Resolución SCE-CRPI-9-2024 de la Superintendencia de Competencia Económica, 25-04-2024
| Sentido del fallo | Resolución de 25 de abril de 2024 expedida a las 17h35 “PRIMERO.- SOLICITAR a la Secretaria Ad-hoc de la CRPI que, en el término de dos (2) días, siente una razón de firmeza y ejecutoria de la resolución de 25 de abril de 2024 expedida a las 17h35. SEGUNDO.- SOLICITAR a la Secretaria Ad-hoc de la CRPI que llene el formulario respectivo y remita una copia a la Secretaría General de la SCE de la versión no confidencial y publica de la Resolución de 25 de abril de 2024 expedida a las 17h35. TERCERO.- SOLICITAR a la Secretaría General de la SCE que la Resolución de 25 de abril de 2024 expedida a las 17h35, en su versión no confidencial y pública, sea publicada de conformidad con la Disposición General Tercera de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado. Una vez se haya cumplido con esta disposición la Secretaría General, en el término de tres (3) días, informará del particular a la CRPI. CUARTO.- SOLICITAR a la Secretaria Ad-hoc de la CRPI, que una vez se encuentre en firme la presente resolución de archivo siente la respectiva razón de firmeza y ejecutoría. QUINTO.- ARCHIVAR el expediente SCE-CRPI-9-2024. SEXTO.- DISPONER a la Secretaria Ad-hoc de la CRPI que, en el momento procesal oportuno, proceda con los trámites correspondientes para la publicación de la presente Resolución. Una vez se haya cumplido con esta disposición, la secretaria Ad-hoc de la CRPI deberá proceder con la verificación del ordenamiento y foliación del expediente físico y digital del expediente No. SCE-CRPI-9-2024, y todos los trámites pertinentes para el archivo del presente expediente, de conformidad con la normativa para el efecto.” |
| Número de expediente | SCE-CRPI-9-2024 |
| Fecha | 25 Abril 2024 |
| Año | 2024 |
FORMATO DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL CÓDIGO: FO-SG-01-07
VERSIÓN: 01
FECHA: 01/01/2020
SECRETARÍA GENERAL
COMISIÓN DE RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA
Expediente No. SCE-CRPI-9-2024
VERSIÓN NO CONFIDENCIAL DE RESOLUCIÓN DECLARADA
COMO CONFIDENCIAL
Mediante
Resolución de 25 de abril de 2024, 17:35, la Comisión de Resolución de Primera
Instancia resolvió lo siguiente:
TERCERO.- DECLARAR la presente resolución como confidencial y emitir
la versión no confidencial y pública de la misma.
CUARTO.- AGREGAR al expediente en su parte confidencial la presente
resolución.
QUINTO.- AGREGAR al expediente en su parte reservada la versión no
confidencial de la presente resolución.
Para el efecto:
1.- La Resolución emitida el 25 de abril de 2024, 17:35, dentro del expediente No. SCE-
CRPI-9-2024, suscrita por los miembros de la Comisión de Resolución de Primera
Instancia, con firma digital, en veinte y ocho (28) páginas. En tal sentido, se procede a
extraer la siguiente información:
Página 1 de 28
Av. de los Shyris N44-93 y Rio Coca Edificio Ocaña
Telf. (593) 23956 010
www.sce.gob.ec
Quito-Ecuador
EXPEDIENTE No. SCE-CRPI-9-2024
SUPERINTENDENCIA DE COMPETENCIA ECONÓMICA.- COMISIÓN DE
RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA.- D.M. Quito, 25 de abril de 2024, 17:35.
Comisionado sustanciador: Darío Vidal Clavijo Ponce.
VISTOS.-
[1]
La Resolución No. SCE-DS-2024-08, de 08 de marzo de 2024, mediante la cual el
Superintendente de Competencia Económica resolvió lo siguiente:
Artículo único.- Reformar el artículo 1 de la Resolución No. SCPM-DS-2022-016
de 23 de marzo de 2022 - reformada mediante Resolución No. SCPM-DS-2023-08
de 31 de enero de 2023 -, el cual establece la conformación de la Comisión de
Resolución de Primera Instancia, por el siguiente:
“Artículo 1.- Designar como miembros de la Comisión de Resolución de Primera
Instancia de la Superintendencia de Competencia Económica, a los siguientes
servidores:
Doctor Edison René Toro Calderón;
Economista Alejandra Egüez Vásquez; y,
Abogado Darío Vidal Clavijo Ponce. ”
[2]
La Resolución No. SCPM-DS-2022-016 de 23 de marzo de 2022, mediante la cual el
Superintendente de Control del Poder de Mercado resolvió lo siguiente:
“Artículo 2.- Designar al doctor Edison René Toro Calderón, como Presidente de
la Comisión de Resolución de Primera Instancia, a partir del 23 de marzo de
2022.”
[3]
El acta de la sesión ordinaria del pleno de la Comisión de Resolución de Primera Instancia (en
adelante CRPI) de 03 de enero de 2024, mediante la cual se deja constancia de que la CRPI
designó a la abogada Verónica Vaca Cifuentes como secretaria Ad-hoc de la CRPI.
[4]
La disposición reformatoria segunda de la Ley Orgánica Reformatoria de Diversos Cuerpos
Legales, para el Fortalecimiento, Protección, Impulso y Promoción de las Organizaciones de la
Economía Popular y Solidaria, Artesanos, Pequeños Productores, Microempresas y
Emprendimientos, publicada en la edición 311 del Registro Oficial:
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