Resolución Nº 087-2015-M. Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera de 2015-06

JurisdicciónEcuador
Fecha2015-06
Número de resolución087-2015-M
EmisorJunta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
,&-
ff¡- Junta de Reoulación
Y-- ltlqretarl¡Fssrf*a
Resolución No. 087_201S_M
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN MONETARIA Y FINANCIERA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 310 de la Constitución de la República dispone que el créd¡to que otorgue el
sector financiero púbr¡co se orientaÉ de manera preferenie a inórementar ra pioductividad y
competitividad de los sectores product¡vos que permitan arcanzar ros objetivos der pran
Nac¡onal de Desarrolro y de ros grupos menos favorecidos, a fin de impuÉar su incrusión
activa en la economíal
Que.el artículo 14, numerares 8, 13, 14, 17 y 37 del cód¡go orgánico Monetario y F¡nanciero
establecen, como funciones de ra Junta de porítica y ceguráción Monetaria y Financiera,
autor¡zar la polít¡ca de inversiones de los excedentes de l¡qu¡dez; pranificár, regular y
monitorear los excedentes de liquidez; definir los criter¡os a séguir paia la gestión-de loÁ
excedentes de l¡qu¡dez; y, determinar los cupos de las entidades de los sectores financieros
pnvado y popular y solidario que podrán contratar con el Banco central del Ecuador Dara
operac¡ones de ventanilla de redescuento o de inversión doméstica, sobre la base su
solvencia, relac¡ones patrimoniales y la política económ¡ca que se determ¡ne para el efecto:
autorizar al Banco central del Ecuador nuevas actividades que, s¡n estar proh¡b¡das. sean
necesar¡as para el cumplimiento de los objetivos de la política moneiaria, financiera,
credit¡cla, cambiaria, de valores y seguros;
Que el artículo 36, numerales 5, 6, 8, i 1, 26, 27, 33 y 34 del Código Orgánico Monetario
Financiero, atribuyen como funciones del Banco central del Ecuádor, ádquirir títulos y
obl¡gaciones emitidos por el ente rector de las f¡nanzas públicas, de conformidad con lai
resoluciones de la Junta de Política y Regulac¡ón Monetaria y Financiera (JpRMF); emit¡r
valores; gestionar la l¡quidez del país, por medio de la ut¡lización de ¡nslrumentos diiectos e
¡ndirectos, como operaciones de mercado abierto, operac¡ones de camb¡o. entre otros:
adm¡nistrar los activos f¡nancieros del Banco central del Ecuador en el pais y en el exterior;
gest¡onar las reservas, optimizando la utilidad económ¡ca de las ¡nversiones domésticas v
externas, con sujeción a los pr¡nc¡pios de seguridad, liquidez y rentab¡lidad; instrumentar
¡nvers¡ón doméstica, con sujec¡ón a las polít¡cas aprobadas por la JPRMF: la adquisición de
oro no monetar¡o proveniente de la m¡nería artesanal y pequeña minería; efectuar las
operac¡ones e ¡mplementar instrumentos que tengan carácter monetario o financ¡ero y sean
necesanos para el cumplimiento de los objetivos de la política monetar¡a;
Que el Capítulo 4, Secc¡ón 2, del Título I det Código Orgán¡co Monetario y Financiero, define
las reglas para las operac¡ones a cargo del Banco Central del Ecuador, en lo que hace
relación a la inversión de excedentes de liqu¡dez, planificación de ¡nversión doméstica,
em¡s¡ón de valores, operaciones de mercado abierto, ventanilla de redescuento. así como el
establecim¡ento de sus lím¡tes;
Que mediante resoluciones No. 046-20i5-M de S de mazo de 2015, No. 061-2015-M de .16
de abril de 2015 y No.071-201S-M de 11 de mayo de 2015, la Junta de polít¡ca y
Regulación Monetaria y Financ¡era aprobó las reformas al .programa de Inversión
Excedentes de Liouidez":
l)ltocc¡orl: Av Tild(:A()oskrNllJll!VtJrcr.)rrr PisoB. lolct.rl. i5sl3 2\ 2Í¡B 49,19 t 29l¡4031. ¡ilxt (sg3 2) 258 3068

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