Resoluciones SETED-ST-2017-003. Reconócese y resáltese el trabajo de investigación científica y tecnológica realizado por la Universidad Técnica Particular de Loja, para el desarrollo del Sistema Operativo Android “Prevención Drogas EC”

Número de Boletín961
SecciónResoluciones
EmisorSecretaría Técnica de Drogas
36 – Lunes 13 de marzo de 2017 Registro Of‌i cial Nº 961
UBICACIÓN Y LINDEROS DEL INMUEBLE A SER TRANSFERIDO A TITULO GRATUITO A LA DIGERCIC
Propietario Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público INMOBILIAR
Tipo de
Inmueble Terreno y Edif‌i cación
Clave
Catastral 3140405002 000 000 000
Dirección Av. Pedro Vicente Maldonado
Linderos
Norte: en longitud de 144 metros 50 centímetros, terrenos de la empresa Tanasa; Sur: en longitud de 43
metros 16 centímetros, el predio de Fosforera Ecuatoriana S.A.; Oriente: en longitud de 50 metros, predio de
la empresa Tanasa; y, Occidente: en longitud de 60 metros, la carretera Panamericana Sur.
Superf‌i cies Según Escritura Pública: 7.770,00m2.
Parroquia La Argelia
Cantón Quito
Provincia Pichincha
Artículo 2.- Disponer al Director de Información Registral
coordine con la Dirección Nacional de Legalización de
Bienes del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector
Público INMOBILIAR la realización de los trámites
que correspondan con el objeto de que se efectivice la
transferencia de dominio del inmueble descrito en el
artículo precedente.
Artículo 3.- Disponer a la Dirección Administrativa de
la DIGERCIC, una vez perfeccionada la transferencia
de dominio, proceda con lo establecido en el artículo
65 de la Codif‌i cación del Reglamento General para la
Administración, Utilización, Manejo y Control de los
Bienes y Existencias del Sector Público.
Artículo 4.- Disponer que la Dirección de Asesoría
Jurídica de la DIGERCIC coordine con la Dirección
Nacional de Administración de Bienes Inmuebles del
Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público
INMOBILIAR, la suscripción de la respectiva Acta de
Entrega-Recepción, una vez perfeccionada la transferencia
de dominio de conformidad a lo dispuesto en el artículo
66 de la Codif‌i cación del Reglamento General para la
Administración, Utilización, Manejo y Control de los
Bienes y Existencias del Sector Público.
Artículo 5.- En cumplimiento de lo señalado en la
Resolución - INMOBILIAR-SDTGB-2017-0006 de fecha
18 de enero de 2017, suscrita por la Dra. Katya Paola
Andrade, Subdirectora Técnica de Gestión de Bienes,
Delegada del Director General del Servicio de Gestión
Inmobiliaria del Sector Público, la Dirección General de
Registro Civil, Identif‌i cación y Cedulación no efectuará
ningún gasto que demande la obtención e inscripción de
los documentos que correspondan para la transferencia de
dominio de inmueble objeto de la presente Resolución, ya
que el mismo será asumido por INMOBILIAR.
Artículo 6.- Notif‌i car por intermedio de la Unidad de
Secretaría de la DIGERCIC, el contenido de la presente
Resolución a la Dra. Katya Paola Andrade, Subdirectora
Técnica de Gestión de Bienes, Delegada del Director
General del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector
Público; al Ing. Lenin Rivera, Coordinador General
Administrativo Financiero; al Ing. Diego Dávila, Director
Administrativo, al Sr. Christian Vallejo Coordinador
Zonal 9; y, Lic. Geovanny Vaca, Coordinador de la Unidad
de Administración de Bienes de la Dirección General de
Registro Civil, Identif‌i cación y Cedulación.
Artículo 7.- La presente Resolución entrará en vigencia
a partir de su suscripción, sin perjuicio de la fecha de su
publicación en el Registro Of‌i cial, debiendo la Unidad de
Secretaría de la DIGERCIC, remitir la presente Resolución
al Registro Of‌i cial para su respectiva publicación.
Dado y f‌i rmado en la ciudad de Quito, Distrito
Metropolitano, a los siete días del mes de febrero del año
2017.
f.) Ing. Jorge Oswaldo Troya Fuertes, Director General de
Registro Civil, Identif‌i cación y Cedulación.
REGISTRO CIVIL IDENTIFICACIÓN Y
CEDULACIÓN.- CERTIFICO QUE ES FIEL COPIA
DEL ORIGINAL.- f.) Coordinadora de la Unidad de
Secretaría.- 08 de febrero de 2017.
No. SETED-ST-2017-003
SECRETARÍA TÉCNICA DE DROGAS
Considerando:
del Ecuador establece como f‌i nalidad del sistema de

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