Recursos. RECURSOS DE CASACIÓN

Número de Boletín15
SecciónRecursos
EmisorCorte Nacional de Justicia
Año I - Nº 15 - 81 páginas
Quito, jueves 10 de noviembre de 2022
Edición Jurídica
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA
SALA ESPECIALIZADA DE LO
LABORAL
RECURSOS DE CASACIÓN
AÑO 2019:
J17731-2016-0574, J18371-2018-00082,
J17371-2017-03727, J19332-2018-00319,
J12333-2015-00756, J17731-2016-2300
Jueves 10 de noviembre de 2022 Edición Jurídica Nº 15 - Registro Ocial
2
Juicio No. 17731-2016-0574
JUEZ PONENTE: DRA. MARIA CONSUELO HEREDIA YEROVI, JUEZA NACI ONAL
(PONENTE)
AUTOR/A: DRA. MARIA CONSUELO HEREDIA YERO VI
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA. - SALA ESPECIALIZADA DE LO LABORAL. Quito,
jueves 14 de marzo del 2019, las 15h36. VISTOS:
PRIMERO: ANTECEDENTES
a. Relación circunstanciada de la decisión impugnada
En el juicio laboral seguido por ROGELIO CUENCA ROSILLO en contra del GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CATAMAYO, en las
personas de su alcaldesa y procurador síndico: JANETH DEL CISNE GUERRERO
LUZURIAGA; y, VÍCTOR HUGO HIDALGO, respectivamente; el tribunal de la Sala Civil y
Mercantil de la Corte Provincial de Justicia de Loja, dictó sentencia el 29 de enero de 2016, las 11h45,
en la cual «aceptando parcialmente el recurso del actor; desestimando el recurso de la entidad
demandada y absolviendo la consulta de ley REFORMA la sentencia subida en grado; y se dispone
que la entidad demandada cancele al accionante la cantidad total de $ 4.569. 62 (CUATRO MIL
QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE DÓLARES CON SETENTA Y DOS CENTAVOS), valor al que
ascienden los rubros que se ordena pagar».
Inconformes con esta decisión, tanto la parte accionante como la parte accionada interpusieron sendos
recursos de casación amparadas en los presupuestos de las causales primera y cuarta del artículo 3 de
la Ley de Casación, respectivamente.
b. Actos de sustanciación del recurso
En auto de admisibilidad, de 6 de julio de 2018, las 15h24, la Dra. María Teresa Delgado Viteri,
96511437-DFE
Firmado por
MARIA CONSUELO
HEREDIA YEROVI
C=EC
L=QUITO
CI
1705840385
Firmado por
ROSA
JACQUELINE
ALVAREZ ULLOA
C=EC
L=QUITO
CI
1801347186
Firmado por
MARIA DEL
CARMEN
ESPINOZA
VALDIVIEZO
C=EC
L=QUITO
CI
0101312536
Juicio No. 17731-2016-0574
JUEZ PONENTE: DRA. MARIA CONSUELO HEREDIA YEROVI, JUEZA NACIONAL
(PONENTE)
AUTOR/A: DRA. MARIA CONSUELO HEREDIA YEROVI
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA. - SALA ESPECIALIZADA DE LO LABORAL. Quito,
jueves 14 de marzo del 2019, las 15h36. VISTOS:
PRIMERO: ANTECEDENTES
a. Relación circunstanciada de la decisión impugnada
En el juicio laboral seguido por ROGELIO CUENCA ROSILLO en contra del GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CATAM AYO, en las
personas de su alcaldesa y procurador síndico: JANETH DEL CISNE GUERRERO
LUZURIAGA; y, VÍCTOR HUGO HIDALGO, respectivamente; el tribunal de la Sala Civil y
Mercantil de la Corte Provincial de Justicia de Loja, dictó sentencia el 29 de enero de 2016, las 11h45,
en la cual «aceptando parcialmente el recurso del actor; desestimando el recurso de la entidad
demandada y absolviendo la consulta de ley REFORMA la sentencia subida en grado; y se dispone
que la entidad demandada cancele al accionante la cantidad total de $ 4.569. 62 (CUATRO MIL
QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE D ÓLARES CON SETENTA Y DOS CENTAVOS), valor al que
ascienden los rubros que se ordena pagar».
