Resoluciones. RESOLUCIÓN No. 006-CCE-PLE-2022. APRUÉBESE EL PLAN ANUAL DE INVESTIGACIÓN 2022 Y EL PLAN ANUAL DE DIFUSIÓN 2022
Número de Boletín | 149 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Corte Constitucional del Ecuador |
Año I - Nº 149 - 28 páginas
Quito, martes 3 de enero de 2023
Edición Constitucional
CORTE CONSTITUCIONAL
DEL ECUADOR
RESOLUCIÓN
No. 006-CCE-PLE-2022
APRUÉBESE EL PLAN ANUAL DE
INVESTIGACIÓN 2022 Y EL PLAN
ANUAL DE DIFUSIÓN 2022
Martes 3 de enero de 2023 Edición Constitucional Nº 149 - Registro Ocial
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RESOLUCIÓN No. 006-CCE-PLE-2022
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Quito, D.M. 08 de diciembre de 2022
RESOLUCIÓN No. 006-CCE-PLE-2022
APROBACION DE PLANES 2022 DEL
CENTRO DE ESTUDIOS Y DIFUSIÓN DEL DERECHO
CONSTITUCIONAL
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador [en adelante CRE] en su artículo 429,
establece que la Corte Constitucional es el máximo órgano de control,
interpretación constitucional y administración de justicia constitucional;
Que, el artículo 430 de la CRE, dispone que la ley determinará la organización de la
Corte Constitucional, su funcionamiento y los procedimientos para el
cumplimiento de sus atribuciones;
Que, el artículo 387 de la CRE establece que será responsabilidad del Estado: “1.
Facilitar e impulsar la incorporación a la sociedad del conocimiento para
alcanzar los objetivos del régimen de desarrollo. 2. Promover la generación y
producción de conocimiento, fomentar la investigación científica y tecnológica
(…). 3. Asegurar la difusión y el acceso a los conocimientos científicos y
tecnológicos (…).”;
Que, el artículo 202 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control
Constitucional, establece que: “La Corte Constitucional contará con un Centro
de Estudios Constitucionales encargado de fomentar la investigación jurídica en
áreas de teoría del derecho, derecho constitucional ecuatoriano, derecho
constitucional comparado, derechos humanos e historia del derecho
constitucional ecuatoriano”;
Que, el literal h), del numeral 1.1.1 del artículo 10 del Reglamento Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos de la Corte Constitucional del Ecuador, (en adelante
ROGOP) determina entre las atribuciones del Pleno de la Corte Constitucional:
“(…) Aprobar el plan estratégico Institucional e instrumentos de planificación
operativa anual (proforma presupuestaria, programas y planes)”;
Que, el literal j), del numeral 1.1.2 del artículo 10 del ROGOP, establece entre las
atribuciones y responsabilidades del presidente de la Corte Constitucional el “(…)
Presentar al Pleno de la Corte Constitucional, para su aprobación, el Plan
Estratégico Institucional e instrumentos de planificación operativa anual
(proforma presupuestaria, programas y planes)“.
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