Resolución CPT-RES-2016-09 - Refórmese la Resolución No. CPT-03-2012, publicada en el Suplemento al Registro Oficial No. 713 de 30 de mayo de 2012 y sus reformas

Número de Boletín913-7
SecciónResoluciones
EmisorServicio de Rentas Internas
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2016

EL COMITÉ DE POLÍTICA TRIBUTARIA

Considerando:

Que el artículo 226 de la Constitución de la República establece que las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;

Que el artículo 300 de la Constitución de la República establece que el régimen tributario se regirá por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria;

Que la Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas, en sus artículos 3 y 4, crea al Comité de Política Tributaria como máxima instancia interinstitucional encargada de la definición y lineamientos de aspectos de política tributaria, en armonía con las normas constitucionales, legales y políticas de gobierno;

Que el artículo 3 ibídem, establece que el Comité de Política Tributaria está integrado por el Ministro a cargo de la Política Económica, o su delegado, quien lo presidirá; el Ministro a cargo de las Finanzas, o su delegado, el Ministro a cargo de la Producción, Empleo y Competitividad o su delegado y el Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo, o su delegado...

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