Resoluciones SBS-INJ-DNJ-SN-2014-620. Resolución SBS-INJ-DNJ-SN-2014-620 - Califícanse a varias personas para que puedan desempeñarse como auditores internos y peritos avaluadores: Economista Javier Antonio Absalón Moreno de la Torre

Número de Boletín313
SecciónResoluciones
EmisorSuperintendencia de Bancos y Seguros
Fecha de la disposición18 de Julio de 2014

Eduardo Seminario Montalvo

INTENDENTE NACIONAL JURIDICO

Considerando:

Que según lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, corresponde a la Superintendencia de Bancos y Seguros calificar la idoneidad y experiencia del auditor interno;

Que en el título XXI "De las calificaciones otorgadas por la Superintendencia de Bancos y Seguros", del libro I "Normas generales para la aplicación de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero" de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, consta el capítulo II "Normas para la calificación de los auditores internos de las entidades sujetas al control de la Superintendencia de Bancos y Seguros";

Que mediante resolución No. SB-INJ-2008-472 de 12 de agosto del 2008, el economista Javier Antonio Absalón Moreno de la Torre, fue calificado para ejercer las funciones de auditor interno en el Banco Nacional de Fomento;

Que el artículo 5, del citado capítulo II "Normas para la calificación de los auditores internos de las entidades sujetas al control de la Superintendencia de Bancos y Seguros", dispone que quedará sin efecto la resolución de calificación del auditor interno que haya permanecido sin actividad por un período de dos o más años;

Que el economista Javier Antonio Absalón Moreno de la Torre, no ha laborado como auditor interno en las entidades sujetas al control de la Superintendencia de Bancos y Seguros, por más de dos años;

Que el economista Javier Antonio Absalón Moreno de la Torre, ha presentado la solicitud y documentación respectiva, para su calificación como Auditor Interno, quien reúne los requisitos exigidos en el artículo 3 del capítulo II "Normas para la calificación de los auditores internos de las entidades sujetas al control de la Superintendencia de Bancos y Seguros" del título XXI, del libro I "Normas generales para la aplicación de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero" de la...

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