Resolución. Edición Especial Año I - Nº 877
| Fecha de publicación | 31 Diciembre 2025 |
| Sección | Resoluciones |
| Tipo de documento | Resolución |
Año I - Nº 877 - 191 páginas
Quito, miércoles 31 de diciembre de 2025
Ed
ici
ó
n Es
pecial
GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN LA CONCORDIA
ORDENANZA
No. GADMCLC-2025-295
QUE CONTIENE EL PRESUPUESTO
PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO
DEL AÑO 2026
Edición Especial Nº 877 - Registro Oficial
2
Miércoles 31 de diciembre de 2025
Página
1 de 17
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN LA CONCORDIA
ORDENANZA No. GADMCLC-2025-295
EL CONCEJO MUNICIPAL
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador señala: “Los
Gobiernos Autónomos Descentralizados gozarán de autonomía política administrativa y
financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad
interterritorial, integración y participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la
autonomía permitirá la secesión de territorio nacional constituyen Gobiernos Autónomos
Descentralizados las Juntas Parroquiales Rurales, los Concejos Municipales, los
Concejos Metropolitanos, los Consejos Provinciales y los Consejos Regionales”;
Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 286 de la Constitución de la
República del Ecuador, establece que: “las finanzas públicas, en todos los niveles de
gobierno, se manejen de forma sostenible, responsable y transparente, y procurarán la
estabilidad económica (…)”;
Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 293 de la Constitución de la
República del Ecuador, establece que: “La formulación y la ejecución del Presupuesto
General del Estado se sujetarán al Plan Nacional de Desarrollo. Los presupuestos de
los gobiernos autónomos descentralizados y los de otras entidades públicas se
ajustarán a los planes regionales, provinciales, cantonales y parroquiales,
respectivamente, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, sin menoscabo de sus
competencias y su autonomía”;
“Los gobiernos autónomos descentralizados se someterán a reglas fiscales y de
endeudamiento interno, análogas a las del Presupuesto General del Estado, de acuerdo
con la ley”;
Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 297 de la Constitución de la
República del Ecuador, establece que: “
establecido en el Plan Nacional de Desarrollo”;
“Las instituciones y entidades que reciban o transfieran bienes o recursos públicos se
transparencia, rendición de cuentas y control público”;
Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 116 del Código Orgánico de Planificación
y Finanzas Publicas, establece que: “Establecimiento de Compromisos. - Los créditos
presupuestarios quedarán comprometidos en el momento en que la autoridad
competente, mediante acto administrativo expreso, decida la realización de los gastos,
con o sin contraprestación cumplida o por cumplir y siempre que exista la respectiva
certificación presupuestaria. En ningún caso se adquirirán compromisos para una
finalidad distinta a la prevista en el respectivo presupuesto”;
Registro Oficial - Edición Especial Nº 877
3
Miércoles 31 de diciembre de 2025
Página
2 de 17
“El compromiso subsistirá hasta que las obras se realicen, los bienes se entreguen o los
servicios se presten. En tanto no sea exigible la obligación para adquisiciones
nacionales e internacionales, se podrá anular total o parcialmente el compromiso”;
Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 155 del Código Orgánico de Planificación
y Finanzas Publicas, establece que: “Obligaciones pendientes de pago. - Son aquellas
que quedaren pendientes de pago al 31 de diciembre de cada año”;
Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 167 del Código Orgánico de Planificación
y Finanzas Publicas, establece que: “Excedentes. - Todos los excedentes de caja de los
presupuestos de las entidades del Presupuesto General del Estado, al finalizar el año
fiscal se constituirán en ingresos de caja del Presupuesto General del Estado del
siguiente ejercicio fiscal. Los excedentes de caja de los gobiernos autónomos
descentralizados que se mantengan al finalizar el año fiscal se constituirán en ingresos
caja del siguiente ejercicio fiscal”;
Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 5 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, establece que: “Autonomía.-
La autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos
descentralizados y regímenes especiales prevista en la Constitución comprende el
derecho y la capacidad efectiva de estos niveles de gobierno para regirse mediante
normas y órganos de gobierno propios, en sus respectivas circunscripciones
territoriales, bajo su responsabilidad, sin intervención de otro nivel de gobierno y en
beneficio de sus habitantes. Esta autonomía se ejercerá de manera responsable y
solidaria. En ningún caso pondrá en riesgo el carácter unitario del Estado y no permitirá
la secesión del territorio nacional (…)”;
Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 57 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización dispone como atribuciones del
Concejo Municipal entre otros las siguientes: a).- El ejercicio de la facultad normativa en
las materias de competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal,
mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones; y, g).-
Aprobar u observar el presupuesto del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal,
que deberá guardar concordancia con el plan cantonal de desarrollo y con el de
ordenamiento territorial; así como garantizar una participación ciudadana en el marco
de la Constitución y la Ley (..)”;
Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 198 del Código Orgánico de
Organización territorial, Autonomía y Descentralización, establece que: “Destino de las
transferencias. - Las transferencias que efectúa el Gobierno Central a los gobiernos
autónomos descentralizados podrán financiar hasta el treinta por ciento (30%) de gastos
permanentes, y un mínimo del setenta por ciento (70%) de gastos no permanentes
necesarios para el ejercicio de sus competencias exclusivas con base en la planificación
de cada Gobierno Autónomo Descentralizado. Las transferencias provenientes del diez
por ciento (10%) de los ingresos no permanentes del Presupuesto General del Estado,
deberán financiar egresos no permanentes”;
Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 215 del Código Orgánico de
Organización territorial, Autonomía y Descentralización establece que: “El presupuesto
de los gobiernos autónomos descentralizados se ajustará a los planes regionales,
provinciales, cantonales y parroquiales respectivamente, en el marco del Plan Nacional
de Desarrollo, sin menoscabo de sus competencias y autonomía”;
...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.