Resolución Nº 222-2016-G. Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera de 2016-03

JurisdicciónEcuador
Fecha2016-03
Número de resolución222-2016-G
EmisorJunta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
J> Junta de Regulación
Monetaria Financiera
Resolución No. 222'2016-G
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN MONETARIA Y FINANCIERA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 299, segundo inciso de la Constitución de la República dispone que
en el Banco Central del Ecuador se crearán cuentas especiales para el manejo de
los depósitos de las empresas públicas y los gobiernos autónomos
descentral¡zados, y las demás cuentas que correspondan:
Que el artículo 36, numeral 29 del Código Orgánico Monetario y Financiero
establece como funciones del Banco Central del Ecuador, actuar como agente
fiscal, f¡nanciero y depositario de recursos públicos;
Que el artículo 140 del Código Orgánico Monetario y Financiero establece que
corresDonde al Banco central del Ecuador adquirir las divisas para efectuar el
servicio de la deuda y los pagos de las entidades del sector público; y, la Junta de
Política y Regulación Monetaria y Financiera autotizará abr¡r y mantener las cuentas
en el exterior, para el uso de las entidades del sector público, previo informe
favorable del ente rector de las finanzas públ¡cas y del Banco central del Ecuador;
Que la Disposición General Primera del Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicas dispone que cualquiera que sea el origen de los recursos, las
entidades y organismos del sector público no podrán crear cuentas, fondos u otros
mecanismós manejo de ingresos y egresos que no estén autorizadas por el ente
rector de las finanzas públicas;
Que el artículo 163, último inciso del Reglamento al Código Orgánico de
Planificación y Finanzas Públicas dispone que la República del Ecuador previa
autorización del ente rector de las Finanzas Públicas, podrá abrir y mantener en el
exterior, cuentas de depósito fijo o a la vista, para gestionar, conceder o realizar
pagos, endeudamiento, inversión e ¡nterés de seguridad;
Que mediante oficio No. MINFIN-DM-2O16-0043 de 27 de enero de 2016, el ente
rector de las finanzas públicas emitió informe favorable para que la Junta de Política
y Regulación Monetaria y Financiera autorice abrir por parte de EP
PETROECUADOR de la refer¡da cuenta;
Que la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financ¡era en sesión
extraordinaria por medios tecnológicos convocada el 10 de marzo de 2016' con
fecha 11 de mazo de 2016, conoció y autorizó a EP PETROECUADOR para que
abra una cuenta en dólares en el Industr¡al and comercial Bank of china Limited -
ICBC en la sucursal de la zona de tratado de libre experimental de Shanghái; y'
En eiercicio de sus funciones,
Dirección:Av. 10 de Agosto N11-409 y Briceño, Piso g
Telélono: (593-2) 393 8600
wwwluntamonetariaf ina¡ciera.gob ec IT
IT

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