Resolución Nº ARCOTEL-CTHB-CTDE-2022-0162 de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, 2022
Fecha | 12 Octubre 2022 |
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Expediente No. 0525429
Título Habilitante: Autorización para operación de Red Privada y uso de frecuencias no
esenciales.
Resolución Nro. ARCOTEL-CTHB-CTDE-2022-0162
(Ref.: OTH-PRP)
LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES
Otorga el Título Habilitante de Autorización de operación de Red Privada y Uso de Frecuencias
del espectro radioeléctrico, a: CUERPO DE BOMBEROS DE LATACUNGA
En cumplimiento de la disposición contenida en el artículo 148 numeral 3, de la Ley Orgánica de
Telecomunicaciones (LOT), y artículo 9 numeral 4 del Reglamento General a la Ley Orgánica de
Telecomunicaciones que faculta a la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Regulación y Control de las
Telecomunicaciones – ARCOTEL, dirigir el procedimiento de sustanciación y resolver sobre el
otorgamiento, renovación y extinción de los títulos tanto en otorgamiento directo como mediante
concurso público, así como suscribir los correspondientes títulos habilitantes, y en consideración a los
siguientes antecedentes y fundamentos:
I ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- El Representante Legal del CUERPO DE BOMBEROS DE LATACUNGA, mediante
solicitud (es) dirigida (s) a la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Regulación y Control de las
Telecomunicaciones - ARCOTEL, con documento No. ARCOTEL-DEDA-2022-014394-E de 14 de
septiembre de 2022, solicitó se otorgue a su favor el título habilitante de Autorización de Operación de
Red Privada y Autorización de uso de frecuencias no esenciales, adjuntando los documentos con
sujeción a los requisitos y procedimientos previstos en la Resolución Nro. 15-16-ARCOTEL-2019 de
19 de noviembre de 2019, publicada en el Registro Oficial, Edición Especial No. 144 de 29 de
noviembre de 2019, modificado el 14 de mayo de 2020, y publicado en el Registro Oficial Edición
Especial No. 0575, reformado el 13 de diciembre de 2021 y publicado en el Cuarto Suplemento del
Registro Oficial Nro. 6 de 18 de febrero de 2022; mediante la cual se expide el Reglamento para
Otorgar Títulos Habilitantes para Servicios del Régimen General de Telecomunicaciones y
Frecuencias del Espectro Radioeléctrico, y normativa aplicable.
Segundo.- La Dirección Técnica de Títulos Habilitantes del Espectro Radioeléctrico emitió los
Dictámenes favorables, Técnico No. DT-CTDE-2022-0610 de 20 de septiembre de 2022 y Jurídico
No. DJ-CTDE-2022-248 de 05 de octubre de 2022, relativos a la solicitud presentada, por lo cual
pone en conocimiento de la Coordinación Técnica de Títulos Habilitantes recomendando que, por
cumplir con los requisitos legales, y en virtud de la viabilidad técnica, es procedente otorgar el título
habilitante de Registro de Operación de Red Privada, y Concesión/Registro de uso de frecuencias del
espectro radioeléctrico, mediante acto administrativo motivado.
Tercero.- Una vez expedida la Resolución a favor del peticionario, el mismo deberá dentro del
término de hasta veinte (20) días de recibida la notificación, previo el cumplimiento de los requisitos,
términos y condiciones previstos, suscribir el documento de sujeción (adhesión); si vencido este
término el peticionario no cumple con sus obligaciones previas o no suscribe el documento de
sujeción, la resolución quedará sin efecto de manera automática, sin lugar a indemnización reclamo o
devolución alguna, y se procederá con el archivo del trámite, conforme el Reglamento para Otorgar
Títulos Habilitantes para Servicios del Régimen General de Telecomunicaciones y Frecuencias del
Espectro Radioeléctrico, expedido mediante Resolución Nro.15-16-ARCOTEL-2019 de 19 de
noviembre de 2019, publicada en el Registro Oficial, Edición Especial No. 144 de 29 de noviembre de
2019, modificado el 14 de mayo de 2020, y publicado en el Registro Oficial Edición Especial No.
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