Resolución Nº 046-2015-M. Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera de 2015-03

JurisdicciónEcuador
Fecha2015-03
Número de resolución046-2015-M
EmisorJunta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
¡¡ Junta de Requlac¡ón
t- t¡or*t"rL, R*n"irra
Resolución No. 046-20'15-M
LA JUNTA DE POL|TICA Y REGULACIÓN MONETARIA Y FINANCIERA
CONSIDERANDO:
Que el articulo 310 de l¿ Constitución de la Repúbl¡ca dispone que el crédito que
otorgue el sector f¡nanc¡ero público se orientará de manera preferente a ¡ncrementar
la productividad y competitividad de los sectores productivos que permitan alcanzar
los objet¡vos del Plan Nacional de Desarrollo y de los grupos menos favorec¡dos, a
fin de impulsar su ¡nclusión activa en la economía.
Que el artículo 14, numerales 8, 13. 14, 17 y 37 del Código Orgánico ¡,4onetario y
Financiero establecen, como funciones de la Junta de Polit¡ca y Regulac¡ón
l\¡onetaria y Financiera, autorizar la politica de inversiones de los excedentes de
liquidez; planif¡car, regular y monitorear los excedentes de liquidez; definir los
criterios a seguir para la gest¡ón de los excedentes de liquidez; y, determ¡nar los
cupos de las entidades de los sectores financ¡eros privado y popular y solidario que
podrán contratar con el Banco Central del Ecuador para operac¡ones de ventanilla
de redescuento o de invers¡ón doméstica, sobre la base de su solvencia, relac¡ones
patrimoniales y la pol¡tica económica que se determine para el efecto; autor¡zar al
Banco Central del Ecuador nuevas actividades que, s¡n estar prohib¡das, sean
necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la pol¡t¡ca monetar¡a, financiera,
crediticia, cambiaria, de valores y seguros,
Qúe el artículo 36, numerales 5, 6, 8, 11, 26,27,33 y 34 del Cód¡go Orgánico
l\¡onetario F¡nanciero, atribuyen como funciones del Eanco Central del Ecuador,
adquirir títulos y obl¡gaciones emit¡dos por el ente rector de las finanzas públicas, de
conformidad con las resoluciones de la Junta de Política y Regulación l\¡onetaria y
Financiera (JPRI\¡F); emitir valores; gestionar la liquidez del pais, por medio de la
utilización de instrumentos directos e ¡ndirectos, como operac¡ones de mercado
abierto, operaciones de cambio, entre otros; admin¡strar los activos financieros del
Banco Central del Ecuador en el país y en el exter¡or; gestionar las reservas,
optimizando la ut¡l¡dad económica de las ¡nversiones domésticas y externas, con
sujeción a los princ¡pios de seguridad, l¡qu¡dez y rentab¡lidad; instrumentar la
inversión doméstica, con sujeción a las pollticas aprobadas por la JPRI\4F; la
adqu¡sición de oro no monetario proveniente de la minería artesanal y pequeña
m¡ner¡a; efectuar las operaciones e implementar instrumentos que tengan carácter
monetario o fiñanciero y sean necesarios para el cumplim¡ento de los objetivos de la
politica monetar¡a;
Que el Capitulo 4, Sección 2, del Título ldel Cód¡go Orgánico Monetario y
Financ¡ero, define las reglas para las operaciones a cargo del Banco Central del
Ecuador, en lo que hace relac¡ón a la inversión de excedentes de liquidez,
planificación de inversión doméstica, emis¡ón de valores, operac¡ones de mercado
ab¡erto, ventanilla de redescuento, así como el establecim¡ento de sus límitesi

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