Resolución Nº 0598-ARCOTEL-2016 de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, 2016

Año2016
Fecha24 Enero 0002
.Apenol
Regulación y Control
de 11.11s
Telecomunicaciones
RESOLUCIÓN ARCOTEL -2016-
0 5 9 8
LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES
ARCOTEL
CONSIDERANDO:
Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone:
"Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente
las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.".
Que el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone:
"La
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios
de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planificación, transparencia y evaluación".
Que el 18 de febrero de 2015, se publicó en el Tercer Suplemento del Registro Oficial 439 la
Ley Orgánica de Telecomunicaciones, la misma que dispone:
"Artículo 142.- se crea la
Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, como entidad encargada de la
administración, regulación y control de las telecomunicaciones y del espectro radioeléctrico y
su gestión; así como de los aspectos técnicos de la gestión de medios de comunicación
social que usen frecuencias del espectro radioeléctrico o que instalen y operen redes".
Que el artículo 147 de la norma Ibídem, dispone que
"La Agencia de Regulación y Control
de las Telecomunicaciones será dirigida y administrada por la o el Director Ejecutivo, (...).-
Con excepción dé las cómpeTencTás expresamente reservadas al Dírectorio, la o el Director
Ejecutivo tiene plena competencia para expedir todos los actos necesarios para el logro de
los objetivos de esta Ley y el cumplimiento de las funciones de administración, gestión,
regulación y control de las telecomunicaciones y del espectro radioeléctrico, así como para
regular y controlar los aspectos técnicos de la gestión de medios de comunicación social
que usen frecuencias del espectro radioeléctrico o que instalen y operen redes, tales como
los de audio y vídeo por suscripción. - Ejercerá sus competencias de acuerdo con lo
establecido en esta Ley, su Reglamento General y las normas técnicas, planes generales y
reglamentos que emita el Directorio y, en general, de acuerdo con lo establecido en el
ordenamiento jurídico vigente.".
Que, el artículo 148 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, señala:
"Atribuciones del
Director Ejecutivo.- Corresponde a la Directora o Director Ejecutivo de la Agencia de
Regulación y Control de las Telecomunicaciones: 1. Ejercer la dirección, administración y
representación legal, judicial y extrajudicial de la Agencia. (.412. Delegar una o más de sus
competencias a los funcionarios de la Agencia de Regulación y Control de las
Telecomunicaciones. (...).".
Que el Directorio de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones
ARCOTEL, mediante Resolución 002-001-ARCOTEL-2015 de 4 de marzo 2015, designó a
la Ingeniera Ana Vanessa Proaño De la Torre como Directora Ejecutiva de la Agencia de
Regulación y Control de las Telecomunicaciones, quien ejercerá las competencias y
atribuciones previstas en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.
9 de Octubre 1645 N 27-75 y Berlín. T. 593 2 294 6400
1800 567 567 Casilla 17-07-977
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