Resolución. 20-19-AN/23 En el Caso No. 20-19-AN Desestímese la demanda de acción por incumplimiento No. 20- 19-AN
| Fecha de publicación | 15 Noviembre 2023 |
| Sección | Resoluciones |
| Emisor | Corte Constitucional Del Ecuador Dictámenes y Sentencias |
| Tipo de documento | Resolución |
Miércoles 15 de noviembre de 2023Edición Constitucional Nº 284 - Registro Ocial
105
Sentencia 20-19-AN/23
Juez ponente: Jhoel Escudero Soliz
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guay aquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 27 de septiembre de 2023
CASO 20-19-AN
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA 20-19-AN/23
Resumen: Gilberto Marcelo Valdospinos Rubio, presentó una acción por incumplimiento de
norma contra del Ministerio de Educación, en la que solicitó que se declare el incumplimiento de
los artículos 2, 7 y 11 del Acuerdo Ministerial MRL2011-00158 de 7 de junio de 2011, y,
específicamente, en lo relativo al pago de la compensación económica por renuncia voluntaria.
La Corte desestima la acción puesto que la norma no es exigible para el accionante, dado que
incumple las condiciones previstas en la obligación reclamada.
1. Antecedentes procesales
1. El 16 de abril de 2019, Gilberto Marcelo Valdospinos Rubio (“accionante”) presentó
una demanda de acción por incumplimiento de los artículos 2, 7 y 11 del Acuerdo
Ministerial MRL2011-00158 de 7 de junio de 2011, en contra del Ministerio de
Educación (“MINEDUC”), cuyos antecedentes se presentan a continuación.
2. EL MINEDUC con acción de personal 000611 de 29 de abril del 2011 (que rigió a
partir del 05 de mayo del 2011) autorizó la comisión de servicios, sin sueldo, al
accionante para que preste sus servicios en la Casa de la Cultura Ecuatoriana Núcleo
de Imbabura. Desde el 5 de mayo de 2011, por el lapso de dos años
1
. Cumplido el
plazo, mediante acción de personal 0014 del 29 enero 2013, se dio por terminada la
referida comisión de servicios.
3. El 2 de enero de 2013 el IESS emite el aviso de salida del accionante constando como
empleador la Casa Ecuatoriana Benjamín Carrión Núcleo de Imbabura,
2
generándose
su derecho a la jubilación por vejez desde el 1 de enero de 2013 de conformidad al
certificado de la Dirección del Sistema de Pensiones del Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social.
1
En el certificado de tiempo de servicio por empleado emitido por el IESS, consta que el accionante laboró
en la Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjamín Carrión Núcleo de Imbabura, a partir del mes de mayo de
2009 hasta diciembre de 2012.
2 El documento “Aviso de Salida” tiene como fecha de afectación 21 de diciembre de 2012.
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