Resolución Nº 046-2015-M. Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera de 2015-04

JurisdicciónEcuador
Número de resolución046-2015-M
Fecha2015-04
EmisorJunta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
¡b Junta de Rec¡ulación
t- lr¡o..or¡ Rr-r¡"ra
Resolución No. 06'l-2015-M
LA JUNTA DE POL|ÍICA Y REGULACIóN MONETARIA Y FINANCIERA
CONSIDERANDO:
Que la Junta de Política y Regulación l\¡onetar¡a y F¡nanciera en la ses¡on
extraord¡naria reservada de 5 de marzo de 2015. exDid¡ó la resolución No. 046-
2015-M mediante la cual expide el "Programa de lnversión de Excedentes de
Liquidez";
Que en la resoluc¡ón No. 046-2015-l\¡ de 5 de marzo de 2015 se ha ¡ncurr¡do en
imprecisiones materiales y de hecho que deben ser rectificadas;
Que de acuerdo con los art¡culos 99 y 170 del Estatuto del Rég¡men Jurldico
Administrativo de la Función Eiecutiva, los actos normativos pueden ser derogados
o reformados cuando asi se lo considere conven¡ente y que la Admin¡stración
Pública central podrá, asimismo, rect¡ficar en cualquier momento los errores
materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos:
Que la Junta de Polftica y Regulacaón l\¡onetaria y Financ¡era en ses¡ón ordinaria
real¡zada el '16 de abril de 2015, resolvió reformar la resolución No. 04&20'15-Mi y'
En ejercicio de sus funcionesl
RESUELVE:
ARTÍCULO l,- Suprimir el considerando quinto y sustitu¡r et últ¡mo considerando
con el resDectivo título de la resoluc¡ón No. 046-2015-l\¡ de 5 de marzo de 2015 por
el siguiente: "En ejercicio de la facultad que le otorga la resolución No 034-2015-M
de 27 de enero de 20'15, mediante la cual la Junta de Política y Regulac¡ón
Monetar¡a y Fananciera expidió las "Políticas para la Inversión de Excedentes de
Liquidez", resuelve:".
ARTíCULO 2.- Sustituir el artículo 1 por el sigu¡entel "Artículo '1 - Aprobar el
siguiente Programa de Inversión de Excedentes de Liquidez' presentado por el
Banco Central del Ecuador."
ART|CULO 3.. En el art¡culo 3, luego de. "... resoluc¡ón No. DBCE-072-INVDOM
incorporar "de 29 de enero de 2014'.
ARTicuLO 4.- Agregar como D¡sposición General Tercera la siguiente:
"TERCERA.- De corformidad con lo previsto en el artículo 310 de la Const¡tución de
la República, el Banco Central de Ecuador (BcE) deberá adecuar su programá de
inversión v¡gente al presente Programa de Invers¡ón de Excedentes de Liquidez
'r'

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