Inconformes con esta decisión, tanto la parte accionante como la parte accionada interpusieron sendos
recursos de casación amparadas en los presupuestos de las causales primera y cuarta del artículo 3 de
la Ley de Casación, respectivamente.
b. Actos de sustanciación del recurso
En auto de admisibilidad, de 6 de julio de 2018, las 15h24, la Dra. María Teresa Delgado Viteri,
96511437-DFE
Firmado por
MARIA CONSUELO
HEREDIA YEROVI
C=EC
L=QUITO
CI
1705840385
Firmado por
ROSA
JACQUELINE
ALVAREZ ULLOA
C=EC
L=QUITO
CI
1801347186
Firmado por
MARIA DEL
CARMEN
ESPINOZA
VALDIVIEZO
C=EC
L=QUITO
CI
0101312536
Juicio No. 17731-2016-0574
JUEZ PONENTE: DRA. MARIA CONSUELO HEREDIA YEROVI, JUEZA NACIONAL
(PONENTE)
AUTOR/A: DRA. MARIA CONSUELO HEREDIA YEROVI
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA. - SALA ESPECIALIZADA DE LO LABORAL. Quito,
jueves 14 de marzo del 2019, las 15h36. VISTOS:
PRIMERO: ANTECEDENTES
a. Relación circunstanciada de la decisión impugnada
En el juicio laboral seguido por ROGELIO CUENCA ROSILLO en contra del GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CATAMAYO, en las
personas de su alcaldesa y procurador síndico: J ANETH DEL CISNE GUERRERO
LUZURIAGA; y, VÍCTOR HUGO HIDALGO, respectivamente; el tribunal de la Sala Civil y
Mercantil de la Corte Provincial de Justicia de Loja, dictó sentencia el 29 de enero de 2016, las 11h45,
en la cual «aceptando parcialmente el recurso del actor; desestimando el recurso de la entidad
demandada y absolviendo la consulta de ley REFORMA la sentencia subida en grado; y se dispone
que la entidad demandada cancele al accionante la cantidad total de $ 4.569. 62 (CUATRO MIL
QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE DÓLARES CON SETENTA Y DOS CENTAVOS), valor al que
ascienden los rubros que se ordena pagar».
Inconformes con esta decisión, tanto la parte accionante como la parte accionada interpusieron sendos
recursos de casación amparadas en los presupuestos de las causales primera y cuarta del artículo 3 de
la Ley de Casación, respectivamente.
b. Actos de sustanciación del recurso
En auto de admisibilidad, de 6 de julio de 2018, las 15h24, la Dra. María Teresa Delgado Viteri,
96511437-DFE
Firmado por
MARIA CONSUELO
HEREDIA YEROVI
C=EC
L=QUITO
CI
1705840385
Firmado por
ROSA
JACQUELINE
ALVAREZ ULLOA
C=EC
L=QUITO
CI
1801347186
Firmado por
MARIA DEL
CARMEN
ESPINOZA
VALDIVIEZO
C=EC
L=QUITO
CI
0101312536
Jueves 10 de noviembre de 2022Registro Ocial - Edición Jurídica Nº 15
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Conjueza Nacional, resolvió: «De acuerdo a lo analizado, el recurso presentado por el Señor Rogelio
Cuenca Rosillo no ha cumplido con los requisitos formales determinados en el artículo 6 numeral 4
de la Ley de Casación, por lo tanto, se rechaza el mismo al tenor del artículo 8 de la Ley de
Casación. Por otro lado, en cuanto al recurso presentado por Señora Janet del Cisne Guerrero
Luzuriaga, en calidad de Alcaldesa y la Ab. Diana Elizabeth Benítez Medina, en calidad de
Procuradora Síndica del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Catamayo […]
se admite a trámite [… ] por la causal Cuarta»; en virtud de lo cual, encontrándose la causa en estado
de resolver, para hacerlo se considera:
SEGUNDO: CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL DE CASACIÓN
a. De la competencia y jurisdicción
El Pleno de la Corte Nacional de Justicia en Resolución Nro. 01-2018, de 26 de enero de 2018, integró
las seis Salas Especializadas de la Corte Nacional de Justicia, conforme lo dispone el artículo 183 del
Código Orgánico de la Función Judicial.
La Sala Especializada de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia tiene competencia para conocer y
resolver los recursos de casación en los procesos laborales según lo dispuesto en el numeral primero
del artículo 184 de la Constitución de la República del Ecuador; numeral primero del artículo 191 del
Código Orgánico de la Función Judicial; y, artículo 1 de la Ley de Casación.
Por lo que, radicada la competencia de este tribunal de casación en mérito al sorteo realizado de
conformidad a lo dispuesto en el tercer inciso del artículo 182 del Código Orgánico de la Función
Judicial; y penúltimo inciso del artículo 183 ibídem, corresponde dictar la resolución del recurso de
casación.
El Tribunal de la Sala Especializada de lo Laboral para conocer y resolver la presente causa, se
encuentra integrado por: Dra. María Consuelo Heredia Yerovi, Jueza Nacional Ponente; Dra. María
del Carmen Espinoza Valdiviezo, Jueza Nacional; y, Dra. Rosa Jacqueline Álvarez Ulloa, Jueza
Nacional Encargada, según consta del Oficio Nro. 691-SG-CNJ, de 26 de abril de 2018.

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