Resolución nº SB-CGPMC-2022-008 de Superintendencia de Bancos. 2022-04-12

JurisdicciónEcuador
Número de resoluciónSB-CGPMC-2022-008
Fecha12 Abril 2022
CGMC-2018-002
Página 1
RESOLUCIÓN No. SB-CGPMC-2022-008
12 DE ABRIL DE 2022
ANTONIETA GUADALUPE CABEZAS ENRÍQUEZ
COORDINADORA GENERAL DE PLANIFICACIÓN
Y MEJORAMIENTO CONTINUO
CONSIDERANDO:
QUE el artículo 61 del Código Orgánico Monetario y Financiero señala que el presupuesto de la
Superintendencia de Bancos formará parte del Presupuesto General del Estado y se sujetará a
las normas y procedimientos establecidos en el Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas y su normativa secundaria;
QUE el numeral 6 del artículo 69 del Código Orgánico Monetario y Financiero, faculta al
Superintendente de Bancos: () elaborar, aprobar, previo a su envío al ente rector de las
finanzas públicas, y ejecutar el presupuesto anual de la Superintendencia (…);
QUE el artículo 71, inciso último, del referido Código Orgánico dispone que: () La
Superintendencia de Bancos: para la formación y expresión de su voluntad política y
administrativa, no requiere del concurso de un ente distinto ni de la aprobación de sus actos por
parte de otros órganos o instituciones del Estado ()”;
QUE el artículo 100 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas establece que la
formulación de las proformas de las instituciones que conforman el Sector Público debe
elaborarse de conformidad con el P lan Nacional de Desarrollo, la programación fiscal y las
directrices presupuestarias;
QUE con resolución No. 002-2021-CNP, el Consejo Nacional de Planificación aprobó el Plan
Nacional de Desarrollo denominado: Plan de Creación de Oportunidades 2021-2025;
QUE mediante resolución No. SB-2019-1025 de 27 de septiembre de 2019 se aprobó el Plan
Estratégico Institucional de la Superintendencia de Bancos para el período 2019-2024,
reformada con resoluciones Nros.: SB-2020-1225 de 24 de noviembre de 2020; y, SB-2021-0949
de 07 de mayo de 2021;
QUE mediante Memorando Nro. SB-DS-2022-0010-M de 0 5 de enero de 2022, la Máxima
Autoridad de esta Superintendencia de Bancos, aprueba la propuesta del Plan Operativo Anual
Resolución N°SB-CGPMC-2022-008
Página 2 de 4
(POA) para el ejercicio económico 2022, presentado por el Intendente Gestión Institucional
sobre la base del Informe técnico Nro. SB-DPCG-2022-001-I elaborado por la Dirección de
Planificación y Control de Gestión y revisado por la Coordinación General de Planificación y
Mejoramiento Continuo;
QUE mediante documento ibidem la máxima autoridad instruye: “(…) Las unidades
administrativas: IG, IGGI, CGAF, CGPMC, DATH, INCSFPR, IRP, CGTIC, DA, IRC, DF, IRC, INRE, CGC,
DNAE, SGTHSO, SG e INJ, en función de los valores comprometidos deben realizar una gestión
eficiente, eficaz y resiliente para maximizar el aprovechamiento de recursos asignados, para
alcanzar la ejecución total presupuestaria a más tardar hasta fines de octubre del 2022. Asunto
que será medido y evaluado por cada NJS.;
QUE con resolución Nro. SB-CGPMC-2022-001 de 06 de enero de 2022, se aprobó el Plan
Operativo Anual de la Superintendencia de Bancos correspondiente al ejercicio económico 2022
por un monto total de USD 17,626,891.00 sobre la base de los “Lineamientos para preparar la
información del Presupuesto General del Estado para el ejercicio 2022 y directrices
presupuestarias emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas, que fue reformado con
resoluciones: No. SB-CGPMC-2022-002 de 07 de enero de 2022, SB-CGPMC-2022-003 de 21 de
enero de 2022, SB-CGPMC-2022-004 de fecha 10 de febrero de 2022, SB-CGPMC-2022-005 22
de febrero de 2022, SB-CGPMC-2022-006 de 30 de marzo de 2022 y SB-CGPMC-2022-007 de 06
de abril de 2022;
QUE mediante memorando Nro. SB-DS-2022-0168-M de 07 de abril de 2022, mediante el cual
la Superintendente de Bancos, subrogante, emite: (...) La instrucción para solicitar al MDT y
MEF la incorporación de los contratos ocasionales que se requieren para defender la institución
(SB) por Juicio No. 09802-2021-01507, así como, dar cumplimiento al Artículo 62 del COMF,
numeral 4 (inejecutable) que nos ha puesto en riesgo a los funcionarios de las áreas técnicas de
esta SB”;
QUE mediante memorando Nro. SB-DATH-2022-0520-M de fecha 11 de abril de 2022, “(…) La
Dirección de Administración del Talento Humano ha realizado el análisis corr espondiente de la
masa salarial para la creación de los 18 puestos bajo la modalidad de contratos ocasiones dentro
de los procesos sustantivo”;
QUE una vez analizadas las necesidades Institucionales alineadas al cumplimiento de la misión
y con el fin de impulsar la gestión institucional para el segundo trimestre del año, las diferentes
unidades administrativas, realizaron varios requerimientos de reforma al POA 2022 a fin de
facilitar la gestión operativa de sus respectivos procesos, que fueron conocidos y aprobados
previamente por el Intendente General de Gestión Institucional;
QUE es necesario incluir en el Plan Operativo Anual 2022 Séptima Reforma, los ajustes
solicitados por las diferentes unidades administrativas; a fin de promover un mejor

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR