Resolución Nº 540-2019-F. Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera de 2019-08

JurisdicciónEcuador
EmisorJunta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
Fecha2019-08
Número de resolución540-2019-F
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'"t- Monetaria Financiera
Resolución No. 540.2019-c
LA JUNTA DE POLíTICA Y REGULACIÓN MONEfARIA Y FINANCIERA
CONSIDERANDO:
Que el código Orgánico Monetar¡o y Financ¡ero entró en vigencia a través de la publicación en el Segundc
Suplemento del Reg¡stro Of¡cial No.332 de 12 de septiembre de 2014:
Que el articulo 4'1, segundo inciso del Código orgán¡co Monetar¡o y F¡nanciero señala que las entidades de
sector público no f¡nanc¡ero no podrán realizar inversiones financ¡eras, con exceoción del ente rector de la!
fnanzas pÚblcas, las entidades de seguridad social, los Gobiernos Autónomos Descentralizados. v l¿
Corporación de Seguro de Depós¡tos, salvo autorizac¡ón expresa de la Junta;
Que el articulo 74, numeral 18 del Cód¡go Orgánico de Plan¡f¡cación y Finanzas Públ¡cas, establece como debe
y atr¡bución del ente rector de las finanzas públ¡cas el "(...) autorizar y regutar la invers¡ón financ¡era de ¡a:i
entidades del Sector Público no Financiero":
Que el artículo 178 del Reglamento al Código Orgánico de Plan¡ficación y Finanzas Públicas señala que €l
Ministro o Min¡stra encargada de las finanzas públ¡cas autorizará y regulará las inversiones financieras de la ¡
¡nstituciones del sector púbhco no ftnanciero;
Que la Junta de Política y Regulación l\4onetaria y F¡nanciera med¡ante Resolución No. OO6-2014-M de 6 d.l
noviembre de2014, emitió las normas que regulan los depósitos e inversiones financ¡eras del sector públic)
f¡nanciero y no financiero;
Que el artlculo 26 de la referida resoluc¡ón indica que: "Las entidades públicas no financieras podrán realiz¿ r
¡nversiones en func¡ón de sus excedentes de liqu¡dez, de conform¡dad con lo establec¡do en el numera¡ 1g dcl
articulo 74 del Código Orgánico de Planjficación y F¡nanzas Públicas y las normas que al respecto dicte el ente
rector de las finanzas públ¡cas. Las ent¡dades que cuenten con el dictamen favorable del ente rector de las
finanzas públ¡cas estarán autor¡zadas para realizar ¡nvers¡ones en títulos emitidos, avalados por el M¡nisterio d3
Finanzas o Banco Central del Ecuador. Para el caso de inversiones en otros emisores, deberá requerirse la
autorizac¡ón expresa de la Junta de Polít¡ca y Regulac¡ón Monetaria y F¡nanciera, detallando las condic¡on€s
financieras de la operac¡ón, su plazo y tasa. En estós casos, la entidad ;ol¡citante deberá contar con el dictamen
favorable delente rector de las finanzas Dúblicas,,:
Que med¡ante resoluc¡Ón No. 400-2017-G de fecha 21 de agosto del 2017 , la Junta de polít¡ca y Regulacién
Monetaria y Financiera resolvió convalidar y autorizat la invórsión efectuada por la corporación Nacional ce
Telecomunicaciones cNT EP en el Banco del Pacíf¡co S.A., en un cert¡ficado de depósiio a plazo fijo de 720
días, a.una tasa de 3,50% a partir der 2 de mayo de 2017, por un monto de usD 1'sbo.ooo,oo paraiespard,rr
la em¡sión de garantias;
Que mediante ofic¡o No. 20190189 de 18 de marzo de 2019, la Corporación Nacional de Telecomunicacion(is
cNT EP informa que' con la final¡dad de atender requer¡mientos com;rciales del mercado ecuator¡ano, necesi.a
la emisión de garantías bancarias a favor de terceros por temas relacionados con el g¡ro del negocio
telecomunicaciones,
Que mediante ofic¡o No. 20190355 de 24 de abrll de 2O19, la Corporación Nacional de Telecomunicac¡onss
CN-f EP solicita, la convalidación y autorización del lvlin¡sterio de Économia y F¡nanzas, asi como tamo¡Án el
o¡ctamen tavorable para la conval¡dación y autorización por parte de la Junta de Po¡ítica y Regulac¡ón Monetaria
y F¡nanciera, de la invers¡ón a plazo fijo por USD 1'5OO.OOO,OO en el Banco del pacifico:
Que, med¡ante oficio No. 20190393 de og de mayo de 2019, como atcance at oficio No. 20190189 de .18 (te
marzo de 2019, la Corporac¡ón Nac¡onal de Telecomun¡caciones CNT EP indjcó tas siguient"s cónd¡"ion,ti
financieras: Monto de la invers¡ón: usD 1'5oo.o0o,oo; Fecha ¡nicio: 23 de abrit de 20.19; Fécha de vencimiento:
21 de sept¡embre de 2020: plazo: 517 dlas; Tasa de ¡nterés: 3,S% anual;
Qu.e^el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante oficio No. MEF-MlNFlN-2019-0220-M de 8 de julio rje
2019 en cal¡dad de ente rector de las finanzas públicas, de conform¡dad con lo estipulado en el artióulo '4
numeral 18 del Código Orgánico de Plan¡ficación y F¡nanzas Públ¡cas, el Art. 26 de la Rbsolución No. 006-2014-
M de la Junta d-e PolÍt¡ca y Regutación Monetariá y Financ¡era, y el Memorando No. MEF-sFp-2o19-0070 je
18 de-Jun¡o de 2019' otorgó la convalidac¡ón y autorización del Ministerio de Economia y Finanzas, asÍ corró
también, el dictamen favorab¡e para la convalidación y autorización por parte de la Junta de potitica y Éegulac¡ 5n
Monetaria y Financiera, de la renovac¡ón de ta inver;¡ón f¡nancierj de ta cNT gp en el ganco ¿e¡F;¡iió i;;
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