Resolución Nº R.E.-SERCOP-2020-108 del Servicio Nacional de Contratación Pública, 20-08-2020

Número de resoluciónR.E.-SERCOP-2020-108
Fecha20 Agosto 2020
EmisorServicio Nacional de Contratación Pública (Ecuador)
1
RESOLUCIÓN Nro. RE-SERCOP-2020-108
EL DIRECTOR GENERAL
SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador prescribe que:
“Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la ley […]”;
Que, el artículo 288 de la Norma Suprema dispone que: “Las compras públicas
cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad
ambiental y social […]”;
Que, el artículo 4 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública,
en adelante LOSNCP prevé que, para su aplicación y de los contratos que de ella
deriven, se deberán observar los principios de legalidad, trato justo, igualdad,
calidad, vigencia tecnológica, oportunidad, concurrencia, transparencia,
publicidad; y, participación nacional;
Que, el artículo 7 de la LOSNCP dispone: El Sistema Nacional de Contratación
Pública (SNCP) es el conjunto de principios, normas, procedimientos,
mecanismos y relaciones organizadas orientadas al planeamiento,
programación, presupuestos, control, administración y ejecución de las
contrataciones realizadas por las Entidades Contratantes. Forman parte del
SNCP las entidades sujetas al ámbito de esta Ley que, para su aplicación y de
los contratos que de ella deriven, se deberán observar los principios de
legalidad, trato justo, igualdad, calidad, vigencia tecnológica, oportunidad,
concurrencia, transparencia, publicidad; y, participación nacional;
Que, el artículo 9 de la LOSNCP establece que son objetivos prioritarios del Estado
en materia de contratación pública, entre otros, los siguientes: 1. Garantizar la
calidad del gasto público y su ejecución en concordancia con el Plan Nacional
de Desarrollo; 2. Garantizar la ejecución plena de los contratos y la aplicación
efectiva de las normas contractuales; 3. Garantizar la transparencia y evitar la
discrecionalidad en la contratación pública; [...] 8. Mantener una sujeción
efectiva y permanente de la contratación pública con los sistemas de
planificación y presupuestos del Gobierno central y de los organismos
seccionales; […] 10. Garantizar la permanencia y efectividad de los sistemas de
control de gestión y transparencia del gasto público [...];
Que, el artículo 10 de la LOSNCP determina que el SERCOP es el organismo de
Derecho Público, técnico regulatorio, con personalidad jurídica propia y

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR