Resolución Nº 0373-ARCOTEL-2016 de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, 2016

Año2016
1.4. Con comunicación s/n de 31 de julio de 2015, ingresada a la Agencia de Regulación
y Control de las Telecomunicaciones con trámite No. ARCOTEL-2015-008533 el 31
de julio de 2015, el señor Francisco Vera Rodríguez concesionario del sistema de
audio y
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Daule con extensión de red hacía las parroquias de Magro, Laurel, Limonal, El Mate,
del cantón Daule, las ciudades de Palestina, Pedro Carbo, Santa Lucia, Lomas de
Sargentillo, Narcisa de Jesús (Nobol), provincia de Guayas, solicitó la renovación de
la concesión del sistema de audio y video por suscripción "DAULEVISION".
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Agencia de
Regulación y Control
de las
Telecomunicaciones
Expediente No.:
Acto Administrativo de Permiso
RESOLUCIÓN ARCOTEL-2016- 0
3 7 3
LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES
Otorga el Título Habilitante de Permiso para la prestación del servicio de audio y video
por suscripción modalidad de cable físico a denominarse "DV TELEVISION", a favor de
la compañía DV TELEVISION DVTV S.A.
En cumplimiento de la disposición contenida en el artículo 148 No. 3, de la Ley Orgánica de
Telecomunicaciones, que faculta a la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Regulación y
Control de las Telecomunicaciones — ARCOTEL, dirigir el procedimiento de sustanciación y
resolver sobre el otorgamiento y extinción de los títulos habilitantes tanto en otorgamiento
directo como mediante concurso público, así como suscribir los correspondientes títulos
habilitantes, y en consideración a los siguientes antecedentes y fundamentos:
1 ANTECEDENTES DE HECHO
1.1. Mediante contrato de concesión suscrito el 09 de noviembre de 2005, el Consejo
Nacional de Radiodifusión y Televisión a través de la Superintendencia de
Telecomunicaciones, autorizó la instalación, operación y explotación de un sistema
de audio y video por suscripción bajo la modalidad de cable físico denominado
"DAULEVISION", para servir a la ciudad de Daule, provincia de Guayas, a favor del
señor Francisco Antonio Vera Rodríguez; dicho contrato se encuentra prorrogado en
virtud de la Resolución RTV-734-25-CONATEL-2014.
1.2. Con contrato modificatorio suscrito el 26 de marzo de 2007, el Consejo Nacional de
Radiodifusión y Televisión a través de la Superintendencia de Telecomunicaciones,
autorizó la extensión de red del sistema de audio y video por suscripción bajo la
modalidad de cable físico denominado "DAULEVISION", que sirve a la ciudad de
Daule para servir a las ciudades de Pedro Carbo, Santa Lucia, Nobol y Lomas de
Sargentillo, provincia de Guayas, a favor del señor Francisco Antonio Vera
Rodríguez.
1.3. Mediante contrato modificatorio suscrito el 30 de enero de 2013, el CONATEL a
través de la Superintendencia de Telecomunicaciones, autorizó la extensión de red
del sistema de audio y video por suscripción bajo la modalidad de cable físico
denominado "DAULEVISION", para servir a las ciudades de Palestina, Limonal,
Laurel, Magro, y El Mate, provincia de Guayas, a favor del señor Francisco Antonio
Vera Rodríguez.
ll
1.5. A través de oficio No. ARCOTEL-DRS-2015-1075-OF de 14 de agosto de 2015, en
respuesta
al trámite ARCOTEL-2015-008533, se indicó
al peticionario
que los títulos
habilitantes que fenezcan posterior a la Ley Orgánica de Comunicación deberán
r un nuevo permiso, considerando lo establecido en los Art.
28 y 29 de la Resolución RTV-536-25-CONATEL-2013 de 29 de octubre de 2013.
-
-•
Av. Diego de Almagro N31-95 y Alpallana. T. (593) 294 7800
1800 567 567 Casilla 17-07-977
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Agencia de
/
Regulación y Control
de las
Telecomunicaciones
1.6. Mediante oficio No. DVTV-2015-230F de 28 de agosto de 2015, ingresado a la
Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones con trámite No.
ARCOTEL-2015-010191 el 31 de agosto de 2015, en respuesta al oficio No.
ARCOTEL-DRS-2015-1075-OF,el señor Raúl Daniel Zamora Vera, Representante
legal de la compañía DV TELEVISION DVTV S.A., solicitó el permiso para la
instalación, operación y explotación del sistema analógico de audio y video por
suscripción bajo la modalidad de cable físico a denominarse "DV TELEVISION DVTV
S.A." a fin de continuar operando con el sistema autorizado denominado
"DAULEVISION", cuyo concesionario es el señor Francisco Vera Rodríguez; y, que
mediante comunicación s/n de 12 de agosto de 2015 (HT: ARCOTEL-2015-009104
de 12 de agosto de 2015) el señor Francisco Vera Rodríguez solicitó el cambio de
titularidad del actual sistema "DAULEVISION" a favor de la persona jurídica DV
TELEVISION DVTV S.A.
1.7. Mediante oficio No. ARCOTEL-DRS-2015-1140-OF de 08 de septiembre de 2015, en
respuesta al trámite ARCOTEL-2015-010191, se remitieron observaciones al estudio
técnico y la información general.
1.8. Con oficio No. DVTV-2015-240F de 16 de septiembre de 2015, ingresado a la
Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones con trámite No.
ARCOTEL-2015-011058 de 16 de septiembre 2015, la compañía DV TELEVISION
DVTV S.A., presenta el alcance al estudio técnico solicitado con oficio ARCOTEL-
DRS-2015-1140-OF, además reitera que desea seguir operando el sistema
"DAULEVISION", a través de una persona jurídica con un nuevo sistema a
denominarse "DV TELEVISION".
1.9. Mediante oficio No. ARCOTEL-DRS-2015-1204-OF de 25 de septiembre de 2015, es
respuesta al trámite ARCOTEL-2015-011058, se realizaron observaciones al estudio
técnico y la insistencia a las observaciones realizadas al estudio en mención con
oficio ARCOTEL-DRS-1140-0F.
1.10. A través de oficio No. DVTV-2015-250F de 29 de septiembre de 2015, ingresado
a la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones con trámite No.
ARCOTEL-2015-011887 de 29 de septiembre 2015, la compañía DV TELEVISION
DVTV S.A., presenta el alcance al estudio técnico solicitado con oficio ARCOTEL-
DRS-2015-1204-0F.
1.11. Con memorando No. ARCOTEL-DRS-2015-0931-M del 13 de octubre de 2015, la
Dirección de Regulación de Servicios de las Telecomunicaciones emitió el Informe
Técnico y Financiero de la solicitud del permiso para la instalación, operación y
explotación de un sistema analógico de audio y video por suscripción bajo la
modalidad de cable físico a denominarse "DV TELEVISION", en el que concluyó:
"...técnicamente es factible otorgar el permiso a favor de la compañía DV
TELEVISION DVTV S.A., para la instalación, operación y explotación de un sistema
analógico de audio y video por suscripción bajo la modalidad de cable físico a
denominarse "DV TELEVISION", para servir a la ciudad de Daule con extensión de
red hacia las ciudades de Palestina, Pedro Carbo, Santa Lucia, El Salitre, Lomas de
Sargentillo, Narcisa de Jesús, Colimes, Laurel, Limonal, Sabanilla y los sectores de
Magro (del cantón Daule) y El Mate (del cantón Santa Lucia), provincia del Guayas...".
"...económicamente es factible otorgar el permiso a favor de la compañía DV
TELEVISION DVTV S.A., para la instalación, operación y explotación de un sistema
analógico de audio y video por suscripción bajo la modalidad de cable físico a
denominarse "DV TELEVISION"...".
1.12. Mediante memorando No. ARCOTEL-DPT-2015-0347-M de 20 de octubre de 2016,
la Dirección de Planificación de las Telecomunicaciones emitió el informe del plan de
Av. Diego de Almagro N31-95 y Alpallana. T. (593) 294 7800
1800 567 567 Casilla 17-07-977
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Agencia de
Regulación y Control
de las
Telecomunicaciones
ll
gestión de la solicitud del permiso para la instalación, operación y explotación de un
sistema analógico de audio y video por suscripción bajo la modalidad de cable físico
a denominarse "DV TELEVISION", para servir a la ciudad de Daule con extensión de
red hacia las ciudades de Palestina, Pedro Carbo, Santa Lucia, El Salitre, Lomas de
Sargentillo, Narcisa de Jesús, Colimes, Laurel, Limonal, Sabanilla y los sectores de
Magro (del cantón Daule) y El Mate (del cantón Santa Lucia), provincia del Guayas,
a favor de la compañía DV TELEVISION DVTV S.A., en el que concluyó:
"...Resultado del análisis del Plan de Gestión:
Favorable.".
1.13. Mediante oficio No. CORDICOM-SG-2015-0143-0 de 28 de octubre de 2015,
ingresado en esta Agencia con documento No. ARCOTEL-2015-013572, el Consejo
de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación, remitió el
"informe
vinculante favorable respecto al proyecto comunicacional presentado por la
compañía DT TELEVISIÓN DVTV S.A., para la autorización de funcionamiento de un
canal local con programación propia del sistema de audio y video por suscripción,
bajo la modalidad de cable físico, denominado "DAULEVISION".
1.14. Mediante Resolución No. ARCOTEL-2015-0722 de 06 de noviembre de 2015, la
Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones autorizó el cambio de
titularidad, de persona natural señor Francisco Antonio Vera Rodríguez a la
compañía DV TELEVISION DVTV S.A., respecto del sistema analógico de audio y
video por suscripción bajo la modalidad de cable físico denominado "DAULEVISIÓN",
que sirve a la ciudad de Daule, con extensión de red hacia los cantones de Nobol,
Lomas de Sargentillo, Pedro Carbo, Santa Lucía, Palestina, y a las parroquias Magro,
Limonal, Laurel y El Mate, provincia del Guayas, bajo los términos y plazos previstos
en el título original otorgado; dicho contrato se encuentra prorrogado en virtud de la
Resolución RTV-734-25-CONATEL-2014.
1.15. A través de oficio No. ARCOTEL-DJR-2016-0092-OF de 20 de enero de 2016, la
Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones solicitó a la compañía
DV TELEVISION DVTV S.A. que remita el requisito constante en el numeral 12 del
"REGLAMENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE TÍTULOS HABILITANTES PARA EL
FUNCIONAMIENTO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL PÚBLICOS,
PRIVADOS, COMUNITARIOS Y SISTEMAS DE AUDIO Y VIDEO POR
SUSCRIPCIÓN".
1.16. Mediante oficio No. DVTV-2015-260F de 22 de enero de 2016, ingresado a la
Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones con trámite No.
ARCOTEL-DGDA-2016-001132-E, el señor Raúl Daniel Zamora Vera,
Representante legal de la compañía DV TELEVISION DVTV S.A., en respuesta al
oficio No. ARCOTEL-DJR-2016-0092-OF de 20 de enero de 2016, remitió la
documentación solicitada.
1.17. Con memorando No. ARCOTEL-DJR-2016-0281-M de 10 de febrero de 2016, la
Dirección Jurídica de Regulación de la ARCOTEL, emitió el informe de cumplimiento
de requisitos determinados en el artículo 28 del
"REGLAMENTO PARA LA
ADJUDICACIÓN DE TÍTULOS HABILITANTES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE
MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL PÚBLICOS, PRIVADOS, COMUNITARIOS
Y SISTEMAS DE AUDIO Y VIDEO POR SUSCRIPCIÓN:.
1.18. El 19 de febrero de 2016, la Dirección de Comunicación de la ARCOTEL procedió
a publicar en la página web institucional el extracto de la solicitud del permiso del
sistema analógico de audio y video por suscripción bajo la modalidad de cable físico
a denominarse
"DV TELEVISION", para servir a la
ciudad de Daule
con extensión de
red hacia las ciudades de Palestina, Pedro Carbo, Santa Lucia, El Salitre, Lomas de
Sargentillo,
Narcisa de Jesús, Colimes, Laurel, Limonal, Sabanilla y los sectores de
Magro (del cantón Daule) y El Mate (del cantón Santa Lucia), provincia del Guayas,
a favor de la compañía DV TELEVISION DVTV S.A.
Av. Diego de Almagro N31-95 y Alpallana. T. (593) 294 7800
1800 567 567 Casilla 17-07-977
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