Resolución Nº 318-2016-F. Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera de 2016-12

JurisdicciónEcuador
Fecha2016-12
Número de resolución318-2016-F
lr
)> Junta de Regulación
lVloneiaria Financisa
Resoluc¡ón No. 318-2016-F
LA JUNTA DE poLíTlcA y REGULAcIóN MoNETARIA y FTNANcIERA
CONSIDERANDO:
Que el Código Orgánico Monetario y Financiero se encuentra en vigencia desde su publicación
en el Segundo Suplemento del Registro Of¡cial No. 332 de 12 de septiembre de 2014;
Que el artículo 14, numeral 15 del Cód¡go Orgán¡co Monetario y Financ¡ero establece como
función de la Junta de Política y Regulación Monetaria y F¡nanc¡era emitir el marco regulator¡o
de gest¡ón, solvencia y prudencia al que deben sujetarse las ent¡dades financ¡eras, de valores y
seguros, en línea con los objetivos macroeconómicos;
Que en el título X "De la gestión integral y control de riesgos", del libro | "Normas generales
para la aplicación de la Ley General de Instituciones del S¡stema Financiero" de la Codificación
de Resoluc¡ones de la Super¡ntendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, consta el
capítulo V "De la gestión del riesgo operativo", que en la cuarta d¡sposición transitoria establece
para el Banco del Instituto Ecuatoriano de Segur¡dad Social un cronograma para la
¡mplementación de las disposiciones del numeral 4.3. "Tecnología de ¡nformac¡ón" del artículo
4; asi como, pere las d¡spos¡ciones relacionadas con la continu¡dad del negocio;
Que la Junta de Politica y Regulación Monetaria y Financiera en sesión extraordinar¡a por
medios tecnológicos convocada el 13 de octubre de 2016, con fecha 18 de octubre del 2016,
conoc¡ó y aprobó la reforma a la Cuarta Disposición Transitor¡a del CapÍtulo V "De la gest¡ón de
riesgo operativo", del Tltulo X "De la gestión integral y control de riesgos", del L¡bro | "Normas
generales para la aplicac¡ón de la Ley General de Instituciones del S¡stema Financ¡ero" de la
Codificación de Resoluciones de la Superintendenc¡a de Bancos y Seguros y de la Junta
Bancaria, contenida en la resoluc¡ón No. 285-2016-F de 18 de octubre de 2016;
Que mediante oficio No. SB-DS-2016-0342-O de 29 de nov¡embre de 2016, la
Superintendencia de Bancos sol¡citó a Ia Junte de Polít¡ca y Regulación Monetaria y Financ¡era
la reforma a la Cuarta Dispos¡c¡ón Trans¡tor¡a del Capítulo V "De la gestión de riesgo operativo",
del Título X "De la gestión integral y control de r¡esgos", del Libro | "Normas generales para Ia
apl¡cación de la Ley General de Inst¡tuc¡ones del S¡stema Financiero" de la Codif¡cac¡ón de
Resoluciones de la Superintendenc¡a de Bancos y Seguros y de la Junta Bencaria;
Que es necesario que la Junta de Política y Regulación Monetaria y F¡nanciera expida una
reforma a la cuarta disposic¡ón transitor¡a de la norma refer¡da, que perm¡ta corregir las
desviaciones sobre la planificac¡ón in¡cial y establecer mecenismos de control efect¡vos a f¡n de
garantizar el cumplimiento de los objetivos prev¡stos y ampliar los plazos de implementac¡ón de
las d¡spos¡ciones contenidas en los numerales 4.1 "Procesos", 4.2 "Personas" y 4.3
"Tecnología de la información";
Que la Junta de Pollt¡ca y Regulac¡ón Monetar¡a y Financiera en ses¡ón extraordinaria por
medios tecnológicos convocada el 23 de d¡c¡embre de 2016, con fecha 28 de d¡ciembre de
2016, conoció y aprobó la reforma a la cuarta d¡sposición transitoria del capítuio V "De la
gest¡ón de riesgo operativo", del título X "De la gestión integral y control de riesgos, del libro I
"Normas generales para la aplicación de la Ley General de Inst¡tuciones del Sistema
F¡nanciero" de la Codificación de Resoluc¡ones de la Super¡ntendencia de Bancos y Seguros y
de la Junta Bancaria; y,
En eierc¡cio de sus func¡ones.
Drrección: Av. 10 de Agosto N11-409 y Brlceño, Piso B
Teléfono; (593-2) 393 8600
www.luntamonetarialinanciera.gob ec I
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