Recursos. RECURSOS DE CASACIÓN

Número de Boletín33
SecciónRecursos
EmisorCorte Nacional de Justicia
Año I - Nº 33 - 114 páginas
Quito, lunes 28 de noviembre de 2022
Edición Jurídica
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA
SALA ESPECIALIZADA DE LO
LABORAL
RECURSOS DE CASACIÓN
AÑO 2019:
J09359-2015-03646, J17731-2017-0007,
J09359-2017-02166, J17371-2015-03289,
J13336-2018-00088, J13371-2014-0067,
J09359-2015-04692, J09351-2013-0983,
J09359-2018-02229
Lunes 28 de noviembre de 2022 Edición Jurídica Nº 33 - Registro Ocial
2
Juicio No. 09359-2015-03646
JUEZ PONENTE: DRA. MARIA CONSUELO HEREDIA YEROVI, JUEZA NACIONAL
(PONENTE)
AUTOR/A: DRA. MARIA CONSUELO HEREDIA YEROVI
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA. - SALA ESPECIALIZADA DE LO LABORAL. Quito,
viernes 15 de febrero del 2019, las 11h53. VISTOS:
PRIMERO: ANTECEDENTES
a. Relación circunstanciada de la decisión impugnada
En el juicio laboral seguido por GALO TOMÁS SANTILLÁN GÓMEZ en contra de la
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL, en las personas de su rector y directora de la unidad de talento
humano: HECTOR ROBERTO CASSIS MARTÍNEZ y, ESPERANZA MARINA SALAZAR
CARREÑO, respectivamente, a quienes demanda también por sus propios derechos; el tribunal de la
Sala Especializada de lo Laboral de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, dictó sentencia el 31 de
agosto de 2017, las 16h18, en la cual «CONFIRMAN en los términos de éste fallo la sentencia dictada
por el Juez de primer nivel que declaró sin lugar la demanda propuesta por GALO TOMAS
SANTILLÁN GÓMEZ en contra del DR. HECTOR ROBERTO CASSIS MARTINEZ y AB.
ESPERANZA MARINA SALAZAR CARREÑO, en sus calidades de Rector y Directora de Talento
Humano, respectivamente, por sus propios derechos y por los que representan de la UNIVERSIDAD
DE GUAYAQUIL. Por consiguiente, se rechaza el recurso de apelaci ón interpuesto por el
accionant.
Inconforme con esta decisión, la parte accionante interpuso recurso de casación amparada en los
presupuestos de la causal primera del artículo 3 de la Ley de Casación.
b. Actos de sustanciación del recurso
94628105-DFE
Firmado por
MARIA CONSUELO
HEREDIA YEROVI
C=EC
L=QUITO
CI
1705840385
Firmado por
KATERINE BETTY
MUÑOZ SUBIA
C=EC
L=QUITO
CI
1713023297
Firmado por
ROSA
JACQUELINE
ALVAREZ ULLOA
C=EC
L=QUITO
CI
1801347186
Juicio No. 09359-2015-03646
JUEZ PONENTE: DRA. MARIA CONSUELO HEREDIA YEROVI, JUEZA NACIONAL
(PONENTE)
AUTOR/A: DRA. MARIA CONSUELO HEREDIA YEROVI
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA. - SALA ESPECIALIZADA DE LO LABORAL. Quito,
viernes 15 de febrero del 2019, las 11h53. VISTOS:
PRIMERO: ANTECEDENTES
a. Relación circunstanciada de la decisión impugnada
En el juicio laboral seguido por GALO TOMÁS SANTILLÁN GÓMEZ en contra de la
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL, en las personas de su rector y directora de la unidad de talento
humano: HECTOR ROBERTO CASSIS MARTÍNEZ y, ESPERANZA MARINA SALAZAR
CARREÑO, respectivamente, a quienes demanda también por sus propios derechos; el tribunal de la
Sala Especializada de lo Laboral de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, dictó sentencia el 31 de
agosto de 2017, las 16h18, en la cual «CONFIRMAN en los términos de éste fallo la sentencia dictada
por el Juez de primer nivel que declaró sin lugar la demanda propuesta por GALO TOMAS
SANTILLÁN GÓMEZ en contra del DR. HECTOR ROBERTO CASSIS MARTINEZ y AB.
ESPERANZA MARINA SALAZAR CARREÑO, en sus calidades de Rector y Directora de Talento
Humano, respectivamente, por sus propios derechos y por los que representan de la UNIVERSIDAD
DE GUAYAQUIL. Por consiguiente, se rechaza el recurso de apelación interpuesto por el
accionant.
