Resolución Nº ARCOTEL-2021-0826 de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, 2021

Año2021
RESOLUCIÓN No. ARCOTEL-2021-0826
LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES
CONSIDERANDO:
I. ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO
1.1. El acto administrativo impugnado es la Resolución No. ARCOTEL-2021-200 del 10 de febrero de 2021,
en la cual se resuelve:
“(…) ARTICULO UNO. Acoger y aprobar el contenido del Informe de Verificación de Inhabilidades y
Prohibiciones No. IPI-PPC-2020-200, actualizado al 10 de febrero de 2021, suscrito por la Coordinación
Técnica de Títulos Habilitantes.
ARTICULO DOS- Descalificar del
DE FRECUENCIAS DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO PARA LA OPERACIÓN DE MEDIOS DE
COMUNICACIÓN SOCIAL PRIVADOS Y COMUNITARIOS DE LOS SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN
SONORA DE SEÑAL ABIERTA EN FRECUENCIA MODULADA ANALÓGICA, EXCEPTO
ESTACIONES DE BAJA POTENCIA" la solicitud Nro. ARCOTEL-PAF-2020-547 de 07 de julio de 2020,
ingresada por el participante EDITORES MMA ASOCIADOS CIA LTDA. (persona jurídica) en la
plataforma PAF de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones , por incumplir con
lo establecido en el numeral 1.4. "INHABILIDADES Y PROHIBICIONES " numeral 4 de inhabilidades,
incurriendo en la causal de descalificación establecida en el numeral 1.7. "CAUSALES DE
DESCALIFICACIÓN " literal e) "Cuando se identifique que la persona natural o jurídica o alguno de sus
socios, accionistas o representante legal, incurran en alguna de las inhabilidades y prohibiciones
establecidas en el punto 1.4 de estas bases;(...).", de las "BASES PARA ADJUDICACIÓN DE
FRECUENCIAS DE ESPECTRO RADIOELECTRICO POR PROCESO PÚBLICO COMPETITIVO
PARA EL SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN SONORA DE SEÑAL ABIERTA EN FRECUENCIA
MODULADA ANALÓGICA, EXCEPTO ESTACIONES DE BAJA POTENCIA, PARA LA OPERACIÓN
DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL PRIVADOS Y COMUNITARIOS (...).", aprobadas con
Resolución No. ARCOTEL-2020-0192 de 15 de mayo de 2020, publicada en el Registro Oficial - Edición
Especial 654 de 10 de junio de 2020, modificada el 13 de julio de 2020. Sin perjuicio de lo señalado en
la presente resolución y de creerse asistido podrá impugnar en sede administrativa o judicial el presente
acto administrativo, con sujeción a lo dispuesto en ordenamiento jurídico vigente.”
II. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL RECURSO DE APELACIÓN
2.1 La señora Daniela Cecibel Castillo Píñeiros, con cédula de identidad No. 1003009584, en calidad
Representante Legal de la compañía EDITORES MMA ASOCIADOS CIA. LTDA con RUC
1790209113001, persona jurídica participante dentro del proceso de adjudicación de frecuencias,
mediante escrito ingresado en esta Entidad con No. ARCOTEL-DEDA-2021-03561-E, de fecha 03 de
marzo de 2021, presenta Recurso de Apelación en contra de la Resolución No. ARCOTEL-2021-200
del 10 de febrero de 2021.
2.2 La Dirección de Impugnaciones mediante providencia No. ARCOTEL-CJDI-2021-159 de 12 de
marzo de 2021, notificada con Oficio No. ARCOTEL-DEDA-2021-0717-OF de 17 de marzo de 2021, la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR