Acuerdo 92 - Refórmese el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, publicado en la Edición Especial del Registro Oficial Nro. 209 de 19 de noviembre de 2014
| Fecha de disposición | 20 Abril 2017 |
| Fecha de publicación | 20 Abril 2017 |
| Número de registro | 092 |
| Sección | Acuerdos |
| Número de Gaceta | 988 |
| instrumentation | Acuerdos |
4 – Jueves 20 de abril de 2017 Registro Ofi cial Nº 988
Acuerda:
Art. 1.- Delegar al señor Licenciado Felipe Vega de la
Cuadra, Viceministro del Ministerio de Defensa Nacional,
para que a nombre y en representación de este Portafolio
y en el marco de la IV Comisión Intergubernamental para
la Cooperación Técnico-Militar Ecuatoriano-Rusa, que se
llevará a cabo en esta ciudad de Quito, los días 14 y 15
de marzo de 2017 suscriba Actas, Acuerdos o Convenios
interinstitucionales en temas específi cos de cooperación
con el Ministerio de Defensa de la Federación de Rusia y/o
el Servicio Federal para la Cooperación Técnico Militar de
la Federación de Rusia.
Art. 2.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir
de la suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Ofi cial y en la Orden General Ministerial.
Póngase en conocimiento de la Secretaría Nacional de la
Administración Pública.
Publíquese y Comuníquese.-
Dado en Quito D.M., a 14 de marzo de 2017.
f.) Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Defensa Nacional.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
CERTIFICO: Que el documento que en 02 (dos) fojas
antecede, es fi el copia del ACUERDO MINISTERIAL
No. 075, de fecha 14 de marzo de 2017, que reposa en
el archivo de la Dirección de Secretaría General de esta
Cartera de Estado.
Quito, D.M. 30 de marzo de 2017.
f.) Mgs. Ana Toapanta Molina, Directora de Secretaría
General, Encargada.
Nro. 092
Ricardo Patiño Aroca
MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
Que, el artículo 158 de la Constitución determina que “Las
Fuerzas Armadas y la Policía Nacional son instituciones
de protección de los derechos, libertades y garantías de
los ciudadanos. Las Fuerzas Armadas tienen como misión
fundamental la defensa de la soberanía y la integridad
territorial (…)”;
Que, la Constitución, en el artículo 227, dispone que
“La administración pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de efi cacia,
efi ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planifi cación, transparencia y evaluación”;
Que, la Norma Suprema, en el Título VII –Régimen del
Buen Vivir- en el Capítulo Primero, Sección Segunda, al
referirse a la Salud, en el artículo 361, señala: “El Estado
ejercerá la rectoría del sistema a través de la autoridad
sanitaria nacional, será responsable de formular la política
nacional de salud, y normará, regulará y controlará todas
las actividades relacionadas con la salud, así como el
funcionamiento de las entidades del sector”;
Que, la Ley de Seguridad Pública y del Estado en el artículo
11 letra a), establece que la defensa de la soberanía del
Estado y la integridad territorial tendrá como entes rectores
al Ministerio de Defensa y al de Relaciones Exteriores
en los ámbitos de su responsabilidad y competencia,
correspondiendo a las Fuerzas Armadas su ejecución
para cumplir con su misión fundamental de defensa de la
soberanía e integridad territorial;
Que, la Ley Orgánica de la Defensa Nacional en su artículo
10 determina entre las funciones y atribuciones del Ministro
de Defensa Nacional: “a) Administrar las Fuerzas Armadas
de conformidad a las políticas y directivas impartidas por el
Presidente de la República”; “b) Ejercer la representación
legal del Ministerio de Defensa Nacional y de las Ramas
de las Fuerzas Armadas”; (…) g) “Expedir las normas,
acuerdos, reglamentos internos de gestión de aplicación
general en las tres Ramas de las Fuerzas Armadas, así
como los reglamentos internos de gestión de cada Fuerza”;
Que, con Ofi cio Nro. SENPLADES-SGDE-2012-0268-
OF, de 29 de noviembre de 2012, la Secretaría Nacional de
Planifi cación y Desarrollo, aprobó el Modelo de Gestión y
Matriz de Competencias de la Defensa;
Que, en el Registro Ofi cial Nro. 209, de 19 de noviembre
de 2014, Edición Especial, se publicó el Acuerdo Nro.
254-A, dictado por el Ministerio de Defensa Nacional, que
Reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional
por Procesos del Ministerio de Defensa Nacional;
Que, con Ofi cio Nro. MINFIN-MINFIN-2017-0061-O,
de 15 de febrero de 2017, el Ministerio de Finanzas
emite dictamen presupuestario favorable al rediseño de la
estructura institucional del Ministerio de Defensa Nacional;
Que, el Ministerio de Trabajo, mediante Ofi cio Nro.
MDT-VSP-2017-0149, de 24 de febrero de 2017, aprobó
el rediseño de la estructura institucional y la reforma al
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
del Ministerio de Defensa Nacional; y,
En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo
154 de la Constitución de la República del Ecuador y,
de conformidad con lo dispuesto en las letras a) y g) del
Acuerda:
Artículo 1.- Expedir la siguiente REFORMA
AL ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN
ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DEL
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, publicado
mediante Registro Ofi cial Nro. 209, de 19 de noviembre de
2014, Edición Especial:
1.1.- En el Título III, Capítulo I, DE LOS PUESTOS
DIRECTIVOS, artículo 6, a continuación del Director/a
de Apoyo al Desarrollo Nacional, incorporar lo siguiente:
• Director/a de Gobernanza de Salud y Sanidad Militar
1.2.- En el Capítulo II, Título IV, ESTRUCTURA BÁSICA
DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL,
artículo 7, numeral 2. PROCESOS SUSTANTIVOS,
incorporar a continuación del numeral 2.2.3. Gestión de
Apoyo al Desarrollo Nacional, lo siguiente:
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