Resolución Nº 390-2017-F. Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera de 2017-07

JurisdicciónEcuador
Fecha2017-07
Número de resolución390-2017-F
EmisorJunta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
: Junta de Regulación
)- ' lrtonefiaria Financba
Resolución No. 390-2017-F
LA JUNTA DE POLíTICA Y REGULACIÓN MONETARIA Y FINANCIERA
CONSIDERANDO:
Que el ar1ículo 295 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que "La
Función Ejecutiva presentará a la Asamblea Nacional la proforma presupuestaria anual.
y la programación presupuestaria cuatrianual durante los primeros noventa días de su
gestión y, en los años siguientes, sesenta dÍas antes del inicio del año fiscal
respectivo.";
Que el artículo 310 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que "El
sector financiero público tendrá como finalidad la prestación sustentable, eficiente,
accesible y equitativa de servicios financieros. El crédito que otorgue se orientará de
manera preferente a incrementar la productividad y competitividád de los sectores
productivos que permitan alcanzar los objetivos del Plan de Desarrollo y de los grupos
menos favorecidos, a fin de impulsar su inclusión activa en la economía.;,;
Que el Capítulo 8.3 del Plan Nacional de Desarrollo: "Que el Plan Nacional para el Buen
Vivir 2013 - 2017, establece como lineamientos para la colocación e inversión de los
recursos de las instituciones financieras públicas. el financiamiento incluyente,
financiamiento a sectores productivos prioritarios, financiamiento para el desarrollo
territorial equilibrado, generación de mayores niveles de producción nacional,
transferencia tecnológica para los componentes importados, promoción del desarrollo
del sector financiero popular y solidario y fomento a la inclusión de los actores
tradicionalmente excluidos":
Que el Código Orgánico Monetario y Financiero se encuentra en vigencia desde su
publicaciÓn en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 332 de 12 de.
septiembre de 2014',
Que el artículo 13 del Código Orgánico Monetario y Financiero creó la Junta de política
y Regulación Monetaria y Financiera como parte áe la Función Ejecutiva, responsable
de la formulación de- las políticas públicas y la regulación y supervisión monetaria,
crediticia, cambiaria, financiera, de seguros y valores; y determina su conformación:
Que el artículo 14, numeral 45 del Código Orgánico Monetario y Financiero establece
como función de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, aprooar
anualmente el presupuesto del Banco Centrai del Ecuador y de las entidades del sector
financiero público, sus reformas, así como regular su ejecuóión;
Que el artículo 70 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas públicas dispone
que todas las entidades, instituciones y organismos comprendidos en los artículo s 225
y 297 de la Constitución de la República dél Ecuador se sujetarán al Sistema Nacional
de Finanzas Públicas, en los términos previstos en este cuerpo legal;
Que según el artículo 77 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas públicas, no
se consideran parte del Presupuesto General del Estado los ingresos y egresos
pertenecientes, entre otros, a la Banca pública;
Dirección: Av. 1 0 de Agosto N 1 1 -409 y Briceño, piso g
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