Inconforme con esta decisión, la parte accionante interpuso recurso de casación amparada en los
presupuestos de la causal primera del artículo 3 de la Ley de Casación.
b. Actos de sustanciación del recurso
94628105-DFE
Firmado por
MARIA CONSUELO
HEREDIA YEROVI
C=EC
L=QUITO
CI
1705840385
Firmado por
KATERINE BETTY
MUÑOZ SUBIA
C=EC
L=QUITO
CI
1713023297
Firmado por
ROSA
JACQUELINE
ALVAREZ ULLOA
C=EC
L=QUITO
CI
1801347186
Juicio No. 09359-2015-03646
JUEZ PONENTE: DRA. MARIA CONSUELO HEREDIA YEROVI, JUEZA NACI ONAL
(PONENTE)
AUTOR/A: DRA. MARIA CONSUELO HEREDIA YERO VI
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA. - SALA ESPECIALIZADA DE LO LABORAL. Quito,
viernes 15 de febrero del 2019, las 11h53. VISTOS:
PRIMERO: ANTECEDENTES
a. Relación circunstanciada de la decisión impugnada
En el juicio laboral seguido por GALO TOMÁS SANTILLÁN GÓMEZ en contra de la
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL, en las personas de su rector y directora de la unidad de talento
humano: HECTOR ROBERTO CASSIS MARTÍNEZ y, ESPERANZA MARINA SALAZAR
CARREÑO, respectivamente, a quienes demanda también por sus propios derechos; el tribunal de la
Sala Especializada de lo Laboral de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, dictó sentencia el 31 de
agosto de 2017, las 16h18, en la cual «CONFIRMAN en los términos de éste fallo la sentencia dictada
por el Juez de primer nivel que declaró sin lugar la demanda propuesta por GALO TOMAS
SANTILLÁN GÓMEZ en contra del DR. HECTOR ROBERTO CASSIS MARTINEZ y AB.
ESPERANZA MARINA SALAZAR CARREÑO, en sus calidades de Rector y Directora de Talento
Humano, respectivamente, por sus propios derechos y por los que representan de la UNIVERSIDAD
DE GUAYAQUIL. Por consiguiente, se rechaza el recurso de apelación interpuesto por el
accionant.
Inconforme con esta decisión, la parte accionante interpuso recurso de casación amparada en los
presupuestos de la causal primera del artículo 3 de la Ley de Casación.
b. Actos de sustanciación del recurso
94628105-DFE
Firmado por
MARIA CONSUELO
HEREDIA YEROVI
C=EC
L=QUITO
CI
1705840385
Firmado por
KATERINE BETTY
MUÑOZ SUBIA
C=EC
L=QUITO
CI
1713023297
Firmado por
ROSA
JACQUELINE
ALVAREZ ULLOA
C=EC
L=QUITO
CI
1801347186
Lunes 28 de noviembre de 2022Registro Ocial - Edición Jurídica Nº 33
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En auto de admisibilidad, 20 de julio de 2018, las 11h02, la Dra. Janeth Santamaría Acurio, Conjueza
Nacional, «admite a trámite» el recurso de casación propuesto; en virtud de lo cual, encontrándose la
causa en estado de resolver, para hacerlo se considera:
SEGUNDO: CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL DE CASACIÓN
a. De la competencia y jurisdicción
El Pleno de la Corte Nacional de Justicia en Resolución Nro. 01-2018, de 26 de enero de 2018, integró
las seis Salas Especializadas de la Corte Nacional de Justicia, conforme lo dispone el artículo 183 del
Código Orgánico de la Función Judicial.
La Sala Especializada de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia tiene competencia para conocer y
resolver los recursos de casación en los procesos laborales según lo dispuesto en el numeral primero
del artículo 184 de la Constitución de la República del Ecuador; numeral primero del artículo 191 del
Código Orgánico de la Función Judicial; y, artículo 1 de la Ley de Casación.
Por lo que, radicada la competencia de este tribunal de casaci ón en mérito al sorteo realizado de
conformidad a lo dispuesto en el tercer inciso del artículo 182 del Código Orgánico de la Función
Judicial; y penúltimo inciso del artículo 183 ibídem, corresponde dictar la resolución del recurso de
casación.
El Tribunal de la Sala Especializada de lo Laboral para conocer y resolver la presente causa, se
encuentra integrado por: Dra. María Consuelo Heredia Yerovi, Jueza Nacional Ponente; Dra. Rosa
Jacqueline Álvarez Ulloa, Conjueza Nacional, en reemplazo de la Dra. Paulina Aguirre Suárez, según
consta del Oficio Nro. 691-SG-CNJ, de 26 de abril de 2018.; y, Dra. Katerine Muñoz Subía, Jueza
Nacional.
b. De la validez procesal

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