Propiedad intelectual

AutorCamila Guarderas
Páginas38-39
Industria Legal
Camila.guarderas@quevedo
-ponce.com
Camila Guarderas
Av. 12 de Octubre N26-97 y Lincoln Torre 1492, Piso 16 Quito
www.quevedo-ponce.com
Por otro lado, los evocativos son registrables por
cumplir la función distintiva y poseer capacidad
diferenciadora. Aunque la jurisprudencia afirma
que las marcas evocativas son débiles, por lo que
no se recomienda utilizarlas, pues cualquier
persona puede evocar en su marca las mismas
propiedades o características de los productos o
servicios que pretenden proteger.
En conclusión, cada autoridad nacional debe
realizar un examen a fondo de la solicitud de
registro.
PROPIEDAD
INTELECTUAL
Los signos descriptivos son denominaciones
que otorgan información directa o sugieren a
los consumidores las características que
tienen los productos o servicios que buscan
proteger. Por ejemplo, calidad, ingredientes,
valor, funciones, tamaño, destino y otros
datos.
Por su parte, los signos evocativos no
transmiten información directa e inmediata de
las características del producto o servicio que
buscan proteger. Como su nombre lo indica,
evocan una imagen sin proporcionar
información directa.
En este contexto, los signos descriptivos no
serían susceptibles de registro como marca.
Sin embargo, para determinarlo se debe
analizar si el signo que se busca registrar se
refiere o no a la cualidad.
El Tribunal de Justicia de la Comunidad
Andina ha señalado en el Proceso No. 18-IP-
99 que en caso de que se solicite el signo
“confortable” para proteger sillones, no será
susceptible de registro, puesto que, el
término utilizado indica una característica del
producto. En cambio, si el mismo signo
“confortable” es solicitado para proteger
pastas de dientes, el mismo será registrable
porque tal denominación no transmite
información alguna sobre las características
del producto.
Luego entonces, no podemos afirmar que los
signos descriptivos siempre estarán inmersos
en prohibición de registro, pues, para
determinar esto, se debe realizar un examen
a fondo de si el signo es perceptible,
suficientemente distintivo y goza de
capacidad diferenciadora respecto del
producto o servicio que busca identificar.
Signos descriptivos y evocativos,
¿susceptibles de registro como marca?

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR