad social:
abarca todas las medias relacionadas con las prestaciones, en efectivo o en especie, encami-
nadas a garantizar: la falta de ingresos laborales debido a enfermedad, discapacidad, mater-
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Para Betranou, “El término puede incluir al seguro social, a la asistencia social,
a los regímenes de prestaciones mutuales, a los fondos de previsión y a los otros re-
gímenes especiales”.2 La seguridad social no se ve restringida únicamente al acceso
al derecho de la salud, sino que busca la estabilidad cotidiana mediante sistemas de
pensiones, rubros de derecho habiencia y salud.3
1. OIT, Informe VI: Seguridad Social para justicia social y una globalización equitativa (Ginebra: OIT, 2011), 8.
2. Fabio Bertranou, “Restrictions, problems and dilemmas of social protection in Latin America: Facing the
challenges from ageing and income security”, Well-being and Social Policy 1, n.º 1 (2005): 33-54.
3. Roberto Ham, “De la solidaridad intergeneracional a la privatización de las pensiones”, Carta Demográ-
 (Ciudad de México: Demos, 1996), 36-7.

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