Resolución Nº ARCOTEL-2023-0005 de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, 2023

Año2023
Fecha13 Enero 2023
RESOLUCIÓN ARCOTEL-2023-0005
DR. OMAR SANTIAGO CABEZAS OCAÑA
COORDINADOR GENERAL ADMINISTRATIVO FINANCIERO
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES
ARCOTEL
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán
solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines
y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 227, señala que: La
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los
principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación”;
Que, el artículo 288 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: “Las
compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad,
responsabilidad ambiental y social. Se priorizarán los productos y servicios
nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y de
las micro, pequeñas y medianas unidades productivas.”;
Que, la Ley Orgánica de Telecomunicaciones entró en vigencia a partir de su
promulgación en el Tercer Suplemento del Registro Oficial Nro. 439 de 18 de febrero
de 2015; y, a través del artículo 142, creó a la Agencia de Regulación y Control de
las Telecomunicaciones (ARCOTEL), como una persona jurídica de derecho
público, con autonomía administrativa, técnica, económica, financiera y patrimonio
propio, adscrita al Ministerio rector de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de
la Información;
Que, los artículos 147 y 148 de la norma Ibídem, disponen:
“Art. 147.- Director Ejecutivo.- La Agencia de Regulación y Control de las
Telecomunicaciones será dirigida y administrada por la o el Director Ejecutivo, de
libre nombramiento y remoción del Directorio.
Con excepción de las competencias expresamente reservadas al Directorio, la o el
Director Ejecutivo tiene plena competencia para expedir todos los actos necesarios
para el logro de los objetivos de esta Ley y el cumplimiento de las funciones de

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