Texto definitivo aprobado por el Pleno
Núm. | 0000 |
Fecha de última tramitación | 20 de Agosto de 2021 |
SUMARIO:
Págs.
ASAMBLEA NACIONAL
LEY:
- Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder
de Mercado ………………………………………. 1
CORTE CONSTITUCIONAL
PARA EL PERÍODO DE TRANSICIÓN
SENTENCIA:
011-11-SEP-CC Declárase la vulneración de los dere-
chos constitucionales a la propiedad, al debido
proceso y a la seguridad jurídica; acéptase la
acción extraordinaria de protección; y, déjase
sin efecto y sin eficacia jurídica alguna, tanto el
auto del 8 de enero del 2008, emitido por el
doctor Ramiro Arévalo Malo, Juez Octavo de lo
Civil de Loja, encargado del Juzgado Segundo,
como todo lo actuado a partir del acta de
embargo realizada con fecha 24 de mayo del
2006, dentro del juicio ejecutivo signado con el
Nº 0485-2004 ……………………………………. 31
ORDENANZA MUNICIPAL:
- Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal
de Chordeleg: Para la aplicación del proce-
dimiento administrativo de ejecución o coactiva
de créditos tributarios y no tributarios que se
adeudan y de la baja de títulos y especies
valoradas incobrables .………………………….. 36
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Oficio No. T.364-SNJ-11-1287
Quito, 10 de octubre de 2011
Señor Ingeniero
Hugo del Pozo Berrazueta
DIRECTOR DEL REGISTRO OFICIAL
En su despacho
S U P L E M E N T O
AñoIIIrNº555
Quito,Jueves13de
Octubredel2011
Valor:US$1.25+IVA
ING.HUGOENRIQUEDELPOZO
BARREZUETA
DIRECTOR
Quito:Avenida12deOctubre
N16r114yPasajeNicolásJiménez
Dirección:Telf.2901r629
Oficinascentralesyventas:
Telf.2234r540
Distribución(Almacén):
MañoscaNº201yAv.10deAgosto
Telf.2430r110
SucursalGuayaquil:
MalecónNº1606yAv.10deAgosto
Telf.2527r107
Suscripciónanual:US$400+IVA
ImpresoenEditoraNacional
1.500ejemplaresrr40páginas
www.registroficial.gob.ec
Alserviciodelpaís
desdeel1ºdejuliode1895
2 -- Suplemento -- Registro Oficial Nº 555 -- Jueves 13 de Octubre del 2011
De mi consideración:
Luego de la respectiva aprobación por parte del Pleno de la
Asamblea Nacional y de conformidad con lo que disponen
los artículo 137 de la Constitución de la República, y 63 de
la Ley Orgánica de la Función Legislativa, remito a usted la
"LEY ORGÁNICA DE REGULACIÓN Y CONTROL
DEL PODER DE MERCADO" debidamente sancionada,
en original y en copia certificada, para su correspondiente
publicación en el Registro Oficial.
Luego de la respectiva publicación, le agradeceré que se
sirva remitir el ejemplar original a la Asamblea Nacional
para los fines pertinentes.
Atentamente,
f.) Dr. Alexis Mera Giler, Secretario Nacional Jurídico.
ASAMBLEA NACIONAL
Oficio Nº PAN-FC-011-1258
Quito, 29 de septiembre de 2011
Señor Economista
Rafael Correa Delgado
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
DEL ECUADOR
En su despacho
Señor Presidente:
La Asamblea Nacional, de conformidad con las
atribuciones que le confiere la Constitución de la
República del Ecuador y la Ley Orgánica de la Función
Legislativa, discutió y aprobó el proyecto de LEY
ORGÁNICA DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL
PODER DE MERCADO, urgente en materia
económica.
En tal virtud y para los fines previstos en los artículos 137
de la Constitución de la República del Ecuador y 63 de la
Ley Orgánica de la Función Legislativa, remito el auténtico
y copia certificada del texto del proyecto de Ley, así como
también la certificación del señor Secretario General de la
Asamblea Nacional, sobre las fechas de los respectivos
debates.
Atentamente,
f.) Fernando Codero Cueva, Presidente.
Es fiel copia de su original en una foja útil.- LO
CERTIFICO.- Quito, a 11 de octubre del 2011.
f.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario Nacional de la
Administración Pública.
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.- Secretaría General
Jurídica.- Recibido: Nombre: Bertha Saavedra.- Fecha: 29 -
09 - 2011.- Hora: 19:32.
ASAMBLEA NACIONAL
CERTIFICACIÓN
En mi calidad de Secretario General de la Asamblea
Nacional, certifico que el proyecto de LEY ORGÁNICA
DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL PODER DE
MERCADO, urgente en materia económica, fue
discutido y aprobado en las siguientes fechas:
PRIMER DEBATE: 13 - Septiembre - 2011
SEGUNDO DEBATE: 27 y 29 - Septiembre - 2011
Quito, 29 de septiembre de 2011
f.) Dr. Andrés Segovia S., Secretario General.
Es fiel copia de su original en una foja útil.- LO
CERTIFICO.- Quito, a 11 de octubre del 2011.
f.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario Nacional de la
Administración Pública.
ASAMBLEA NACIONAL
EL PLENO
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 52 de la Constitución de la República
garantiza a las personas el derecho a disponer de bienes y
servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad;
Que, el artículo 66 de la Constitución de la República,
numerales 15, 25 y 26, garantiza el derecho a desarrollar
actividades económicas conforme los principios de
solidaridad, responsabilidad social y ambiental; el derecho a
acceder a bienes y servicios públicos y privados de calidad,
con eficiencia, eficacia y buen trato; el derecho a la
propiedad en todas sus formas, con función y
responsabilidad social y ambiental;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 85 numerales
1 y 2 de la Carta Suprema, la formulación, ejecución,
evaluación y control de las políticas públicas y servicios
debe orientarse a la realización y garantía del buen vivir y
de los derechos reconocidos constitucionalmente en el
marco del principio de solidaridad, consagrándose la
prevalencia del interés general sobre el interés particular;
Que, el artículo 278 de la Constitución de la República,
numeral 2, establece que para la consecución del Buen
Vivir, a las personas y colectividades, y sus diversas formas
organizativas, les corresponde producir, intercambiar y
consumir bienes y servicios con responsabilidad y
ambiental;
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