Resolución. Edición Especial Año I - Nº 310
| Fecha de publicación | 23 Junio 2025 |
| Sección | Resoluciones |
| Tipo de documento | Resolución |
Año I - Nº 310 - 297 páginas
Quito, lunes 23 de junio de 2025
Ed
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ó
n Es
pecial
GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN SAN CRISTÓBAL
DE PATATE
ORDENANZA DE APROBACIÓN DE LA
ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE
DESARROLLO Y ORDENAMIENTO
TERRITORIAL (PDOT) 2023 - 2027 Y EL
PLAN DE USO Y GESTIÓN DEL SUELO
(PUGS) 2025 - 2033
Edición Especial Nº 310 - Registro Oficial
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Lunes 23 de junio de 2025
Dirección: Av. Ambato y Juan Montalvo
Telefax: (03)2870214 / (03)2870523 (03)2870509
www.patate.gov.ec
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DE SAN CRISTÓBAL DE PATATE
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Los Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT) son los instrumentos de
planificación previstos en la Constitución de la República del Ecuador (CRE), que
permiten a los Gobiernos Autónomos Descentralizados desarrollar la gestión
concertada de su territorio, orientando un desarrollo armónico e integral.
La Constitución de la República del Ecuador (CRE), establece como Gobiernos
Autónomos Descentralizados (GAD) a las Provincias, Cantones y Juntas Parroquiales
Rurales; ante ello; las funciones, atribuciones, competencias y facultades tributarias
de estos nuevos niveles de gobierno, fueron normadas en el año 2010 con el Código
Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización, otorgando
como competencia exclusiva acorde al artículo 55 literal a) del COOTAD del nivel
municipal o cantonal la formulación del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial
Cantonal de manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial y
parroquial; como el control del uso y ocupación del suelo del cantón.
En el año 2016, la planificación territorial de los gobiernos autónomos
descentralizados municipales sufre una variación importante con la aprobación de la
Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo (LOOTUGS) y la
configuración de un nuevo instrumento, el Plan de Uso y Gestión de Suelo (PUGS)
como complemento al Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT).
Cumplimiento con la normativa emitida a nivel nacional, el Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal de San Cristóbal de Patate, formula la Actualización del
Plan de Uso y Gestión del Suelo (PUGS), cuya vigencia corresponde a 12 años. El
presente estudio identifica la situación actual del uso del suelo, las problemáticas
identificadas y establece propuestas viables para una gestión y administración
eficiente del territorio.
Enmarcado en esta definición general, el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial
(PDOT) se constituye en el instrumento principal del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal de San Cristóbal de Patate, respecto de las decisiones
estratégicas de desarrollo en el cantón, con una visión de largo plazo, mismo que será
implementado a través del ejercicio de las competencias asignadas por la Constitución
de la República del Ecuador (CRE), así como de aquellas que se les transfieran como
resultado del proceso de descentralización. De igual manera en lo que respecta a la
planificación, es necesario contar con el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial
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(PDOT), para poder establecer y articular las políticas, objetivos, estrategias y
acciones como parte del diseño, ejecución y evaluación de planes, programas y
proyectos.
Es indispensable prever una periódica y progresiva actualización del Plan de
Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT) y Plan de Uso y Gestión de Suelo
(PUGS), su articulación en el marco de la definición de propuestas asociativas con
circunvecinos, así como la articulación y retroalimentación de la planificación local de
desarrollo endógeno con la planificación, para definir las prioridades, objetivos,
políticas públicas locales, metas, resultados e indicadores de impacto, que definan
una Estrategia Nacional de Desarrollo y a su efectiva implementación con modelos de
gestión intergubernamental, alineados a los ODS establecido por la Agenda 2030
Habitad III.
CONSIDERANDOS:
Que, la Constitución de la República del Ecuador (CRE), en el artículo 3, establece
que son deberes primordiales del Estado: “(…) 5. Planificar el desarrollo nacional,
erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la redistribución equitativa
de los recursos y la riqueza, para acceder al buen vivir. 6. Promover el desarrollo
equitativo y solidario de todo el territorio, mediante el fortalecimiento del proceso de
autonomías y descentralización”.
Que, la Constitución de la República del Ecuador (CRE), en el artículo 31, establece:
“Las personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos,
bajo los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas
urbanas y equilibrio entre lo urbano y lo rural. El ejercicio del derecho a la ciudad se
basa en la gestión democrática de ésta, en la función social y ambiental de la
propiedad y de la ciudad, y en el ejercicio pleno de la ciudadanía”.
Que, la Constitución de la República del Ecuador (CRE), en el artículo 66, reconoce y
garantiza: “(…) 2.- El derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentación y
nutrición, agua potable, vivienda, saneamiento ambiental, educación, trabajo, empleo,
descanso y ocio, cultura física, vestido, seguridad social y otros servicios sociales
necesarios”.
Que, la Constitución de la República del Ecuador (CRE) en el artículo 85 y 95,
garantiza la participación ciudadana en forma individual y colectiva en la toma de
decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos.
Que, la Constitución de la República del Ecuador (CRE) en el artículo 100, dice: “En
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todos los niveles de gobierno se conformarán instancias de participación integradas
por autoridades electas, representantes del régimen dependiente y representantes de
la sociedad del ámbito territorial de cada nivel de gobierno, que funcionarán regidas
por principios democráticos. La participación en estas instancias se ejerce para: 1.
Elaborar planes y políticas nacionales, locales y sectoriales entre los gobiernos y la
ciudadanía. 2. Mejorar la calidad de la inversión pública y...
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