El Proceso Contencioso Administrativo en el Código Orgánico General de Procesos

AutorJuan Carlos Benalcázar Guerrón
CargoAbogado y Doctor en Jurisprudencia por la Pontificia Universidad Católica del Ecuador
Páginas273-290
Ius Humani. Revista de Derecho
Vol. 5 (2016), pp. 273-290. ISSN: 1390-440X eISSN: 1390-7794
Recepción: 2-10-2016. Aceptación: 28-11-2016. Publicación electrónica: 31-12-2016
Ius Humani, vol. 5 (2016), p. 273
EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN EL
CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS (COGEP)
ADMINISTRATIVE LITIGATION PROCEDURE IN THE GENERAL PROCESS ORGANIC CODE
Juan Carlos Benalcazar Guerrón*
Resumen: El objetivo principal de este trabajo es observar las innovaciones que
plantea el COGEP en el proceso contencioso administrativo y detectar las deficiencias
que se mantienen de la legislación anterior.
Para tales efectos, la metodología que se utilizará, fundamentalmente, consiste en
comparar la actual regulación con la que constaba en la anterior Ley de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa y destacar las novedades y los aspectos
valiosos o negativos del COGEP.
Este artículo se desarrolla en varias partes que abordan las distintas problemáticas que
plantea la regulación del COGEP, a saber, la posibilidad de la regulación del proceso
contencioso administrativo en un código general y la conveniencia de la oralidad. A
continuación, se realizará un análisis crítico de la regulación del proceso que presenta
la nueva normativa.
Como demostraremos luego de la exposición que se realizará, consideramos que la
oralidad es posible en el proceso contencioso administrativo, pero el COGEP muestra
una grave deficiencia porque no supera los viejos dogmas y trabas que contenía la
derogada Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Palabras clave: oralidad, especialidad procesal, administración pública, proceso
contra el Estado, administrado
* Abogado y Doctor en Jurisprudencia por la Po ntificia Universidad Católica del Ecuador;
Magíster en Derecho Tributario por la Universidad Andina Simón Bolívar; Doctor en Derecho
por la Universidad Nacional Autónoma de México. Ha sido profesor de Derecho
Administrativo y Derecho Tributario en grado y postgrado en la Universidad Internacional
SEK, en la Universidad de Los Hemisferios, en la Univer sidad Católica Santiago de
Guayaquil, en la Universidad Nacional Autónoma de México y en la Universidad Andina
Simón Bolívar (2007-2012). jbenalcazar@sbsabogados.com
El presente trabajo fue presentado dentro del I Congreso de Derecho & Humanidades en
homenaje a Juan Larrea Holguín, realizado del 30 de junio al 2 de julio de 2016. Para
publicarse siguió el proceso ordinario de la Revista con revisión de pares con doble ciego.
Juan Carlos Benalcazar Guerrón
Ius Humani, v. 5 (2016), p. 274
Abstract: The main objective of this work is to observe the innovations posed by the
COGEP in the administrative contentious process and to detect the deficiencies that
remain of the previous legislation.
For these purposes, the methodology that will be used, fundamentally, is to compare
the current r egulation with that contained in the previous Law of Contentious
Administrative Jurisdiction a nd to highlight the novelties and the valuable or negative
aspects of COGEP.
This article is developed in several parts that deal with the different problems posed
by the COGEP regulation, namely the possibility of regulating the administrative
contentious process in a general code and the convenience of ora lity. Next, a critical
analysis of the r egulation of the process presented by the new regulations will be
carried out.
As we will show after the presenta tion to be made, we consider that or ality is possible
in the administrative contentious process, but the COGEP shows a serious deficiency
because it does not overcome the old dogmas and obstacles that contained the
repealed Law of Administrative Jurisdiction.
Keywords: Orality, Procedur al Specialty, Public Administration, P rocess Against the
State, Administered
Sumario. I. Introducción. II. Sobre el carácter especial del proceso contencioso
administrativo y su regulación en un código general. III. Sobre la oralidad en el
proceso contencioso administrativo. IV. Comentarios sobre la regulación del proceso
contencioso administrativo en el COGEP. V. Conclusiones. Referencias.
I. INTRODUCCIÓN
El COGEP constituye una de las innovaciones más importantes que ha
tenido la legislación ecuatoriana en décadas. Responde a las exigencias de una
justicia técnica, rápida y expedita, de la cual ha carecido el Ecuador desde
hace mucho tiempo y que ha sido cómplice de muchas desviaciones y
menoscabos.
La más interesante novedad que trae es la oralidad, que en el específico
caso de los proceso contencioso-administrativo y tributario, conlleva varias
discusiones y discrepancias de gran interés. No obstante, la normativa de dicho
código conserva varias categorías y conceptos que han sido objeto de severas
críticas por parte de la doctrina.
Aquí realizaremos un análisis sobre la posibilidad de implementar la
oralidad en los procesos contencioso-administrativo y tributario, además de
plantear las observaciones y críticas respecto de algunas disposiciones del
COGEP en el ámbito de dichos procesos.

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