Ordenanzas Municipales. Que regula las Asociaciones Público - Privadas

Número de Boletín1214
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorResolución
Viernes 23 de octubre de 2020 – 13Registro Ocial Edición Especial 1214
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ORDENANZA QUE REGULA LAS ASOCIACIONES PÚBLICO - PRIVADAS EN EL
CANTÓN ESMERALDAS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Poner en común el esfuerzo de lo público y de lo privado implica hallar el punto
de encuentro entre el interés general y el individual para atender necesidades
que el titular del proyecto el estado- busca satisfacer en la comunidad de la
que se trate.
Para el GAD cada programa o proyecto supone la determinación de
prioridades en el diseño, ejecución y control de políticas públicas en las materias
que constitucional y legalmente se encuentran a su cargo. Cualquiera que sea
el mecanismo jurídico de determinación de aquello que debe ser provisto por
el GAD a la comunidad, los servicios de interés general (o especificamente, el
servicio público) en una buena parte depende de la adquisición o generación
de medios, más o menos complejos: algunos de ellos exigen l a ejecución de
obras nuevas y, en otros casos, la obtención de mejoras en la gestión de una
infraestructura pública ya edificada.
Por otra parte, el interés individual, más allá del que corresponde al destinatario
del servicio público (el “usuario”), está vinculado con la maximización de los
beneficios derivados de su participación en cualquier actividad humana. La
idea del lucro derivado del capital o del trabajo parece una aproximación de
sentido común, más allá de cualquier otra consideración en el accionar de los
individuos y sus deberes con la comunidad.
La generación de infraestructura y de servicios a cargo del GAD puede constituir
una actividad en la que el sector privado puede tener importantes estímulos
para mejorar la eficiencia en su gestión. La introducción del sector privado, en
ocasiones, permite además, la búsqueda de soluciones innovadoras a
problemas atendidos tradicionalmente del mismo modo.
Se trata, entonces, de establecer adecuadamente el reparto de
responsabilidades entre el GAD y el gestor privado para atender una necesidad
de la comunidad. Esto se consigue en la estructuración del proyecto público y
la distribución de riesgos que finalmente se consigna en un contrato de gestión
delegada.
Las APP son, finalmente, un instrumento al servicio de la satisfacción de las
necesidades de la comunidad que aprovecha de las virtudes en gestión
empresarial y busca controlar desvíos por ineficiencias. Su uso conveniente
depende de un criterio claro de aplicación que requiere integrar las diversas
perspectivas de la política pública en cada momento.
Y de acuerdo a la planificación dada hacia una ciudad activa y prospera que
busca promover incentivos para atraer nuevas inversiones productivas en el
cantón, tanto internas como externas, fomentando el empleo y dinamizando la
producción y la economía local; se ha evidenciado la necesidad de presentar
el siguiente proyecto de ordenanza que permitirá regular el procedimiento para

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