Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Minería(Cod. AN-2019-1639 / 370442)
| Fecha | 04 Julio 2019 |
| Fecha de registro | 04 Julio 2019 |
| Autor de la iniciativa | LARREATEGUI FABARA MARIA GABRIELA(ASAMBLEISTA / ASAMBLEA NACIONAL) |
| Emisor | Comisión de Biodiversidad y Recursos Naturales |
Oficio Nro. AN-SG-2021-0091-O
Quito, D.M., 04 de febrero de 2021
Asunto: Ley Orgánica Reformatoria de la Ley Orgánica de Movilidad Humana
Ingeniero
Hugo Enrique Del Pozo Barrezueta
Director
REGISTRO OFICIAL DE ECUADOR
En su Despacho
De mi consideración:
La Asamblea Nacional, de conformidad con las atribuciones que le confiere la Constitución de la
República del Ecuador y la Ley Orgánica de la Función Legislativa, discutió y aprobó laLEY
ORGÁNICA REFORMATORIA DE LA LEY ORGÁNICA DE MOVILIDAD HUMANA.
En sesión del 28 de enero de 2021, el Pleno de la Asamblea Nacional conoció y se pronunció sobre la
objeción parcial de la referida Ley, presentada por el señor licenciado Lenín Moreno Garcés, Presidente
Constitucional de la República.
Por lo expuesto, y tal como dispone el artículo 138 de la Constitución de la República del Ecuador y el
artículo 64 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, y en atención al oficio No. T.068-SGJ-21-0038
de 01 de febrero de 2021, remitido por la Secretaria General Jurídica de la Presidencia de la República,
acompaño el texto de la LEY ORGÁNICA REFORMATORIA DE LA LEY ORGÁNICA DE
MOVILIDAD HUMANA, para que se sirva publicarlo en el Registro Oficial.
Con sentimientos de distinguida consideración.
Atentamente,
Documento firmado electrónicamente
Dr. Paco Gustavo Ricaurte Ortiz
PROSECRETARIO GENERAL
Anexos:
- Ley
- Certificación
- Oficio No. T. 068-SGJ-21-0038
JA
1/1
* Documento firmado electrónicamente por DTS 2.0 Producción
Firmado electrónicamente por:
PACO GUSTAVO
RICAURTE
ORTIZ
Quito,Ecuador·(5932) 3991000· www.asambleanacional.gob.ec· info@asambleanacional.gob.ec
!
CERTIFICACIÓN
Enmicalidadde ProsecretarioGeneralde la Asamblea Nacional, me permito
CERTIFICARque losdías09y 11de junio de 2020 la Asamblea Nacional
discutióenprimerdebate el“PROYECTOLEY ORGÁNICA
REFORMATORIA DE LA LEY ORGÁNICA DE MOVILIDAD HUMANA”;y,
en segundodebate los días 18de noviembre y 03 de diciembre de 2020,
siendo enestaúltimafechafinalmente aprobado. Dicho proyecto fue
objetado parcialmente porelPresidente Constitucional de la República, el
30 de diciembre de 2020.Finalmente, y de conformidad con lo señalado en
el artículo 138de laConstituciónde la República del Ecuador y el artículo
64 de la Ley Orgánicade laFunción Legislativa, fue aprobada la “LEY
ORGÁNICA REFORMATORIA DE LA LEY ORGÁNICA DE MOVILIDAD
HUMANA” por la AsambleaNacional el 28 de enero de 2021.
Quito, 04 de febrero de 2021.
DR. PACO RICAURTE ORTIZ
Prosecretario General
Firmado electrónicamente por:
PACO GUSTAVO
RICAURTE
ORTIZ
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