Resolución Nº ARCOTEL-2025-0009 (RECTIFICACIÓN) de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, 2025

Año2025
Fecha24 Enero 2025
PROYECTO
RESOLUCIÓN Nro. ARCOTEL-2025-0009
LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES
ARCOTEL
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, ordena:
"Art. 82.- El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y
en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades
competentes.
Art. 83.- Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin
perjuicio de otros previstos en la Constitución y la ley:
(…)
7. Promover el bien común y anteponer el interés general al interés particular, conforme al
buen vivir.
8. Administrar honradamente y con apego irrestricto a la ley el patrimonio público, y denunciar
y combatir los actos de corrupción (…)
Art. 226.- Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán
solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley.
Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el
goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.
(…)
Art. 261.- El Estado central tendrá competencias exclusivas sobre: (…)
10. El espectro radioeléctrico y el régimen general de comunicaciones y telecomunicaciones;
puertos y aeropuertos.
Que, la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, dispone:
Art. 142.- Creación y naturaleza.- Créase la Agencia de Regulación y Control de las
Telecomunicaciones (ARCOTEL) como persona jurídica de derecho público, con autonomía
administrativa, técnica, económica, financiera y patrimonio propio, adscrita al Ministerio
rector de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información.
(…)
Art 144.- Competencias de la Agencia.- Corresponde a la Agencia de Regulación y
Control de las Telecomunicaciones: (…) 7. Normar, sustanciar y resolver los
procedimientos de otorgamiento, administración y extinción de los títulos habilitantes previstos
en esta Ley.
(…)
Art. 147.- Director Ejecutivo.- La Agencia de Regulación y Control de las
Telecomunicaciones será dirigida y administrada por la o el Director Ejecutivo, de libre
nombramiento y remoción del Directorio.

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