Resolución No. 033-2025 del Pleno del Consejo de la Judicatura, 2025
| Número de resolución | 033 |
| Año | 2025 |
| Fecha | 15 Abril 2025 |
033-2025
RESOLUCIÓN 033-2025
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 168 número 2 de la Constitución de la República del Ecuador,
determina: “La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en
el ejercicio de sus atribuciones, aplicará los siguientes principios: (…) 2. La
Función Judicial gozará de autonomía administrativa, económica y financiera.”;
Que el artículo 177 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “La
Función Judicial se compone de órganos jurisdiccionales, órganos administrativos,
órganos auxiliares y órganos autónomos. La ley determinará su estructura,
funciones, atribuciones, competencias y todo lo necesario para la adecuada
administración de justicia.”;
Que el artículo 178 párrafo segundo de la Constitución de la República del Ecuador, así
como el artículo 254 del Código Orgánico de la Función Judicial, establecen que el
Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y
disciplina de la Función Judicial;
Que el artículo 120 número 3, del Código Orgánico de la Función Judicial, en relación a
las causales para el cese de funciones, determina: “(...) La servidora o el servidor
de la Función Judicial cesa definitivamente en el cargo y deja de pertenecer a la
Función Judicial por las siguientes causas: (...) 3. Renuncia legalmente aceptada
(...)”;
Que el artículo 264 número 10, del Código Orgánico de la Función Judicial, establece
que al Pleno del Consejo de la Judicatura, le corresponde: “(…) 10. Expedir (…)
reglamentos, manuales, instructivos o resoluciones de régimen interno, con
sujeción a la Constitución y la ley, para la organización, funcionamiento,
responsabilidades, control y régimen disciplinario; particularmente para velar por la
transparencia y eficiencia de la Función Judicial (…)”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante Resolución 010-2024, de 18 de
enero de 2024, resolvió: “NOMBRAR DIRECTORES PROVINCIALES DEL
CONSEJO DE LA JUDICATURA”, dentro de los cuales se nombró a la abogada
María Eugenia Espinoza Izquierdo, como Directora Provincial de Galápagos del
Consejo de la Judicatura;
Que mediante Memorando circular No. DP20-2025-0084-MC, de 22 de febrero de
2025, la abogada María Eugenia Espinoza Izquierdo, presentó ante el Presidente,
Vocales, Director General y Directora Nacional de Talento Humano del Consejo de
la Judicatura, la renuncia a su cargo como Directora Provincial de Galápagos del
Consejo de la Judicatura, en los siguientes términos: “(…) pongo en vuestro
conocimiento mi deseo de presentar ante ustedes, autoridades el Consejo de la
Judicatura, mi renuncia , libre, voluntaria e irrevocable, al cargo de Directora
Provincial del Consejo de la Judicatura de Galápagos (...)”;
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