RESOLUCIÓN N° 140-2022. APRUÉBESE LA ACTUALIZACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA DE LA FUNCIÓN JUDICIAL 2019 - 2025
Fecha de publicación | 23 Junio 2022 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 90 |
instrumentation | Resoluciones |
Año I - Nº 90 - 293 páginas
Quito, jueves 23 de junio de 2022
Segundo Suplemento
CONSEJO DE LA JUDICATURA
RESOLUCIÓN N° 140-2022
APRUÉBESE LA ACTUALIZACIÓN
DE LA PLANIFICACIÓN
ESTRATÉGICA DE LA
FUNCIÓN JUDICIAL
2019 - 2025
Jueves 23 de junio de 2022Segundo Suplemento Nº 90 - Registro Ocial
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RESOLUCIÓN 140-2022
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
Queel artículo 178 inciso segundo de la Constitución de la República del Ecuador, así
como el artículo 254 del Código Orgánico dela Función Judicial, establecen que
el Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y
disciplina de la Función Judicial;
Queel artículo 168 de la Constitución de la República del Ecuador, preceptúa: “La
administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio de
sus atribuciones, aplicará los siguientes principios: (…) 2. La Función Judicial
gozará de autonomía administrativa, económica y financiera.”;
Queel artículo 177 de la Constitución de la República del Ecuador, ordena: “La Función
Judicial se compone de órganos jurisdiccionales, órganos administrativos,
órganos auxiliares y órganos autónomos. La ley determinará su estructura,
funciones, atribuciones, competencias y todo lo necesario para la adecuada
administración de justicia.”;
Queel artículo 181, numerales 1 y 5 de la Constitución de la República del Ecuador,
determina que serán funciones del Consejo de la Judicatura: “1. Definir y ejecutar
las políticaspara el mejoramiento y modernización del sistema judicial. (…);5.
Velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.”;
Queel artículo 280 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “El Plan
Nacional de Desarrollo es el instrumento al que se sujetarán las políticas,
programas y proyectos públicos; la programación y ejecución del presupuesto del
Estado; y la inversión y la asignación de los recursos públicos; y coordinar las
competencias exclusivas entre el Estado central y los gobiernos autónomos
descentralizados. Su observancia será de carácter obligatorio para el sector
público e indicativo para los demás sectores.”;
Queel artículo 293 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “La
formulación y la ejecución del Presupuesto General del Estado se sujetarán al Plan
Nacional de Desarrollo. Los presupuestos de los gobiernos autónomos
descentralizados y los de otras entidades públicas se ajustarán a los planes
regionales, provinciales, cantonales y parroquiales, respectivamente, en el marco
del Plan Nacional de Desarrollo, sin menoscabo de sus competencias y su
autonomía.”;
Queel artículo 3 del Código Orgánico de la Función Judicial, preceptúa: “Con el fin de
garantizar el acceso a la justicia, el debido proceso, la independencia judicial y los
demás principios establecidos en la Constitución y este Código, dentro de los
grandes lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo, los órganos de la Función
Judicial, en el ámbito de sus competencias, deberán formular políticas
administrativas que transformen la Función Judicial para brindar un servicio de
calidad de acuerdo a las necesidades de las usuarias y usuarios; políticas
económicas que permitan la gestión del presupuesto con el fin de optimizar los
recursos de que se dispone y la planificación y programación oportuna de las
inversiones en infraestructura física y operacional; políticas de recursos humanos
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que consoliden la carrera judicial, fiscal y de defensoría pública, fortalezcan la
Escuela de la Función Judicial, y erradiquen la corrupción.”;
Queel artículo 264, numerales 3 y10del Código Orgánico de la Función Judicial,
establecen que al Pleno del Consejo de la Judicatura, le corresponde:“(…) 3.
Aprobar, actualizar y supervisar la ejecución del plan estratégico de la Función
Judicial; (…) 10. Expedir, modificar, (…) los reglamentos, manuales, instructivos o
resoluciones de régimen interno, con sujeción a la Constitución y la ley, para la
organización, funcionamiento, responsabilidades, control y régimen disciplinario;
particularmente para velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial;
(…)”;
Queel artículo 54 del Código Orgánico dePlanificación y Finanzas Públicas, prescribe:
“Planes institucionales.- Las instituciones sujetas al ámbito de este código,
excluyendo los Gobiernos Autónomos Descentralizados, reportarán al Ente rector
de la planificación nacional sus instrumentos de planificación institucionales, para
verificar que las propuestas de acciones, programas y proyectos correspondan a
las competencias institucionales y los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo.”;
Queel Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante Resolución 104-2019, de 2 de
julio de 2019, publicada en la Edición Especial del Registro Oficial No. 35, de 16
de agosto de 2019
,
resolvió en su Artículo Único: “Aprobar el Plan Estratégico de
la Función Judicial 2019-2025 (…);
Quemediante Memorando CJ-DNP-2022-1635-M, de 28 de mayo de 2022, la Dirección
Nacional de Planificación, puso en conocimiento de la Dirección Nacional de
Asesoría Jurídica, la: “Actualización de la Planificación Estratégica de la Función
Judicial 2019-2025”;
Queel Pleno del Consejo de la Judicatura conoció el Memorando CJ-DG-2022-3721-
M, de 6de junio de 2022, suscrito por el Director General, quien remitió el
Memorando CJ-DNP-2022-1635-M, de 28 de mayo de 2022, de la Dirección
Nacional de Planificación; así como el Memorando CJ-DNJ-2022-0680-M, de 2de
junio de 2022, suscrito por la DirecciónNacional de Asesoría Jurídica, mismo que
contiene los informes técnico y jurídico, como el proyecto de resolución respectivo,
recomendando su aprobación; y,
En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales establecidas en el artículo 181 de
laConstitución de la República del Ecuador y el artículo 264, numerales 3 y 10, del Código
Orgánico de la Función Judicial,
RESUELVE:
APROBAR LA ACTUALIZACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA DE LA
FUNCIÓN JUDICIAL 2019-2025
Artículo Único. - Aprobar la: “Actualización de la Planificación Estratégica de la Función
Judicial 2019-2025”, conforme el anexo que forma parte integrante de esta Resolución.
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